El Constitucional dice que la ley de Igualdad corrige la "hist¨®rica" discriminaci¨®n
La ley de Igualdad de Euskadi es "perfectamente constitucional" y persigue "corregir una situaci¨®n hist¨®rica de discriminaci¨®n en la vida p¨²blica". Es uno de los argumentos del Tribunal Constitucional para avalar la normativa vasca que hab¨ªa sido recurrida por el PP. Dicha norma, aprobada por el Parlamento vasco en febrero de 2005, obliga a los partidos pol¨ªticos a que, en las elecciones auton¨®micas y forales, presenten listas paritarias con una representaci¨®n de las mujeres de un m¨ªnimo del 50%. Adem¨¢s, garantiza que los hombres sean al menos el 40%.
La sentencia del Constitucional, cuyo sentido se conoci¨® el lunes y los argumentos se difundieron ayer, concluye que este tratamiento diferenciado es el adecuado para conseguir la "igualdad efectiva de la mujer" y no va contra ning¨²n derecho fundamental. "No est¨¢ aqu¨ª en cuesti¨®n ning¨²n derecho de los hombres ni un imposible derecho de los partidos", aduce el Alto Tribunal, que recuerda que la norma se justifica por las circunstancias sociales actuales. "Su eficacia habr¨¢ de redundar en la progresiva desaparici¨®n del fundamento constitucional que ahora disfruta. Se trata, en definitiva, de una medida s¨®lo constitucionalmente aceptable en tanto que coyuntural".
Proporcionalidad
El hecho de que el porcentaje del 50% sea diferente al que rige en la legislaci¨®n espa?ola (un m¨ªnimo del 40% de candidatos de cada sexo) tampoco es inconstitucional, asegura el fallo. "Trat¨¢ndose de una medida de discriminaci¨®n positiva en beneficio de la mujer, se ajusta a las condiciones de razonabilidad y proporcionalidad", se?ala, antes de agregar que existe una garant¨ªa "que los hombres tengan siempre asegurado un porcentaje m¨ªnimo del 40% en las listas electorales".
El Tribunal Constitucional argumenta que la igualdad que consagra la Carta Magna con relaci¨®n al sexo no se puede "desvirtuar en los ¨®rganos de representaci¨®n pol¨ªtica con la presencia abrumadoramente mayoritaria de uno de ellos".
La resoluci¨®n sali¨® adelante por diez votos a favor, uno de ellos con matices, y dos en contra. El magistrado Jorge Rodr¨ªguez-Zapata, basa su rechazo a la ley en que se "pervierten las bases" de la representaci¨®n pol¨ªtica y "lesiona la libertad ideol¨®gica y de autoorganizaci¨®n de los partidos pol¨ªticos".
Este magistrado expresa que las medidas en favor de la mujer han producido el efecto de la "retrodiscriminaci¨®n", aludiendo al hecho de que el propio Constitucional anul¨® una lista electoral formada s¨®lo por mujeres en Garachico (Tenerife).
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