Vivienda social o delito
Merece atenci¨®n la propuesta de castigo penal para quienes incumplan la Ley del Suelo
Es de tal calibre el desastre urban¨ªstico que describen las memorias de la Fiscal¨ªa Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo, y tan sofisticados los mecanismos a que recurren los corruptos y especuladores del suelo para burlar la legalidad, que su titular no ha dudado en proponer en la de este a?o una mayor intervenci¨®n de la ley penal en este ¨¢mbito. Podr¨ªa pensarse que se trata de una comprensible reacci¨®n ante la impotencia, al no poder hacer frente con toda la eficacia exigible al desarrollo de un urbanismo desordenado y con fuertes trazas de corrupci¨®n institucional y privada. Pero la propuesta tiene fundamento y merece la atenci¨®n tanto del fiscal general del Estado como del Gobierno y de las fuerzas pol¨ªticas.
Lo que propone el fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo es una reforma del C¨®digo Penal que tipifique como delito -una modalidad m¨¢s de la actual malversaci¨®n- el incumplimiento de la obligaci¨®n de reserva del 30% de suelo p¨²blico municipal que la reformada Ley del Suelo de 2007 destina a vivienda de protecci¨®n oficial. Facilitar el acceso a una vivienda digna constituye un mandato constitucional que vincula a los poderes p¨²blicos, sea cual fuere su signo pol¨ªtico. Caben pocas dudas sobre la importancia de este principio orientador de la pol¨ªtica social a los efectos de hacerle acreedor de la m¨¢xima protecci¨®n del C¨®digo Penal. La inhabilitaci¨®n especial, m¨¢s que la c¨¢rcel, ser¨ªa la pena que se compaginar¨ªa mejor con la funci¨®n p¨²blica que ejerce el cargo municipal -alcalde o concejal- que incumpliera la Ley del Suelo en un punto tan importante como facilitar el acceso de sus convecinos a una vivienda digna.
No puede desconocerse, en todo caso, el uso que los municipios vienen haciendo del suelo para satisfacer sus necesidades econ¨®micas, insuficientemente cubiertas con los recursos p¨²blicos, lo que ha servido de coartada y de caldo de cultivo para una creciente corrupci¨®n. La suficiencia financiera que los alcaldes exigen al Gobierno constituye, pues, un factor de normalizaci¨®n de la vida municipal que restar¨ªa base a la delincuencia urban¨ªstica y al uso irregular del suelo destinado a vivienda de protecci¨®n oficial. Es posible que de haberse alcanzado esa suficiencia hace 15 o 20 a?os no hubiera que lamentar el actual desastre urban¨ªstico espa?ol. En ese contexto, la intervenci¨®n del C¨®digo Penal ser¨ªa excepcional.
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