Denunciada en Crevillent una firma ruidosa sin licencia
Carmelo Mas es un crevillentino de 78 a?os que vive en una casa de campo situada en la partida de Cachapets. A escasos ocho metros de su casa se instal¨® hace 20 a?os una empresa de hilaturas y, seg¨²n Carmelo, desde entonces no han parado las molestias. Este vecino se queja del ruido y las vibraciones que producen las m¨¢quinas y tambi¨¦n de los malos olores y los desperdicios que encuentra en las inmediaciones de la nave industrial.
Denunci¨® al Ayuntamiento de Crevillent, con el popular C¨¦sar Augusto Asencio como alcalde, ante el juzgado de lo contencioso administrativo y la sentencia le dio la raz¨®n, por lo que se decret¨® el cese de la actividad. Sin embargo, como la empresa continu¨® abierta, Carmelo lo denunci¨® al S¨ªndic de Greuges, que tambi¨¦n reconoci¨® que la nave est¨¢ en suelo no urbanizable y que no se puede legalizar porque no puede tener licencia de obras. Normalmente, habitan la casa su mujer y ¨¦l pero en verano tambi¨¦n est¨¢n su hija y tres nietos que no pueden dormir debido al ruido.
Carmelo Mas est¨¢ desesperado y lamenta que ni el propietario de la empresa ni el Ayuntamiento quieran entender su situaci¨®n. El terreno sobre el que se levanta su vivienda es de su familia desde hace un siglo y no quiere venderlo ni vivir en otro sitio: "Yo no quiero dinero ni nada, s¨®lo que me dejen vivir tranquilo, pero con la f¨¢brica tan cerca de mi casa no se puede estar", se lamenta. Las vibraciones que producen las m¨¢quinas hacen que "los platos se muevan a sus anchas por encima de la mesa", asegur¨®.
A?ade que no quieren que se despida a nadie ni perjudicar el negocio, pero pide al propietario de la empresa que la traslade a otro lugar autorizado y que no ocasiones molestias a los vecinos.
El juzgado estim¨® el recurso presentado por ¨¦l y la sentencia afirma que "se reconoce el derecho al cese de la actividad industrial". En el mismo sentido dictamin¨® el S¨ªndic, que inform¨® al interesado y al Ayuntamiento de que "se deber¨¢ decretar, previa audiencia al interesado, la clausura y prohibici¨®n de usos y actividades que se est¨¢n realizando" y especificaba adem¨¢s que "no se puede otorgar licencia de obra o actividad y apertura para ejercer una actividad industrial en suelo no urbanizable" como es el caso. La empresa tiene, por tanto, una sentencia que le obliga al cierre y tambi¨¦n al derribo, aunque en este caso el propietario la ha recurrido.
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