Europa entra en una nueva era
El Tratado de Lisboa, en vigor desde hoy, supone un paso m¨¢s hacia el proyecto federal europeo - El objetivo es una UE m¨¢s eficaz, coherente y democr¨¢tica
Tras ocho a?os de tropiezos y dificultades, Europa logra finalmente poner en pie un nuevo modelo de organizaci¨®n pol¨ªtica y jur¨ªdica que supone un avance hacia su proyecto federal. La idea de crear una Uni¨®n "m¨¢s democr¨¢tica, transparente y eficaz" acordada por los jefes de Estado o de Gobierno en la Declaraci¨®n de Laeken (Bruselas) en diciembre de 2001 ha cristalizado en el Tratado de Lisboa que hoy entra en vigor.
La estrategia propuesta en Laeken era m¨¢s ambiciosa y abogaba por una simplificaci¨®n de los tratados y una Constituci¨®n para todos los europeos. Tras 15 meses de trabajo, la Convenci¨®n aprob¨® en julio de 2003 un proyecto de Constituci¨®n. El proyecto, no obstante, sufri¨® un rev¨¦s insuperable en 2005 cuando los ciudadanos de Francia y Holanda lo rechazaron en refer¨¦ndum. Fue una sacudida que hundi¨® el proyecto europeo en un profundo desconcierto durante dos a?os.
Se ampl¨ªa el uso de la mayor¨ªa cualificada para adoptar acuerdos
Los eurodiputados tendr¨¢n m¨¢s poder porque decidir¨¢n sobre m¨¢s temas
El texto recoge el 95% del contenido de la Constituci¨®n que no lleg¨® a nacer
El presidente y el alto representante son las dos nuevas caras de la Uni¨®n
En junio de 2007, el Consejo Europeo acord¨® las disposiciones necesarias para redactar el llamado Tratado de Reforma, para sustituir al proyecto de la Constituci¨®n que nunca lleg¨® a nacer. El texto que, a pesar de ser pr¨¢cticamente ininteligible por los profanos, recog¨ªa la esencia de la Constituci¨®n, fue aprobado en Lisboa en octubre de 2007.
Pero de nuevo fue en su proceso de ratificaci¨®n por los ciudadanos cuando tambi¨¦n descarril¨® el tratado, al ser rechazado por los irlandeses en refer¨¦ndum en junio de 2008. Nuevas concesiones facilitaron que Irlanda pudiera aprobar el tratado en una segunda votaci¨®n el pasado octubre. Cuando nadie pod¨ªa imaginar un nuevo traspi¨¦, el euroesc¨¦ptico presidente checo, V¨¢clav Klaus, meti¨® la ¨²ltima zancadilla, neg¨¢ndose a firmarlo si no obten¨ªa garant¨ªas que impidieran posibles reivindicaciones de los alemanes expulsados de los Sudetes. Nuevas concesiones nada sustanciales facilitaron que finalmente accediese a su firma. Finalmente, Europa cuenta con el Tratado de Lisboa, que recoge el 95% de la Constituci¨®n, seg¨²n han reconocido numerosos juristas europeos.
Los fracasos cada vez que se ha realizado una consulta a los ciudadanos revelan el d¨¦ficit democr¨¢tico del proyecto europeo. Este d¨¦ficit es un indicador del "fracaso de los Gobiernos en crear un debate constructivo sobre Europa", como se?ala J¨¹rgen Habermas. El fil¨®sofo alem¨¢n lamenta en su obra Europe, The Faltering Project que el espacio p¨²blico europeo es campo de debate para las ¨¦lites, pero en el que los ciudadanos no se ven implicados.
A pesar de sus deficiencias, el proyecto europeo se ha convertido en un modelo de referencia. El presidente Barack Obama se ha inspirado en Europa para la reforma sanitaria en EE UU. En Asia, Am¨¦rica Latina y ?frica, el modelo de integraci¨®n europea gana adeptos. El objetivo de Lisboa es conseguir que la Uni¨®n sea m¨¢s efectiva, m¨¢s coherente y m¨¢s democr¨¢tica. Las innovaciones m¨¢s destacadas son las siguientes:
- Presidente permanente. La Uni¨®n tendr¨¢ un presidente por un mandato de dos a?os y medio prorrogables. El primero en ocupar ese cargo ser¨¢ el democristiano belga Herman Van Rompuy, de 61 a?os, cuyo mandato empezar¨¢ el 1 de enero. Presidir¨¢ el Consejo Europeo, formado por los l¨ªderes de los Veintisiete, donde ejercer¨¢ una autoridad moral y buscar¨¢ consensos. Representar¨¢ a la UE a nivel de jefes de Estado o de Gobierno.
