"Ning¨²n estilo period¨ªstico puede justificar el insulto"
La sentencia que condena a Federico Jim¨¦nez Losantos tiene 34 folios, y los 11 primeros los ocupa la transcripci¨®n de las numerosas injurias que verti¨® el locutor contra Alberto Ruiz-Gallard¨®n entre junio y noviembre de 2006. Lo que sigue es un resumen de los fundamentos jur¨ªdicos que sustentan la condena.
- ?Por qu¨¦ no est¨¢ protegido por la libertad de informaci¨®n? "El informador tiene -si quiere situarse bajo la protecci¨®n del art¨ªculo 20.1.d [de la Constituci¨®n, dedicado a la libertad de informaci¨®n]- un especial deber de comprobar la veracidad de los hechos que expone [...] pues el derecho a la informaci¨®n no tiene por objeto cualquier informaci¨®n, sino s¨®lo la 'informaci¨®n veraz'.
Lo que la Constituci¨®n exige es que el informador transmita como 'hechos' lo que ha sido objeto de previo contraste con datos objetivos, privando de la garant¨ªa constitucional a quien, defraudando el derecho de todos a la informaci¨®n, act¨²e con menosprecio de la veracidad o falsedad de lo comunicado [...] o comunique como hechos simples rumores o, peor a¨²n, meras invenciones o insinuaciones insidiosas [...] En el caso presente, no se ha probado la veracidad. Se pone en boca del Sr. Ruiz-Gallard¨®n cosas que no ha dicho [...] El Sr. Ruiz-Gallard¨®n no hab¨ªa dicho que hab¨ªa que obviar el 11-M [...] El acusado imput¨® al querellante hechos falsos: que en el foro de Abc el 7 de junio [2006] hab¨ªa dicho que no hay que investigar el 11-M, que hab¨ªa que olvidarlo y que intentaba tapar el 11-M [...] El acusado cuando hizo esas afirmaciones en la cadena Cope no transmiti¨® hechos veraces. En consecuencia, no actu¨® en el ejercicio del derecho a comunicar libremente informaci¨®n veraz protegido por la Constituci¨®n".
- ?Por qu¨¦ no est¨¢ protegido por la libertad de expresi¨®n? Seg¨²n jurisprudencia del Constitucional y del Supremo, la libertad de expresi¨®n "dispone de un campo de acci¨®n s¨®lo delimitado por la ausencia de expresiones indudablemente injuriosas sin relaci¨®n con las ideas u opiniones que se expongan, y que resulten innecesarias para la exposici¨®n de las mismas [...] La libertad de expresi¨®n no puede justificar sin m¨¢s el empleo de expresiones o apelativos insultantes, injuriosos o vejatorios". "El acusado ha utilizado expresiones insultantes e innecesarias para el recto ejercicio de la libertad ejercitada [...] No cabe duda de que las afirmaciones y calificativos recogidos son formalmente vejatorias en cualquier contexto, innecesarias para la labor informativa o de formaci¨®n de la opini¨®n que se realice y suponen un da?o injustificado a la dignidad del querellante, teniendo en cuenta que la Constituci¨®n no reconoce un pretendido derecho al insulto [...] y sin que la naturaleza pol¨ªtica de la cr¨ªtica, ni determinados estilos period¨ªsticos puedan ser circunstancias justificativas".
- ?Puede escudarse Losantos en la trayectoria de Gallard¨®n? "Se ha tratado de justificar la conducta del acusado [...] en los propios actos y la intrahistoria del Sr. Ruiz-Gallard¨®n, haciendo referencia a su continua y notoria desvinculaci¨®n p¨²blica con las directrices marcadas por su partido pol¨ªtico y actuaciones pol¨¦micas y desleales con el PP [...] No se est¨¢n enjuiciando en este procedimiento ¨²nicamente los calificativos de "desleal, traidor y farsante" lo que pod¨ªa haber dado lugar a permitir que en el plenario se practicara la prueba que la defensa hubiera estimado oportuna sobre la historia pol¨ªtica anterior al 11-M del Sr. Ruiz-Gallard¨®n [...] sino m¨²ltiples expresiones en relaci¨®n con la investigaci¨®n del 11-M, que claramente han traspasado los l¨ªmites de la libertad de expresi¨®n".
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