La Abogac¨ªa del Estado dice que jur¨ªdicamente no hay trasvase
El dictamen sostiene que el Ebro no ceder¨¢ agua a las cuencas internas
El Gobierno central exhibi¨® un ayer dictamen de la Abogac¨ªa del Estado en el que, se afirma que no se puede hablar de trasvase del Ebro a Barcelona. "Para que t¨¦cnica y legalmente se pueda hablar de transferencia o trasvase resulta indispensable que se efect¨²en detracciones de recursos h¨ªdricos de una Demarcaci¨®n Hidrogr¨¢fica para transferirlos a otra".
Y por si no quedara claro, insiste: el decreto "no autoriza ni comporta un trasvase o transferencia de agua mediante captaciones adicionales a las ya existentes y legalmente conformadaas de recursos h¨ªdricos del ¨¢mbito de la Confederaci¨®n Hidrogr¨¢fica del Ebro".
Como no hay trasvase, tampoco es necesario que el Gobierno de Arag¨®n tenga que emitir un "informe preceptivo" previo al trasvase que no es. Este aspecto legal, as¨ª como la declaraci¨®n de emergencia para la actuaci¨®n permiten que el decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros elimine obst¨¢culos en el tiempo: ni informe de la Junta de Arag¨®n ni tampoco es necesaria la declaraci¨®n de impacto ambiental. Bastar¨¢ con un informe del Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat.
No hay extracci¨®n
La negaci¨®n del trasvase se basa, sobre todo, en que no hay extracci¨®n de agua del cauce del Ebro. El origen del agua, seg¨²n establece el decreto y recoge el dictamen, es doble: los excedentes del Consorcio de Tarragona y la que procede de la adquisici¨®n de derechos a los regantes. Como las cantidades ya han sido detra¨ªdas del cauce del r¨ªo, no puede decirse que se extraiga m¨¢s. As¨ª, no hay transferencia del Ebro -de donde no sale, aunque en origen salga- a Barcelona. El decreto establece de modo taxativo dos exigencias de Iniciativa: el car¨¢cter temporal de la conducci¨®n y que el agua s¨®lo puede ser utilizada para cubrir las necesidades "de consumo humano" en la provincia de Barcelona. Por tanto: "No se va a producir detracci¨®n de recursos h¨ªdricos de ninguna comunidad aut¨®noma para trasladarlos a otra".
Por lo dem¨¢s, y pese a que no sea legalmente un trasvase, lo que hace el decreto es permitir que el agua del minitrasvase, que la ley de 1981 prohib¨ªa que saliese de la provincia de Tarragona, vaya al sistema Ter-Llobregat; es decir, las cuencas internas de Catalu?a. En ning¨²n caso se podr¨¢n superar los 50 hect¨®metros c¨²bicos.
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