Un juez considera que el "monopolio probatorio" a favor de la SGAE perjudica a los locales que emiten m¨²sica
La demanda reclamaba 761,98 euros por comunicaci¨®n p¨²blica de m¨²sica en un local abierto al p¨²blico, pero el juez ha rebajado la cuant¨ªa, tras establecer un prorrateo, a 130,09 euros. La demandante era la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). El demandado, el pub Espiral Pop, cuya defensa prob¨® que no todos los autores reproducidos en el local madrile?o eran administrados por la gestora de derechos de autor.
El juez no cuestiona la legitimaci¨®n de la SGAE para reclamar, pero s¨ª que se haya ca¨ªdo "jurisprudencialmente en un monopolio probatorio en favor de la entidad que conduce en muchas ocasiones a condenar a los demandados por el simple hecho de que no acrediten que reproducen autores no protegidos por aquellos (...). Esta inversi¨®n de la carga probatoria (...) determina que cuando acciona la SGAE, o est¨¢ acreditada la autorizaci¨®n [para reproducir m¨²sica en local abierto al p¨²blico], o s¨®lo cabe el resarcimiento". Es decir, que, por defecto, se asume que toda la m¨²sica emitida en locales (bares, restaurantes, salas de baile o consultas de m¨¦dicos con hilo musical) es gestionada por la SGAE y se obliga a pagar la tarifa establecida, que se fija
seg¨²n el tipo de actividad del establecimiento y sus metros cuadrados de superficie y se paga por temporadas.
Ahora, prosigue la sentencia, con "un aut¨¦ntico cambio de paradigma en la defensa de los derechos de autor musicales" en los que unos se acogen al copyright y otros al copyleft, "la defensa ha demostrado que no todos los autores emitidos en Espiral Pop son gestionados por la entidad", estima la demanda parcialmente y reduce la cuant¨ªa a pagar por copyright estableciendo un sistema de prorrateo.
La defensa de Espiral Pop cree que a partir de ahora "la SGAE deber¨¢ demostrar a qu¨¦ autores gestiona para reclamar la comunicaci¨®n p¨²blica".
Sin embargo, la sentencia no es firme. La SGAE asegura que como el fallo "se aparta de la l¨ªnea jurisprudencial mayoritaria" recurrir¨¢ la sentencia.
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