El fallo, cuanto antes
Ser¨ªa un error retrasar la sentencia sobre el Estatuto; y otro mayor, presionar al Constitucional
La proximidad de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto catal¨¢n ha vuelto a desatar las pasiones que este asunto suscita, incluyendo la insinuaci¨®n de que, tal como est¨¢n las cosas, ser¨ªa deseable posponer la sentencia hasta que se produzca la renovaci¨®n parcial, pendiente desde hace casi dos a?os, del propio tribunal. Y se han repetido las declaraciones altisonantes sobre lo que habr¨ªa que hacer si la sentencia es "desfavorable" para el Estatuto, e incluso sobre posibles movilizaciones "preventivas" ante esa eventualidad.
La batalla por el control del Tribunal, iniciada por el PP y respondida de manera no muy acertada por los socialistas, ha tenido el efecto de retardar la sentencia, lo cual ha resultado peor que cualquiera de las resoluciones posibles, o al menos probables. Precisamente porque el Estatuto catal¨¢n se est¨¢ desarrollando, y porque del sentido de la sentencia dependen los desarrollos de otros Estatutos, cada d¨ªa de retraso hace m¨¢s complicado el embrollo que plantear¨ªa la declaraci¨®n de inconstitucionalidad de un determinado art¨ªculo, afecte a cuestiones importantes o secundarias. La conclusi¨®n no puede ser que s¨®lo cabe convalidar el texto sin modificaciones, sino que la sentencia no debe atrasarse.
El argumento de que una ley que haya sido refrendada por la ciudadan¨ªa no deber¨ªa poder ser objeto de recurso de inconstitucionalidad es defendible. Podr¨ªa plantearse una reforma de la normativa vigente, pero lo que no cabe es darla por hecha y aplicarla retrospectivamente. El texto reformado en la Comisi¨®n constitucional del Congreso tras el acuerdo Zapatero-Mas fue aprobado por la C¨¢mara; pero todos los parlamentarios sab¨ªan que las dudas manifestadas sobre la constitucionalidad de determinados art¨ªculos ser¨ªan resueltas por el Tribunal si se presentaba recurso, como se daba por seguro.
Sostener que la escasa participaci¨®n en el refer¨¦ndum sobre el Estatuto deslegitima su resultado es una apreciaci¨®n subjetiva sin sustento legal; el refer¨¦ndum es plenamente v¨¢lido; pero, por la misma raz¨®n, es obligado respetar la norma que sit¨²a la posibilidad de recurso al final del proceso de reforma estatutaria. Lo que no cabe es cambiar las reglas sobre la marcha.
La idea de una movilizaci¨®n preventiva, o la advertencia de que se responder¨¢ a cualquier sentencia "desfavorable" con un refer¨¦ndum no previsto en la ley, constituyen formas de coacci¨®n inaceptables, como han manifestado todas las asociaciones de jueces. Porque m¨¢s grave que una resoluci¨®n cualquiera es que el Tribunal Constitucional se vea apremiado a no pronunciarse para evitar esas situaciones con que se le presiona. Por lo dem¨¢s, hay algo de impostado en el dramatismo con que se plantea el asunto. Presentar como un agravio cualquier sentencia que no avale la integridad del Estatuto puede entenderse como t¨¢ctica pol¨ªtica, pero no es realista ni responsable. Apostar a la frustraci¨®n es peligroso. Pero es cierto que tambi¨¦n el Tribunal debe contribuir con una resoluci¨®n avalada por una mayor¨ªa clara.
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