En un noviazgo adolescente no hay violencia machista, seg¨²n un tribunal
Un "enamoramiento propio de adolescentes", sin proyecto de futuro, no puede equipararse a la relaci¨®n de pareja que exige el C¨®digo Penal para que pueda hablarse de violencia de g¨¦nero, seg¨²n una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria.
El tribunal ha confirmado la resoluci¨®n dictada por el Juzgado de lo Penal n¨²mero 2 de Santander, que condenaba a J. M. G. L. a pagar una multa de 60 euros por una falta de amenazas y coacciones de car¨¢cter leve y le prohib¨ªa acercarse a la chica durante seis meses, pero le absolv¨ªa del delito de violencia de g¨¦nero que tambi¨¦n se le imputaba.
El joven mantuvo una relaci¨®n con la chica durante dos a?os. Ella ten¨ªa 13 a?os cuando empezaron a salir. Tras la ruptura, ¨¦l trat¨® de presionarla para reanudar el noviazgo: la llamaba a diario a su tel¨¦fono m¨®vil, se presentaba en el centro donde estudiaba dibujo dando gritos y golpes en la puerta y llamaba a sus amigos en tono intimidatorio. Tambi¨¦n le dijo un d¨ªa a gritos que se iba a enterar, le pregunt¨® que con qui¨¦n hab¨ªa estado y le arrebat¨® el m¨®vil. Como no atendi¨® a sus requerimientos, lleg¨® a tirarse por el suelo y a arrastrarse por la calzada.
Pareja estable
El art¨ªculo 173 del C¨®digo Penal, que regula la violencia de g¨¦nero, se aplica a los hombres que cometen un delito sobre "quien sea o haya sido su esposa o mujer que est¨¦ o haya estado ligada a ¨¦l por una an¨¢loga relaci¨®n de afectividad aun sin convivencia". La interpretaci¨®n de la "an¨¢loga relaci¨®n de afectividad" no est¨¢ clara, y frecuentemente hay discrepancias entre los distintos juzgados y tribunales sobre qu¨¦ hacer con las relaciones de noviazgo no muy definidas.
Para la Audiencia de Cantabria, la violencia de g¨¦nero tendr¨ªa cabida en este caso si existiera la finalidad de constituir una pareja estable, una finalidad que puede "presumirse" en las relaciones de este tipo entre adultos que estudian o trabajan, pero que es "menos evidente" entre menores que est¨¢n todav¨ªa en fase escolar. "De proyecto de futuro no cabe ni pensar. De vinculaciones tampoco. Lo que hab¨ªa entre ambos era la t¨ªpica relaci¨®n de enamoramiento que puede prolongarse m¨¢s o menos en el tiempo, pero en la que no se puede predicar que concurran las notas caracter¨ªsticas de una pareja a los fines previstos en la norma", razona la magistrada ponente de la sentencia, Paz Aldecoa.
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