La memoria hist¨®rica y sus met¨¢foras
La pol¨¦mica sobre las fosas comunes y la posibilidad de perseguir penalmente al franquismo ha rehabilitado una legi¨®n de met¨¢foras que, como la de abrir o cerrar heridas del pasado, o la de pasar p¨¢ginas antes o despu¨¦s de haberlas le¨ªdo, no ser¨¢n recordadas por su originalidad ni por su capacidad para mostrar una realidad subterr¨¢nea, como las que revela la aut¨¦ntica poes¨ªa. Met¨¢foras asociadas a otra met¨¢fora como la de la "memoria hist¨®rica", concebida sobre el mismo molde antropom¨®rfico que el "alma de los pueblos", quiz¨¢ hayan de ser evocadas alg¨²n d¨ªa por el prodigioso poder hipn¨®tico que han demostrado, capaz de ocultar y de emborronar, hasta hacerlos ininteligibles, los asuntos sobre los que de verdad se est¨¢ discutiendo.
Las met¨¢foras sobre la memoria ocultan el asunto sobre el que se discute
No se puede sostener, como se ha hecho estos d¨ªas, que la democracia espa?ola est¨¢ suficientemente consolidada para cumplir con el deber de memoria hacia la Guerra Civil y, por otro lado, afirmar que no lo est¨¢, que no puede ser una democracia completa, mientras no cumpla con ese deber. O una cosa, o la otra. Pero es necesario recordar, adem¨¢s, que se hace un flaco servicio a la democracia en Espa?a, a las tres d¨¦cadas de convivencia constitucional, cada vez que un grupo de ciudadanos se arroga el monopolio de poner o no poner el marchamo de democr¨¢tico al r¨¦gimen pol¨ªtico en el que viven. Sobre todo cuando ese r¨¦gimen pol¨ªtico ni proh¨ªbe ni persigue la causa que defienden. A estos efectos, poco importa que la causa sea justa, como sucede con algunas reivindicaciones colocadas bajo la met¨¢fora de la "memoria hist¨®rica"; lo que est¨¢ en juego es la manera en la que pretenden hacer valer su justicia.
La Audiencia Nacional ha cerrado el paso a la persecuci¨®n penal del franquismo y, de inmediato, se ha propagado la especie de que los magistrados que han adoptado esta decisi¨®n han actuado por miedo o, peor a¨²n, por una inconfesable connivencia retrospectiva con la dictadura. Otro tanto se ha dicho de historiadores, escritores o periodistas que, antifranquistas cuando hab¨ªa que serlo, se han pronunciado en favor de la resoluci¨®n de la Audiencia y, consecuentemente, del recurso interpuesto por el fiscal Zaragoza. Tal vez seducidos por las met¨¢foras, quienes han lanzado estas acusaciones parecen no haber advertido que el principal problema de la iniciativa del juez Garz¨®n ten¨ªa que ver con los l¨ªmites del uso que puede hacerse del Derecho Penal; esto es, de ese derecho que permite al Estado privar de libertad a los ciudadanos y que, por eso, exige el respeto escrupuloso de las garant¨ªas. Incluso para perseguir al m¨¢s execrable de los terroristas o, tambi¨¦n, al general Franco, por m¨¢s que sus cr¨ªmenes hagan de ¨¦l un miembro destacado de la n¨®mina negra del siglo XX, junto a Hitler, Stalin, Mussolini, Pinochet, Videla o tantos otros.
Imag¨ªnese por un momento una Audiencia Nacional en la que, convertidos en razonamientos jur¨ªdicos habituales los contenidos en los ¨²ltimos autos del juez Garz¨®n, se pudiera abrir procesos penales simb¨®licos contra cualquier ciudadano, como pretend¨ªa aquel magistrado prevaricador que, dando curso a sus antipat¨ªas pol¨ªticas, se complac¨ªa en hacer subir y bajar las escalinatas del edificio a personas honorables. Imag¨ªnese, adem¨¢s, que a partir de ahora un juez pudiera, seg¨²n ha hecho Garz¨®n, reclamar su competencia para juzgar un delito en virtud de un art¨ªculo contenido en un C¨®digo Penal que no est¨¢ vigente, ya sea el de la Rep¨²blica, el de la dictadura o cualquier otro. Imag¨ªnese, en fin, una sentencia en la que la determinaci¨®n del tipo penal sea resultado de un ejercicio de corta y pega entre tratados internacionales, sentencias de tribunales diversos y resoluciones de Naciones Unidas, adem¨¢s de algunos libros de historia, y del que se obtiene algo parecido al "delito continuado de detenci¨®n ilegal en el contexto de un crimen contra la Humanidad", por el que Garz¨®n quer¨ªa imputar al general Franco y a 44 de sus c¨®mplices.
Es dif¨ªcil saber si una Audiencia Nacional de estas caracter¨ªsticas abrir¨ªa o cerrar¨ªa heridas, si pasar¨ªa las p¨¢ginas ley¨¦ndolas o sin leerlas. S¨®lo una cosa ser¨ªa segura: un tribunal as¨ª resultar¨ªa incompatible con el Estado de derecho, por m¨¢s que pareciera conforme a la legi¨®n de met¨¢foras que ha rehabilitado este debate.
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