Guerra abierta entre Garz¨®n y el fiscal por la causa del franquismo
Zaragoza invoca por primera vez una f¨®rmula para declarar incompetente al juez
El juez Baltasar Garz¨®n y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, han entrado en una espiral de guerra abierta por la competencia del primero en la causa contra el franquismo. La contenci¨®n inicial, con mensajes incluidos para preservar la amistad entre ambos, ha dado paso a un enfrentamiento con gruesos t¨¦rminos que suponen la descalificaci¨®n profesional del otro e incluso con maniobras y triqui?uelas jur¨ªdicas que ha sembrado un campo de minas en las relaciones personales que ser¨¢ muy dif¨ªcil de superar.
El magistrado rechaza el recurso presentado por el ministerio p¨²blico
El fiscal acusa al juez de vulnerar la ley y el juez al fiscal de retrasar la causa
Zaragoza ha llegado a promover un incidente para declarar la incompetencia objetiva y funcional del juez en el caso, previsto en el art¨ªculo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero que por lo violento y estigmatizante del procedimiento nunca se hab¨ªa invocado antes en los 31 a?os de existencia de la Audiencia Nacional. La tradicional cortes¨ªa -y Garz¨®n y Zaragoza no es que fueran corteses entre ellos, sino que eran buenos amigos y exist¨ªa una relaci¨®n de complicidad desde hace 20 a?os- se ha ido al garete.
El juez, tras el apoyo de Zapatero y el ministro de Justicia a su labor, debi¨® pensar que el fiscal jefe no recurrir¨ªa su decisi¨®n de declararse competente y achacar a Franco y sus ministros miles de asesinatos, secuestros y cr¨ªmenes contra la humanidad, porque en el mismo auto ya anunciaba que declarar¨ªa extinguida la responsabilidad penal de los autores y remitir¨ªa el caso a los juzgados territoriales competentes para que siguieran instruyendo los procesos y exhumando los cad¨¢veres de las fosas como un complemento a la Ley de Memoria Hist¨®rica.
Pero Zaragoza ya le hab¨ªa advertido de que no admitir¨ªa un pronunciamiento de ese estilo, y en cuanto vio el auto anunci¨® p¨²blicamente que recurrir¨ªa directamente en apelaci¨®n y ante el pleno de la Sala, para no dar al juez la oportunidad de revocar sus argumentos en el recurso de reforma y para que ¨¦ste no dilatase el procedimiento.
Pero Garz¨®n, al conocer el anuncio del fiscal, decidi¨® proteger su instrucci¨®n y transform¨® las diligencias previas en sumario para que el fiscal tuviera que presentar un recurso de reforma ante ¨¦l, en lugar de la apelaci¨®n directa ante el pleno.
La argucia de Garz¨®n enoj¨® a Zaragoza, que lanz¨® la bomba jur¨ªdica en forma de incidente del art¨ªculo 23. En un escrito de 20 folios, el fiscal jefe ataca al magistrado por todos los flancos y le acusa de "vulnerar manifiestamente las normas de competencia objetiva y funcional legalmente previstas". La consecuencia es que el incidente reduce por completo el margen de maniobra de Garz¨®n, que ¨²nicamente puede hacer un informe para defender sus argumentos ante el pleno de la Sala. Adem¨¢s, el juez puede seguir instruyendo el caso, pero s¨®lo "las diligencias necesarias para comprobar el delito y aquellas otras que considere de reconocida urgencia". Pero nada m¨¢s.
Mientras tanto, Garz¨®n rechaz¨® la admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso de apelaci¨®n presentado por Zaragoza por entender que el tr¨¢mite no es ajustado a derecho. Otra andanada innecesaria entre amigos.
La trascendencia de este duelo entre titanes es escasa, ya que ni la resoluci¨®n de Garz¨®n, ni el recurso e incidente de Zaragoza, impide o posibilita el final natural de las cosas, es decir, que sea el pleno de la Sala de lo Penal el que resuelva si Garz¨®n es competente o no.
Precisamente, el presidente de la Sala Penal, Javier G¨®mez Berm¨²dez, hab¨ªa previsto que el incidente promovido por Zaragoza se debatiera y votara en un pleno jurisdiccional previsto para el d¨ªa 30. Para ello hab¨ªa recabado de Garz¨®n un informe que ¨¦ste deb¨ªa entregar en un plazo de cinco d¨ªas.
Sin embargo, la Sala Penal, reunida ayer en pleno, decidi¨® suspender el plazo dado a Garz¨®n y aplazar el pleno al tener conocimiento de que el magistrado ser¨¢ intervenido quir¨²rgicamente el pr¨®ximo lunes, lo que le obligar¨ªa a trabajar durante el fin de semana, en un periodo en el que est¨¢ saliente de guardia.
Previsiblemente, la convalecencia de Garz¨®n tenga una duraci¨®n de entre 10 d¨ªas y dos semanas, en las que el magistrado podr¨¢ perfeccionar sus argumentos.
El tribunal ha acordado tambi¨¦n dar traslado a las partes personadas en el proceso del escrito del fiscal para que hagan las alegaciones que estimen pertinentes.
La guerra est¨¢ servida.
El art¨ªculo 23
- Zaragoza va a la guerra. El fiscal Zaragoza ha invocado por primera vez una norma de competencia prevista en la Ley de Enjuiciamiento, pero que nunca antes se hab¨ªa aplicado en la Audiencia Nacional y menos entre amigos. "Si durante el sumario o en cualquier fase de instrucci¨®n de un
proceso penal el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes entendieran
que el juez instructor
no tiene competencia
para actuar en la causa,
podr¨¢n reclamar
ante el Tribunal Superior
a quien corresponda,
el cual, previos los informes que estime necesario resolver¨¢ de plano
y sin ulterior recurso".
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