El Supremo anula el arresto a un militar y avala sus derechos de asociaci¨®n y expresi¨®n
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha anulado el arresto impuesto al sargento primero del Ej¨¦rcito del Aire y vicepresidente de la Asociaci¨®n Unificada de Militares Espa?oles (AUME), Francisco Mart¨ªn. La sentencia, dictada por unanimidad, est¨¢ llamada a influir en la futura ley de Derechos y Deberes de los militares, que se ha comprometido a aprobar en esta legislatura la ministra de Defensa, Carme Chac¨®n, pues ampl¨ªa los m¨¢rgenes del derecho de asociaci¨®n y la libertad de expresi¨®n de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Francisco Mart¨ªn fue castigado con un mes y 20 d¨ªas de arresto como autor de una falta disciplinaria grave por haber remitido en 2005 una carta al presidente del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviaci¨®n Comercial (COPAC), en la que le explicaba que los controladores a¨¦reos militares estaban realizando funciones de control del tr¨¢fico a¨¦reo civil en aer¨®dromos militares, sin contar con la titulaci¨®n y licencia que la ley de Seguridad A¨¦rea exige para dicha funci¨®n. Adem¨¢s, y m¨¢s importante, los controladores militares no ten¨ªan plantilla suficiente ni cumpl¨ªan los periodos de descanso obligatorios en el control del tr¨¢fico a¨¦reo lo que, a su juicio, "constituyen factores de riesgo".
Mart¨ªn, controlador militar destinado en la base de Talavera la Real (Badajoz), redact¨® la carta en su condici¨®n de presidente de la Sociedad para el Desarrollo del Control del Tr¨¢nsito A¨¦reo (Sodecta), integrada b¨¢sicamente por controladores militares.
El presidente del colegio de pilotos remiti¨® la carta de Mart¨ªn al entonces ministro de Defensa, Jos¨¦ Bono, quien la traslad¨® a los mandos del Ej¨¦rcito del Aire, que le abrieron un expediente disciplinario por falta grave, al considerar que el suboficial hab¨ªa incumplido "las normas de obligada reserva sobre asuntos del servicio".
La sanci¨®n fue confirmada por el Tribunal Militar Central en febrero pasado, pero el Supremo la ha anulado en una sentencia dictada el 19 de septiembre, en la que alega que Francisco Mart¨ªn no remiti¨® la carta "en su condici¨®n de militar, sino como presidente de una asociaci¨®n" y a?ade que, en la misma, "no se detallan ni los servicios ni ninguna otra circunstancia que pudiera afectar a la seguridad a¨¦rea o a la defensa nacional". Al contrario, planteaba problemas que ya hab¨ªan sido expuestos por otros compa?eros.
"El sargento sancionado", concluye el Supremo, "no revel¨® ning¨²n dato o extremo que no fuera ya conocido, trat¨¢ndose en suma de una mera reclamaci¨®n laboral carente, por tanto, de relevancia disciplinaria".
Mart¨ªn, que sigue en activo, ya cumpli¨® el arresto, por lo que su abogado ha anunciado que presentar¨¢ una demanda para reclamar una indemnizaci¨®n.
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