- Alto representante para la Pol¨ªtica Exterior. Este puesto ya existente ha sido reforzado al conceder a su titular un considerable presupuesto y un equipo de 2.000 a 3.000 diplom¨¢ticos que constituir¨¢n el Servicio Europeo de Acci¨®n Exterior, que estar¨¢ bajo su direcci¨®n. Su titular a partir de hoy es la laborista brit¨¢nica Catherine Ashton, que sustituye a Javier Solana, quien ha construido los cimientos de la pol¨ªtica exterior de la Uni¨®n. Ashton ser¨¢ mandataria en el Consejo y en la Comisi¨®n Europea, de la que ser¨¢ vicepresidenta. Dirigir¨¢ la pol¨ªtica exterior y de seguridad com¨²n de la Uni¨®n y presidir¨¢ el Consejo de Asuntos Exteriores.
- M¨¢s poderes para el Parlamento Europeo. El Parlamento se convierte en colegislador pr¨¢cticamente en igualdad con el Consejo, donde est¨¢n representados los Estados. Los eurodiputados tendr¨¢n m¨¢s poder al decidir sobre asuntos en los que hasta ahora no ten¨ªan competencias, como la aprobaci¨®n del presupuesto, gasto agr¨ªcola, justicia e interior.
- M¨¢s eficiencia en la toma de decisiones. El tratado extiende la adopci¨®n de acuerdos por mayor¨ªa cualificada del Consejo a m¨¢s de 40 materias, sustituyendo la paralizante exigencia de unanimidad actual. En estos casos, el Parlamento actuar¨¢ como colegislador. Esto afecta a pol¨ªticas actuales como visados, asilo, inmigraci¨®n legal, cooperaci¨®n judicial en asuntos penales, medidas financieras y fondos estructurales. Tambi¨¦n se adoptar¨¢n por codecisi¨®n nuevas pol¨ªticas, como energ¨ªa, deportes, servicios de inter¨¦s econ¨®mico general, salud p¨²blica, pol¨ªtica espacial, investigaci¨®n y turismo.
- Sistema de voto m¨¢s democr¨¢tico. A partir de 2014 entrar¨¢ progresivamente en vigor el sistema de voto de doble mayor¨ªa. Para que una decisi¨®n pueda aprobarse ser¨¢ necesario el voto favorable de al menos el 55% de los Estados (15 de 27) y al menos el 65% de la poblaci¨®n. La minor¨ªa de bloqueo deber¨¢ comprender al menos cuatro Estados. Actualmente, para la mayor¨ªa cualificada del Consejo se tiene en cuenta el voto ponderado de cada Estado, que va de 27 a 3 votos, en funci¨®n de su dimensi¨®n.
- Mayor participaci¨®n de los Parlamentos nacionales. Las C¨¢maras nacionales dispondr¨¢n de ocho semanas, dos m¨¢s que ahora, para analizar las normas que quiera aprobar la Uni¨®n Europea. Si se opone un tercio de Parlamentos (un cuarto en temas de justicia e interior), la Comisi¨®n Europea deber¨¢ revisar la propuesta. Si se oponen m¨¢s de la mitad de los Parlamentos, entonces la mayor¨ªa de la Euroc¨¢mara o el 55% de los votos del Consejo decidir¨¢n si contin¨²a o no el proceso.
- Carta de Derechos Fundamentales. Tiene el mismo valor jur¨ªdico que los tratados. Afecta a las instituciones de la UE y a los Estados s¨®lo cuando se aplica el derecho comunitario. Reino Unido, Polonia, Irlanda y Rep¨²blica Checa han logrado excepciones.
- Iniciativa popular para los ciudadanos. Un mill¨®n de ciudadanos podr¨¢n dirigirse a la Comisi¨®n para que presente una iniciativa legislativa determinada sobre una materia que sea competencia de la UE.
- M¨¢s competencias para el Tribunal de Justicia de la UE.
En cooperaci¨®n policial y judicial, en materia penal, la competencia del Tribunal de Justicia para pronunciarse con car¨¢cter prejudicial pasa a ser obligatoria y no est¨¢ supeditada a una declaraci¨®n de cada Estado que reconozca dicha competencia. En cuanto a visados, asilo e inmigraci¨®n, todos los ¨®rganos jurisdiccionales nacionales pueden plantear cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia, que se podr¨¢ pronunciar sobre las medidas de orden p¨²blico sobre controles fronterizos. Por otra parte, se flexibilizan los requisitos de admisi¨®n de los recursos interpuestos por las personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas contra las decisiones de las instituciones y organismos de la UE.
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