El 'Alakrana' y la justicia universal
El secuestro, en aguas territoriales somal¨ªes, del pesquero espa?ol Alakrana plantea, para el Estado espa?ol, el dilema de una embarazosa elecci¨®n: someterse al chantaje de unos terroristas o, por el contrario, plantear una acci¨®n de rescate armado. La reciente reforma del art¨ªculo 23 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial limita afortunadamente la jurisdicci¨®n universal. De este modo, s¨®lo se podr¨¢n perseguir delitos en el exterior cuando haya una conexi¨®n relevante del crimen con nuestro pa¨ªs, o, sus responsables est¨¦n en nuestro territorio.
La reforma es acertada y se acaba, por fin, el suplirse, por nuestra Administraci¨®n de justicia, la jurisdicci¨®n de los tribunales internacionales. Ahora ¨¦stos ser¨ªan los encargados de perseguir los delitos de genocidio en Guatemala y en el T¨ªbet, los asesinatos en Gaza, o las torturas en Guant¨¢namo, entre otros.
Pero, no habr¨ªa duda de que los actos de pirater¨ªa en la costa somal¨ª -y en particular, el secuestro del pesquero espa?ol- entrar¨ªan dentro del radio de acci¨®n de nuestra jurisdicci¨®n patria. Liberar a los dos piratas encarcelados en suelo espa?ol s¨®lo prosperar¨ªa dej¨¢ndose en papel mojado esa ley org¨¢nica, o si Somalia -pese a no contar con convenio de extradici¨®n con Espa?a- o un tribunal internacional abriesen un proceso sobre los mismos delitos (detenci¨®n ilegal de la nao y su tripulaci¨®n).
Lo deseable ser¨ªa encontrar una salida digna liber¨¢ndose al Alakrana y a su mariner¨ªa, saliendo, desde luego, ambos indemnes, pero, todo ello, sin obviarse un castigo ejemplar para sus secuestradores. Aunque este equilibrado desenlace final se me antoja un tanto ut¨®pico. El Derecho Penal en determinados casos sobra.
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