Justicia: la regla de nadie
Los tr¨¢gicos y recientes sucesos de Huelva muestran que las dificultades para identificar las responsabilidades son la consecuencia del proceso de patol¨®gica burocratizaci¨®n de la administraci¨®n de la justicia
El ejercicio del poder por los jueces responde a la racional presunci¨®n de que disponen de una especial capacidad para interpretar los valores p¨²blicos contenidos en textos dotados de autoridad y resolver los conflictos que se les presentan. Pero su legitimidad no solo depende del c¨®mo se les atribuye competencia para ejercerlo sino, de forma prioritaria, del c¨®mo se ejerce. El d¨¦ficit originario, y cuasi irreductible, en cualquier sistema pol¨ªtico avanzado, de legitimaci¨®n democr¨¢tica de los jueces traslada el problema de la legitimidad a la necesidad de que aqu¨¦llos cumplan con un riguroso cuadro de condiciones legitimantes. La demanda social de justicia no se satisface solo porque se decida sobre el caso sino porque se decida bien, con buenas razones, explicadas y explicables, y, adem¨¢s, en un tiempo razonable.
Surge una burocracia infradotada, desvinculada de la obtenci¨®n de fines de mejora y amorfa
Algunos ¨®rganos jurisdiccionales tienen cargas lev¨ªsimas, otros sufren cargas irracionales
Dichas condiciones deben garantizar, por un lado, que la firma de un juez al final de la resoluci¨®n es la consecuencia de una adecuada reflexi¨®n y de su participaci¨®n activa en el proceso dial¨®gico que la precede y, por otro, que ha asumido una responsabilidad individual por la decisi¨®n adoptada. Este sentido de la responsabilidad del juez resulta indispensable como elemento fundacional del modelo de justicia en toda sociedad democr¨¢tica pero, adem¨¢s, como factor decisivo para motivar que los jueces cumplan adecuadamente con las funciones que la Constituci¨®n les encomienda.
Pero sentado lo anterior ?c¨®mo puede asegurarse que los jueces y juezas que integran el poder judicial satisfagan el programa de condiciones legitimadoras? ?Qu¨¦ debe hacerse para que toda decisi¨®n judicial sea el resultado de un ejercicio de responsabilidad individual que permita, por un lado, la mejora interna del sistema y, por otro, el control constitucionalmente exigible de las consecuencias que se derivan de la concreta decisi¨®n adoptada?
El intento de respuesta a las anteriores cuestiones nos acerca al marco burocr¨¢tico en el que se desenvuelve la funci¨®n judicial. La creciente demanda de justicia y la mayor complejidad de los conflictos que llegan a los tribunales hacen indispensable y, en cierto sentido, deseable una organizaci¨®n de tipo burocr¨¢tica. La firma reflexiva del juez reclama, por tanto, la puesta en funcionamiento de un complejo engranaje administrativo que organice los procesos decisionales. En l¨®gica consecuencia al aumento de necesidades de respuesta judicial, la organizaci¨®n burocr¨¢tica de los cauces que la permiten debe tambi¨¦n ajustarse a elementales condiciones de eficacia.
La burocracia judicial, sin perjuicio de sus especialidades, debe responder a los tres rasgos propios de toda organizaci¨®n compleja: la presencia de una gran cantidad de actores, la divisi¨®n de funciones o de responsabilidad entre ¨¦stos y el recurso a la jerarqu¨ªa como instrumento de control y coordinaci¨®n de sus actividades.
?Responde nuestro modelo burocr¨¢tico de organizaci¨®n del poder judicial a los fines a los que debe servir?
?Resuelve las necesidades crecientes de divisi¨®n del trabajo y de desarrollo coordinado de los complejos mecanismos funcionales, horizontales y verticales, en los que se desenvuelve la administraci¨®n de justicia? ?Es compatible con las exigencias del trabajo judicial responsable y eficaz?
Creemos, sinceramente, que no. Y no solo eso. La degradaci¨®n del sistema burocr¨¢tico adem¨¢s de no ofrecer respuestas compatibles con las crecientes tasas de complejidad de la organizaci¨®n est¨¢ favoreciendo un inasumible proceso de burocratizaci¨®n que, en mayor o menor medida, afecta a todos los que participan en el mismo.
Esta pendiente pronunciada por la que se desliza la administraci¨®n de justicia pone en evidencia la progresiva sustituci¨®n de la burocracia como sistema de reglas del modelo weberiano por la burocracia como regla de nadie, en los descriptivos t¨¦rminos utilizados por Hanna Arendt. Una burocracia am¨®rfica, infradotada, desvinculada de la obtenci¨®n de fines de mejora, que emerge como una estructura que, como precisa Owen Fiss, posibilita, por un lado, el uso irreflexivo del poder p¨²blico y, por otro, la desresponsabilizaci¨®n de los que intervienen en el mismo. La ausencia de mecanismos organizativos que respondan a est¨¢ndares racionales de reparto de funciones hace que la responsabilidad termine siendo compartida por una gran cantidad de personas y entes inanimados y, a la postre, diluy¨¦ndose.
