La pr¨®rroga de la presidenta "favorece" al Constitucional
La pr¨®rroga del mandato de la presidenta del Tribunal Constitucional hasta la fecha de su renovaci¨®n es leg¨ªtima y puede "favorecer" el funcionamiento del propio tribunal, seg¨²n la sentencia sobre la reforma de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional (LOTC) hecha p¨²blica ayer por el organismo. La sentencia fue acordada por cinco magistrados de la mayor¨ªa progresista frente a tres del bloque conservador, tras una tortuosa tramitaci¨®n que deriv¨® en una guerra de recusaciones en el seno del alto tribunal.
El Constitucional se?ala que la pr¨®rroga del mandato de la presidenta no significa una "reelecci¨®n" y, por tanto, no supone un desapoderamiento del Pleno del tribunal. ?ste tiene facultad para "elegir", no para prorrogar, y en contra del recurso de inconstitucionalidad del PP, la norma no supone un nuevo mandato, sino una pr¨®rroga autom¨¢tica y temporalmente limitada. Adem¨¢s, el criterio adoptado ahora por el legislador para el mandato de Mar¨ªa Emilia Casas es el mismo que se aplic¨® en los casos de Tom¨¢s y Valiente y Rodr¨ªguez Bereijo.
Candidatos del Senado
En cuanto a la impugnaci¨®n por el PP de la norma que autoriza la elecci¨®n de los cuatro magistrados del Senado entre los candidatos que propongan los Parlamentos aut¨®nomos, la sentencia explica que la Constituci¨®n guarda silencio sobre el procedimiento a seguir. Por eso, no existe impedimento para que ese procedimiento sea desarrollado y concretado en la remisi¨®n que hace la norma al Reglamento del Senado.
Asimismo, esa norma no debe interpretarse en el sentido de que se excluye "cualquier margen de maniobra por parte del Senado". Por el contrario, incluso la propia C¨¢mara podr¨ªa proponer candaditos a magistrados en el supuesto de que el sistema previsto "no culminase con la elecci¨®n".
Los magistrados Vicente Conde, Javier Delgado y Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas han formulado sendos votos discrepantes en los que consideran inconstitucional la pr¨®rroga de la presidenta porque vulnera el mandato tasado de tres a?os. Respecto a los nombramientos del Senado, entienden que la necesidad de elegir "entre" los candidatos de las comunidades aut¨®nomas supone un "evidente desapoderamiento de la C¨¢mara".
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