El Gobierno estrecha el cerco contra los maltratadores
Quienes agredan a familiares o no paguen las pensiones no podr¨¢n heredar
Un hombre condenado por haber agredido a su pareja no podr¨¢ heredar de ¨¦sta. Tampoco lo podr¨¢ hacer de sus hijos o de sus padres, si ¨¦stos fueron los maltratados. El mismo castigo se aplicar¨¢ a quienes incurran en "delitos contra la libertad, la integridad moral, sexual" o incumplan los "deberes familiares", como pasar la pensi¨®n por alimentos despu¨¦s de una separaci¨®n. Estas medidas, que implican una modificaci¨®n del C¨®digo Civil, ser¨¢n adoptadas por el Gobierno a instancias del Grupo Parlamentario Socialista, seg¨²n ha sabido este peri¨®dico.
La nueva normativa supondr¨¢ la modificaci¨®n de la llamada "indignidad sucesoria", la parte de la legislaci¨®n que especifica los motivos por los que una persona puede ser desheredada (lo normal es que un tercio de los bienes que deja un difunto sean para su pareja, ascendientes o descendientes, lo que se conoce como "la leg¨ªtima").
Con la medida se intenta estrechar el cerco alrededor de los maltratadores, y se complementa la Ley contra la Violencia de G¨¦nero que fue aprobada en diciembre de 2004. En este caso se recurre a la v¨ªa civil y no la penal. Los socialistas consideran que hay que poner coto a la posibilidad de que los maltratadores puedan heredar de la persona a la que han maltratado, porque la posibilidad de que la esposa, el padre, la madre o el hijo del maltratador fallezca antes que el agresor existe, y entonces se da la paradoja de que el culpable puede beneficiarse de los bienes que ¨¦ste pudiera disponer. Pero a diferencia de la ley, en esta propuesta -al menos de momento- no se ha incluido un tratamiento diferente para hombres y mujeres, aunque en la pr¨¢ctica los agresores sean casi siempre varones.
Para aquilatar bien estos cambios y que cuente con las aportaciones de los dem¨¢s grupos parlamentarios, el portavoz del Grupo Socialista, Jos¨¦ Antonio Alonso, ha decidido que la reforma empiece por una proposici¨®n no de ley que ha elaborado el portavoz de Justicia de su grupo, Julio Villarrubia, que es la forma parlamentaria m¨¢s abierta para el consenso.
No obstante, desde el Gobierno se trabajar¨¢ para aportar contenidos al Grupo Socialista desde los ministerios de Igualdad y Justicia. La medida no parte de la nada. El C¨®digo Civil, en su art¨ªculo 756, se?ala que "son incapaces de suceder por causa de indignidad el que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su c¨®nyuge, descendientes y ascendientes". Lo que los socialistas quieren es que este art¨ªculo sea modificado en dos aspectos. Por un lado, con la ampliaci¨®n del c¨ªrculo de personas potencialmente afectadas por un supuesto de indignidad, como los "ex c¨®nyuges o personas con quienes el agresor estuviere o hubiese estado ligado de forma estable por an¨¢loga relaci¨®n de afectividad".
Por otro lado, el Gobierno quiere ampliar los hechos delictivos que permiten fundar la indignidad sucesoria, de manera que se contemplen la comisi¨®n de delitos "contra la vida, delitos de lesiones graves, de torturas o contra la integridad moral o contra la libertad y la indemnidad sexual, y delitos contra los derechos y deberes familiares".
De esta manera se trata de que la exclusi¨®n de la herencia se fundamente en todo un conjunto de comportamientos tipificados penalmente, que suelen producirse en el marco de las relaciones familiares, de convivencia o afectivas de todo tipo. La panoplia de situaciones puede ir desde la violencia contra la mujer, en todas sus manifestaciones, hasta el incumplimiento de deberes familiares, como es el caso del impago de las prestaciones alimentarias a los descendientes en supuestos de separaci¨®n o divorcio.
Precisamente al ser una proposici¨®n no de ley se abre la puerta a que los grupos precisen hasta d¨®nde se pueden limitar y delimitar los casos. Por ejemplo, que se desherede a aquel que mantenga un abandono continuado de sus hijos, pero no a quien s¨®lo se retrase o no cumpla con el pago dos o tres meses.
Esta reforma tambi¨¦n fijar¨¢ que el declarado "indigno para suceder" quede excluido como beneficiario de los seguros de vida, "con la finalidad de abarcar todas las posibilidades" de recibir dinero o bienes de aqu¨¦llos a quienes se ha maltratado. Los juristas del PSOE resumen as¨ª la reforma que pretenden: "Aumentar el castigo al agresor y proteger a las v¨ªctimas".
MALOS DATOS
- La Ley contra la Violencia de G¨¦nero no ha conseguido, de momento, que disminuya el n¨²mero de muertas a manos de su pareja o ex pareja. En 2005, primer a?o en que estuvo en vigor, hubo 60; en 2007 fueron 74.
- La propuesta socialista cubre un hueco que la ley dej¨®: la posibilidad de que un maltratador herede de sus v¨ªctimas.
- La proposici¨®n va m¨¢s all¨¢: no se limita s¨®lo a casos en que un hombre maltrate a su pareja [femenina]. Se aplica a cualquier maltratador dentro de la familia, incluidas como v¨ªctimas padres o hijos.
- La norma, que debe ser aprobada en el Congreso, tambi¨¦n cierra otro posible beneficio para el maltratador: no podr¨¢ cobrar los seguros de vida de sus v¨ªctimas, si ¨¦stas fallecen antes que ¨¦l.
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