Cabr¨ªa objetar que, en todo caso, la imposibilidad de individualizar responsabilidades por los resultados patol¨®gicos no desplaza la responsabilidad corporativa. Pero siendo cierto lo anterior, el problema subsiste porque, precisamente, la clave de la b¨®veda para el adecuado funcionamiento de un poder como el judicial reside en garantizar las condiciones para que el sistema funcione desde la asunci¨®n motivada y ¨¦tica de la responsabilidad individual. Si dichas condiciones no se dan se amenazan los fundamentos morales del modelo de justicia. Como ha destacado Arendt, la experiencia social ha demostrado que cuando en una organizaci¨®n de poder p¨²blico se difumina la idea de la responsabilidad individual y se sustituye por la corporativa, aqu¨¦lla puede embarcarse en cursos de acci¨®n poco sujetos a l¨ªmites.
Los tr¨¢gicos sucesos de Huelva creemos que sirven de triste confirmaci¨®n de lo hasta ahora dicho. No pretendemos diseccionar el caso, analizando las fuentes de responsabilidad, sino poner sobre la mesa del debate p¨²blico que, precisamente, las dificultades para identificarlas son la consecuencia del proceso de patol¨®gica burocratizaci¨®n que sufre la administraci¨®n de justicia en nuestro pa¨ªs.
No podemos negar que los ciudadanos tienen motivos para pensar que la firma que cierra la resoluci¨®n que da respuesta a su problema no es producto de la mejor reflexi¨®n y del m¨¢s adecuado proceso dial¨®gico. Y tienen motivo, tambi¨¦n, para considerar que esa razonable presunci¨®n de que los jueces estamos capacitados para el ejercicio del poder que se nos conf¨ªa no lo es tanto. Pero, al tiempo, creemos necesario poner de relieve que las condiciones para el ejercicio responsable de la funci¨®n judicial son, en muchos casos, insuficientes y, en otros, simplemente irracionales.
Las fuerzas pol¨ªticas fueron conscientes del grave problema organizativo que acecha a la justicia y pactaron, hace ya m¨¢s de siete a?os, la necesaria reforma de su modelo burocr¨¢tico, precisando, incluso, los ejes de racionalizacion en que se basar¨ªa. Pero lejos de acometerla, se han limitado a micromodificaciones que han puesto a¨²n m¨¢s de relieve la insuficiencia del modelo actual. Ni una palabra se dedic¨® a la administraci¨®n de justicia en las cuatro horas de debate televisado entre los dos principales candidatos en las pasadas elecciones.
La oficina judicial sigue siendo un territorio promiscuo. Los que trabajan en ella no tienen claro a qu¨¦ criterios o reglas de organizaci¨®n y direcci¨®n responde. El juez es, al tiempo, observador pasivo y director, el secretario judicial puede coordinar o abstenerse de hacerlo invocando reglas que se ubican en un mismo texto legal, los trabajadores se ven sometidos a tres tipos de relaciones funcionales, con reglas de jerarquizaci¨®n diferentes y, en determinados aspectos, contrapuestas.
Las cargas de trabajo entre ¨®rganos jurisdiccionales est¨¢n descompensadas. Algunos disfrutan de cargas lev¨ªsimas. Otros sufren cargas irracionales, inasumibles. Unos cuentan con medios materiales modernos y abundantes. Otros carecen de los m¨¢s elementales, desarrollando, adem¨¢s, la funci¨®n en condiciones precarias de seguridad e higiene laboral. La tasa de interinidad funcionarial en algunos territorios supera la de funcionarios de carrera. La movilidad, tambi¨¦n en determinadas zonas del pa¨ªs, frustra cualquier planificaci¨®n de mejora.
Mientras tanto, desde el Gobierno de los jueces algunos siguen empe?ados en lograr su mayor deslegitimaci¨®n social y constitucional y en generar una desconfianza generalizada entre sus propios gobernados. La situaci¨®n es muy grave. No puede seguir acept¨¢ndose que la regla de nadie siga desmoralizando el sistema de justicia y favoreciendo que sus principales actores junto a las administraciones y el Parlamento miren a otro lado como si no fueran responsables del derrumbe.
Javier Hern¨¢ndez Garc¨ªa (JD), Roser Bach Fabreg¨® (JD), Jes¨²s Barrientos Pacho (FV), Carmen Royo Jim¨¦nez (FJI), Luis Rodr¨ªguez Vega (APM), Juan Pedro Yllanes Su¨¢rez (FV), Sebasti¨¢n Moralo Gallego (FV), Miguel ?ngel Gimeno Jubero ( JD), Mar¨ªa Cristina Ferrando Montalv¨¢ (APM), Armando Barrera Hern¨¢ndez (FJI), magistrados que pertenecen a las cuatro asociaciones Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, Jueces para la Democracia, Francisco de Vitoria, y Foro Judicial Independiente.
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