Jueces contra fiscales
Una instrucci¨®n de Conde-Pumpido amenaza con un nuevo conflicto en la justicia penal
La justicia adolece de demasiados problemas, el m¨¢s reciente la huelga todav¨ªa sin resolver en las siete comunidades aut¨®nomas que no tienen transferida la gesti¨®n de los medios personales y materiales de juzgados y tribunales, para que un extempor¨¢neo enfrentamiento entre jueces y fiscales por una pugna de competencias en el proceso penal venga a agravar todav¨ªa m¨¢s su funcionamiento. El desencadenante de este nuevo conflicto fue una primera instrucci¨®n del fiscal general del Estado, C¨¢ndido Conde-Pumpido, luego seguida por una segunda, que fueron interpretadas por los jueces como un intento de extender las facultades del fiscal en la investigaci¨®n del delito a la instrucci¨®n sumarial, algo que, seg¨²n la ley, s¨®lo corresponde a los magistrados.
Parece que el fiscal del Estado podr¨ªa haberse excedido en sus atribuciones al abordar mediante instrucciones a sus subordinados lo que es una cuesti¨®n de ley y que, por tanto, debe ser debatida y aprobada por el Parlamento. Tampoco el momento elegido resulta el m¨¢s adecuado. El fiscal del Estado ha cesado con el Gobierno que lo nombr¨®, de acuerdo con el nuevo Estatuto del Ministerio P¨²blico, y est¨¢ pendiente de su renovaci¨®n, o no, en el cargo. Son momentos en los que deber¨ªa ce?irse a los asuntos de tr¨¢mite y, en cualquier caso, huir de iniciativas conflictivas como la que ha adoptado.
La atribuci¨®n al fiscal de la investigaci¨®n del delito en el proceso penal no es una idea descabellada. Forma parte del debate de la justicia de los ¨²ltimos a?os y es una pr¨¢ctica que rige en pa¨ªses europeos como Italia, y no s¨®lo en Estados Unidos. En la anterior legislatura, el Gobierno estuvo a punto de llevar esa reforma al Parlamento. Pero su implantaci¨®n en Espa?a exigir¨ªa previamente un cambio de modelo de proceso penal, transformando su actual estructura inquisitiva en otra acusatoria y eminentemente oral y dando inequ¨ªvoca prevalencia a la vista del juicio sobre la instrucci¨®n. Requiere, adem¨¢s, un reforzamiento de la autonom¨ªa del fiscal del Estado respecto del Gobierno, todav¨ªa insuficiente a pesar del avance que ha supuesto que su cese se produzca ahora por causas tasadas y no por decisi¨®n del Gobierno que lo nombr¨®. Un asunto demasiado importante para ser abordado en una instrucci¨®n y en el ¨²ltimo momento de un mandato.
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