Un juez rechaza en Ja¨¦n que los herederos puedan cobrar
Un juez de Ja¨¦n ha rechazado que los herederos de una mujer que muri¨® mientras se tramitaba una ayuda por la Ley de Dependencia puedan cobrar la prestaci¨®n que nunca lleg¨®. La sentencia, que no es recurrible, da la raz¨®n a la Junta de Andaluc¨ªa, que anul¨® la prestaci¨®n porque se aprob¨® dos d¨ªas despu¨¦s de que la mujer muriera. El documento le reconoc¨ªa la ayuda con atrasos, que ahora pretend¨ªa cobrar su familia. El juez basa su decisi¨®n en la normativa andaluza que, como la mayor¨ªa de las comunidades, fija que las ayudas no se har¨¢n efectivas hasta que se apruebe el documento en el que se detallan dichas prestaciones.
S¨ª, la mujer muri¨® dos d¨ªas antes de que se aprobara ese documento, pero es que ese papel llegaba con retraso. La hija de la fallecida, que es quien llev¨® el caso a los tribunales, alegaba que la Junta hab¨ªa superado los tres meses previstos en su propio decreto para resolver esos tr¨¢mites, por tanto, de haberlos hecho a tiempo, la mujer podr¨ªa haber cobrado.
El juez alude a la demora, pero no la tiene en cuenta para dictar el fallo. La consejera andaluza para la Igualdad y el Bienestar Social, Micaela Navarro, destac¨® "el paso adelante" que supone la sentencia. "Ratifica el procedimiento que seguimos la mayor¨ªa de las comunidades aut¨®nomas. Hasta que no est¨¢ resuelto el PIA [el documento con la ayuda], la familia no tiene derecho a cobrar la ayuda".
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