Notoria arbitrariedad
Las medidas de control por la polic¨ªa de fronteras en los Estados Unidos son la expresi¨®n de una notoria arbitrariedad, que encontr¨® su apoyo en una ley inconstitucional, la Patriot Act 2001, aprobada poco despu¨¦s de los atentados del 11 de septiembre. Cinco a?os despu¨¦s, el Tribunal Supremo, en el caso Hamdan v. Rumsfeld (sentencia 29 de junio de 2006), declar¨® la inconstitucionalidad de aquellos apartados de la ley que violaban las garant¨ªas procesales del detenido, a ra¨ªz de la situaci¨®n creada por la prisi¨®n de Guant¨¢namo. Fue una ley que subordin¨® completamente la libertad, a una cierta idea de la seguridad, en la que la fiscalizaci¨®n de los m¨¦todos de control est¨¢ ausente.
El control de fronteras afecta a la libertad de circulaci¨®n de las personas; conocer las normas que rigen el control en la frontera es una garant¨ªa para la adecuada aplicaci¨®n del principio de legalidad penal y de seguridad jur¨ªdica. As¨ª la persona sabe a qu¨¦ atenerse. De lo contrario, puede ser v¨ªctima -como ocurre en aeropuertos norteamericanos- de situaciones arbitrarias, es decir, de controles caprichosos. Por ejemplo, ser retenido m¨¢s de lo preciso por la simple raz¨®n de portar un pasaporte reci¨¦n emitido. Doy fe de ello.
El control de los tel¨¦fonos m¨®viles, ordenadores y otros aparatos electr¨®nicos puede responder a razones de seguridad nacional. Sin embargo, desde la Patriot Act de 2001, este concepto se ha exacerbado de tal manera que el derecho al habeas data ha quedado malparado.
Los datos almacenados en cualquiera de estos aparatos deben ser protegidos del conocimiento ajeno, no pueden ser copiados ni reproducidos, salvo en los supuestos en los que por razones de seguridad las autoridades de polic¨ªa puedan tener acceso a ellos. Pero siempre de acuerdo a un procedimiento previamente establecido y durante un tiempo limitado, que debe ser fijado por una ley del Parlamento y no por otra disposici¨®n de inferior rango, puesto que se trata de una norma restrictiva de derechos fundamentales. Sin embargo, cuando la ley es de contenido gen¨¦rico o abierto, cuando no precisa los supuestos y m¨¦todos de control (por ejemplo la citada Patriot Act), la arbitrariedad y, por tanto el abuso, encuentran la puerta abierta.
La consecuencia es que el derecho al habeas data, esto es, el derecho a la autodeterminaci¨®n informativa o, lo que es lo mismo, al control por uno mismo de los datos referidos a su persona -con independencia de que afecten o no a su intimidad- queda reducido a una pura falacia.
Es evidente que para hacer frente a estos abusos de forma eficaz se requiere de una legislaci¨®n de car¨¢cter internacional. Sin embargo, EE UU ha dado reiteradas muestras de que en lo que concierne a su seguridad, la incidencia de normas supraestatales es muy secundaria, cuando no lisa y llanamente prescindible.
Marc Carrillo es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional en la Universidad Pompeu Fabra.
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