El PSOE salva con una f¨®rmula ambigua el aborto de las menores
La joven que alegue "fundadamente" miedo o coacciones podr¨¢ eludir informar a sus padres - El dictamen sobre la ley se aprueba s¨®lo con el PP en contra
El Congreso de los Diputados lleg¨® ayer finalmente a un acuerdo sobre los abortos de las menores de 16 y 17 a?os. La soluci¨®n ha contentado a casi todos -al PSOE, los partidos de la izquierda y PNV-, pero a costa de resultar algo ambigua. Las menores podr¨¢n decidir por s¨ª mismas interrumpir su embarazo, pero deber¨¢n informar al menos a uno de los padres o tutores. Se les permite que no digan nada s¨®lo si alegan "fundadamente" que esto les provocar¨¢ "un conflicto grave manifestado o peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situaci¨®n de desarraigo o desamparo". ?Qui¨¦n decide si la alegaci¨®n de la chica es "fundada"? Se entiende que el m¨¦dico que realiza el aborto, pero no est¨¢ claro hasta d¨®nde y con qu¨¦ criterios deben y pueden decidir los facultativos, lo que podr¨ªa provocar problemas de interpretaci¨®n y distintas aplicaciones de la ley.
La educaci¨®n sexual queda sin concretar y sin materia propia
La sanidad p¨²blica financiar¨¢ anticonceptivos de ¨²ltima generaci¨®n
El Gobierno ha matizado as¨ª, en aras del consenso, el art¨ªculo de su proyecto de ley que equiparaba el aborto con el resto de las prestaciones sanitarias -salvo los ensayos cl¨ªnicos y la reproducci¨®n asistida-, en las cuales a partir de los 16 a?os el paciente tiene plena autonom¨ªa. Carmen Mont¨®n, portavoz de Igualdad del PSOE, asegur¨® ayer que s¨®lo se exigir¨¢ que la menor explique verbalmente al m¨¦dico los problemas que le ocasionar¨ªa decir a sus padres que quiere abortar.
El reconocimiento del derecho a la objeci¨®n de conciencia y sus l¨ªmites ha sido otra de las grandes modificaciones que se aprobaron ayer en la Comisi¨®n de Igualdad del Congreso por todos los grupos salvo el PP (que vot¨® en contra) y CiU (que se abstuvo por las distintas opiniones que existen dentro del partido). Con esta norma se reconocer¨¢ por primera vez en un texto legal el derecho a objetar de los profesionales sanitarios, pero se especifica que deber¨¢n ejercerlo de forma individual, por escrito y que s¨®lo podr¨¢n hacerlo aqu¨¦llos directamente implicados en la intervenci¨®n -en Espa?a ha habido casos en los ¨²ltimos a?os de celadores y camilleros objetores que se negaban incluso a trasladar a las mujeres-. En la exposici¨®n de motivos se incluir¨¢ adem¨¢s un p¨¢rrafo especificando que el derecho a la objeci¨®n "ser¨¢ articulado en un desarrollo futuro de la ley".
En las enmiendas se ha a?adido tambi¨¦n que los poderes p¨²blicos garantizar¨¢n "la informaci¨®n y la educaci¨®n afectivo sexual y reproductiva en los contenidos formales del sistema educativo", pero esto, si no se concreta en una materia obligatoria y se definen los contenidos, quedar¨¢ en nada, puesto que la educaci¨®n sexual forma ya parte de los contenidos transversales educativos y en la pr¨¢ctica depende de cada centro que se imparta o no. Se ha introducido tambi¨¦n un art¨ªculo para que las carreras de medicina y ciencias de la salud incluyan investigaci¨®n y formaci¨®n en la pr¨¢ctica de abortos.
Otra novedad importante, pero que deber¨¢ concretarse a trav¨¦s del Consejo Interterritorial de Salud, es la futura incorporaci¨®n de los anticonceptivos llamados "de ¨²ltima generaci¨®n" -m¨¢s nuevos, m¨¢s caros y m¨¢s demandados por las mujeres- a la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. ERC e IU/ICV han propuesto que sean gratuitos para las mujeres m¨¢s vulnerables para ayudar a la prevenci¨®n de embarazos no deseados, pero no parece que esta petici¨®n vaya a prosperar.
El texto y las enmiendas se votar¨¢n la semana pr¨®xima en el pleno del Congreso y el proyecto pasar¨¢ despu¨¦s al Senado. Seg¨²n la nueva redacci¨®n, el aborto quedar¨ªa regulado de la siguiente forma: 14 semanas de plazo libre; hasta la semana 22 en caso de grave riesgo para la vida o salud de la embarazada (que tendr¨¢ que determinar un ¨²nico m¨¦dico, distinto del que practique el aborto) o graves anomal¨ªas fetales (en este caso se exige el dictamen de dos doctores); pasada la semana 22, s¨®lo podr¨¢ interrumpirse el embarazo por anomal¨ªas fetales incompatibles con la vida (diagnosticadas por un m¨¦dico) o cuando se detecte en el feto "una enfermedad extremadamente grave e incurable" y as¨ª lo "confirme un comit¨¦ cl¨ªnico".
Objeci¨®n y menores
- Objeci¨®n de conciencia: "Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupci¨®n voluntaria del embarazo tendr¨¢n el derecho a ejercer la objeci¨®n de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestaci¨®n puedan resultar menoscabadas (...). El rechazo (...) es una decisi¨®n siempre individual del personal sanitario directamente implicado (...) que debe manifestarse anticipadamente y por escrito".
- Menores de 16 y 17:
"En el caso de las mujeres de 16 y 17 a?os el consentimiento para la interrupci¨®n voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas (...). Al menos uno de los representantes legales, padre o madre, personas con patria potestad o tutores de las mujeres comprendidas en esas edades deber¨¢ ser informado de la decisi¨®n de la mujer. Se prescindir¨¢ de esta informaci¨®n cuando la menor alegue fundadamente que esto le provocar¨¢ un conflicto grave manifestado o peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o se produzca una situaci¨®n de desarraigo o desamparo".
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