La UE condena el secretismo en la norma sobre los equipajes en el avi¨®n
El fallo llega tarde, no cambia nada en la pr¨¢ctica, pero avala que nadie est¨¢ obligado a cumplir normas secretas. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dict¨® ayer una sentencia que considera inv¨¢lido y carente de fuerza vinculante el Reglamento 622/2003 que impon¨ªa restricciones a los art¨ªculos que los pasajeros pueden llevar en el equipaje de mano. Como el anexo donde se enumeraban esos art¨ªculos no se public¨® en el Diario Oficial de la Uni¨®n Europea (porque se declar¨® secreto) no se puede imponer.
El secretismo sobre qu¨¦ cosas pueden llevar los pasajeros a bordo dio lugar a un gran debate, en el que se implic¨® mucho el eurodiputado de CiU Ignasi Guardans, que se muestra encantado con la sentencia. El reglamento se modific¨® hasta 14 veces (en 2006, para incluir las restricciones sobre l¨ªquidos), pero sin hacer p¨²blica la lista, pese a que en alguno de los cambios (en 2004) se admit¨ªa que era necesaria una "lista armonizada a la que el p¨²blico tenga acceso".
Sin efecto pr¨¢ctico
Ahora, el Tribunal Europeo le da la raz¨®n. Pero su sentencia no tiene efectos pr¨¢cticos porque la Comisi¨®n Europea se adelant¨® y public¨® el 19 de agosto la lista exhaustiva. Nada cambiar¨¢ en los controles de seguridad de los aeropuertos, confirm¨® un portavoz de AENA. Guardans cree que "AENA y Fomento deber¨ªan establecer reglas m¨¢s claras y homog¨¦neas para los aeropuertos y explicar qu¨¦ instrucciones han dado", afirma.
Esa relaci¨®n de art¨ªculos prohibidos "nunca fue secreta, fue publicada a trav¨¦s de un comunicado de prensa", aunque no se public¨® en el Diario Oficial. "Eso es cierto", admiti¨® el portavoz comunitario de Transportes, Fabio Pirrotta. Y es justo ese aspecto el que tumba el tribunal, en virtud del principio de seguridad jur¨ªdica, que "exige que una normativa permita a los interesados conocer con exactitud las obligaciones que les impone".
El caso que origin¨® la sentencia hecha p¨²blica ayer ocurri¨® en septiembre de 2005, cuando a un ciudadano se le deneg¨® el paso en el control de seguridad del aeropuerto de Viena porque llevaba unas raquetas de tenis. A pesar de ello, subi¨® al avi¨®n, pero fue obligado a desembarcar.
Por cierto, en la lista publicada en agosto se proh¨ªben los "instrumentos contundentes que puedan causar lesiones", como monopatines o bates de b¨¦isbol, pero no las raquetas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Terrorismo internacional
- Vuelo
- Adjudicaci¨®n contratos
- Deportes a¨¦reos
- Tribunal Justicia Uni¨®n Europea
- Pol¨ªtica antiterrorista
- Seguridad vial
- Contratos administrativos
- Sentencias
- Tribunales
- Lucha antiterrorista
- Tr¨¢fico
- Sanciones
- Poder judicial
- Derecho administrativo
- Juicios
- Uni¨®n Europea
- Proceso judicial
- Transporte
- Terrorismo
- Deportes
- Organizaciones internacionales
- Justicia
- Relaciones exteriores
- Administraci¨®n p¨²blica