El tripartito cifra los gastos de la consulta en m¨¢s de cinco millones
La memoria econ¨®mica de la ley detalla las principales partidas
Los gastos que conllevar¨¢ la consulta planteada por el Gobierno vasco para el pr¨®ximo 25 de octubre ascender¨¢n, si se llega a celebrar, a 5.133.237 euros, seg¨²n la memoria econ¨®mica del proyecto de ley aprobado por el Gobierno Vasco. El proyecto de ley de la consulta, que el Parlamento votar¨¢ el pr¨®ximo 27 de junio, va acompa?ado de la correspondiente memoria econ¨®mica y jur¨ªdica en la que se detallan los gastos previstos.
La consulta est¨¢ planteada como todo un proceso electoral, con 15 d¨ªas de campa?a y su jornada de reflexi¨®n. Los gastos principales son los de personal y de funcionamiento de la administraci¨®n electoral, que sumar¨ªan, seg¨²n la memoria econ¨®mica, un total de 2.421.000 euros.
La segunda gran partida atiende a las subvenciones a los partidos para hacer campa?a, que ascender¨ªan en este caso a 2.412.273 euros. Las subvenciones est¨¢n restringidas a los grupos con representaci¨®n en la C¨¢mara vasca. El dinero se ha calculado en funci¨®n de los esca?os obtenidos por cada grupo en las auton¨®micas de 2005, a raz¨®n de 4.800 euros por esca?o; otros 0,16 euros por cada voto logrado por cada candidatura y otros 8.000 por cada circunscripci¨®n electoral o provincia en la que se haya obtenido al menos un parlamentario.
El proyecto prev¨¦, adem¨¢s, un desembolso de 300.000 euros para la fabricaci¨®n y distribuci¨®n de toda la documentaci¨®n precisa: papeletas, sobres y actas de la consulta.
La consulta, en caso de celebrarse, saldr¨ªa m¨¢s cara a¨²n que los citados 5,1 millones, ya que lo habitual es que las elecciones en Euskadi la Administraci¨®n del Estado ceda el uso de cabinas y urnas. Como el Gobierno central se ha opuesto a la consulta, el proyecto recoge la posibilidad de que haya que fabricar 3.000 urnas, que costar¨ªan 99.170 euros, y otras 3.000 cabinas, por 297.500 euros m¨¢s.
El informe jur¨ªdico adjunto al proyecto de ley considera "factible" convocar la consulta. "En ausencia de una prohibici¨®n expresa, una ley auton¨®mica "no puede ser tachada de inconstitucional m¨¢s que en aquellos casos en los que no exista duda razonable sobre su contradicci¨®n con la Constituci¨®n, lo que no sucede en este caso".
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