Los ancianos no tendr¨¢n que pagar con su piso la plaza en una residencia
El tripartito se asegura los votos del PSE para aprobar la ley de Servicios Sociales
En funci¨®n del territorio en que un anciano viva, ?lava, Vizcaya o Guip¨²zcoa, las posibilidades que tiene de acceder a una plaza en una residencia p¨²blica var¨ªan. Los mayores alaveses disfrutan de mejores servicios sociales que el resto de los vascos, as¨ª que tienen m¨¢s posibilidades de lograr esa plaza. Aunque los partidos se hartan de repetir que el acceso a las prestaciones no puede depender del lugar en que uno viva, el hecho es que en Euskadi existen tres velocidades diferentes y ?lava marcha en cabeza. Para que esa brecha se cierre y todos los ciudadanos vascos tengan derecho a las mismas prestaciones, el Departamento de Asuntos Sociales y el PSE sellaron ayer su pacto sobre el proyecto de ley de Servicios Sociales, lo que garantiza su aprobaci¨®n en el Parlamento antes de que concluya esta legislatura, que en este caso supone antes de que acabe el a?o. Aunque el tiempo apremia, el consejero Javier Madrazo y el portavoz socialista en la C¨¢mara, Jos¨¦ Antonio Pastor, han empe?ado su palabra en que la ley saldr¨¢ adelante.
El copago con un piso se reducir¨¢ a las viviendas de un valor "excepcional"
El ejemplo de las residencias es el que mejor explica el desfase entre los territorios y el m¨¢s gr¨¢fico para percatarse de que el colectivo de mayores ser¨¢ el que pondr¨¢ a prueba la capacidad de respuesta de las instituciones en los pr¨®ximos a?os. El acuerdo entre Madrazo y los socialistas ha servido para pulir algunos aspectos, como el relativo al reconocimiento de deuda, que actualmente aplican las diputaciones alavesa y vizca¨ªna en las residencias de ancianos. Seg¨²n esa f¨®rmula, el usuario paga una parte del servicio, dependiendo de sus ingresos y su patrimonio, pero a su muerte sus familiares deben responder de la deuda pendiente con todos sus bienes, incluido el piso habitual.
Desde el primer momento, el Gobierno intent¨® que esa vivienda quedase excluida, pero las diputaciones le forzaron a una soluci¨®n intermedia cuando remiti¨® el proyecto a la C¨¢mara antes del pasado verano: la vivienda habitual deb¨ªa figurar entre los bienes reclamables, siempre que su valor no sobrepase una determinada cantidad. Esa suma ser¨¢ el valor de un piso tipo en el mercado. El pacto con el PSE permite excluir totalmente la vivienda habitual, a excepci¨®n de aquellas con un valor "excepcional", que Madrazo calific¨® ayer como "pisos de lujo". Definir qu¨¦ es una vivienda de valor excepcional queda al posterior desarrollo reglamentario. Lo que dej¨® claro el viceconsejero de Asuntos Sociales, Fernando Consuegra, es que si, por ejemplo, el precio medio de una vivienda en Euskadi asciende a 240.000 euros y el piso del anciano se tasa en 300.000 no se le calificar¨¢ de valor excepcional. "Tiene que costar bastante m¨¢s, pero todo queda pendiente de los reglamentos", puntualiz¨®.
El proyecto de ley es el punto de partida para la creaci¨®n del sistema vasco de servicios sociales, un pilar del Estado de Bienestar que tendr¨¢ definitivamente el mismo rango que la sanidad, la educaci¨®n y las pensiones. Los servicios sociales (residencias, centros de d¨ªa, servicios de asistencia, telealarma, etc¨¦tera) ser¨¢n un derecho subjetivo, lo que significa que ser¨¢n exigibles ante los tribunales por cualquier persona que lleve un a?o empadronada en un municipio vasco. Adem¨¢s, la ley establecer¨¢ un cat¨¢logo de prestaciones que los ciudadanos podr¨¢n reclamar en los tres territorios.
El futuro Estado del Bienestar
- Derecho subjetivo. Los servicios sociales ser¨¢n un derecho subjetivo, exigible ante los tribunales por cualquiera que lleve un a?o empadronado en Euskadi. No estar¨¢n sujetos a disposici¨®n presupuestaria ni a la voluntad del Gobierno de turno. Euskadi precisar¨¢ multiplicar las plazas en residencias y geri¨¢tricos, centros de d¨ªa o de noche y otros servicios como teleasistencia. Aprobada la ley, la previsi¨®n es que en ocho a?os se hayan desplegado todas sus medidas.
- Cartera de servicios. La ley establecer¨¢ un cat¨¢logo de prestaciones reclamables en los tres territorios, en dos niveles de atenci¨®n: primaria y secundaria. En la primaria, se enmarcan los servicios sociales de base (valoraci¨®n, diagn¨®stico y orientaci¨®n, ayuda a domicilio, apoyo a cuidadores, teleasistencia), la atenci¨®n diurna y nocturna de baja intensidad (centros de d¨ªa, albergues y centros de acogida) y servicios residenciales de baja intensidad (pisos de acogida y apartamentos tutelados). En la secundaria, figuran los centros diurnos de alta intensidad (para grandes dependientes), las residencias de ancianos, servicios de mediaci¨®n familiar, atenci¨®n a los casos de maltrato y adopci¨®n.
- Gesti¨®n. Un ¨®rgano de gesti¨®n interinstitucional ser¨¢ el gran gestor de los servicios sociales en Euskadi, que determinar¨¢ el mapa de prestaciones, repartir¨¢ las competencias y revisar¨¢ que existe la financiaci¨®n necesaria.
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