?C¨®mo se mide la voluntad de Europa?
El nuevo Tratado de Lisboa permite la iniciativa popular a partir de un mill¨®n de firmas - Pero la aritm¨¦tica no es suficiente para fijar las cuotas
El distanciamiento que los ciudadanos est¨¢n experimentando del proyecto europeo podr¨ªa dar un cambio sustancial con la puesta en marcha de la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE). Se trata de una de las disposiciones m¨¢s innovadoras del Tratado de Lisboa, que supone un primer paso hacia la democracia directa. La ICE es un instrumento que permite a los ciudadanos, que si consiguen el apoyo de un mill¨®n de firmas (0,2% de la poblaci¨®n de la Uni¨®n), proponer a la Comisi¨®n Europea que presente una propuesta legislativa sobre la cuesti¨®n que consideren de su inter¨¦s. Los casos relacionados con el medio ambiente, los asuntos sociales y los descalabros causados por la crisis financiera, figuran entre los temas m¨¢s sensibles que pueden movilizar a los ciudadanos para pedir a la UE que se legisle sobre estas materias.
La Comisi¨®n Europea ha abierto una consulta para recoger propuestas
La Iniciativa Ciudadana es el primer paso hacia la democracia directa
El Libro Verde sugiere soluciones concretas a cuestiones pr¨¢cticas
La ICE es una de las prioridades de la presidencia espa?ola en la UE
La Comisi¨®n advierte sobre los requisitos del lugar y modo de recogida de firmas
Los organizadores han de rendir cuentas de la financiaci¨®n
Se trata ni m¨¢s ni menos que de transferir a los ciudadanos parte del poder de iniciativa legislativa que actualmente dispone en exclusiva el Ejecutivo comunitario. ??igo M¨¦ndez de Vigo, eurodiputado por el Partido Popular Europeo (PPE), y ponente de la Constituci¨®n europea, considera que la Iniciativa Ciudadana "es una de las grandes novedades del Tratado de Lisboa, que permitir¨¢ involucrar m¨¢s a la gente en las cuestiones europeas". M¨¦ndez de Vigo recuerda que la Iniciativa Ciudadana Europea fue introducida en el ¨²ltimo momento de la convenci¨®n por el eurodiputado del PPE, Alain Lamassoure y el parlamentario socialdem¨®crata alem¨¢n J¨¹rgen Meyer. "La verdad es desde el principio fue siempre una propuesta muy ecum¨¦nica que concit¨® mucho consenso", asegura. Lamassoure, ha se?alado que "en la era de Internet, de la apertura de la sociedad civil, de aspiraciones de una democracia participativa, aqu¨ª est¨¢ un avance en casi todos los Estados miembros".
Sylvia Kaufmann, ex eurodiputada por Izquierda Unitaria Europea, ponente del informe del Parlamento sobre la ICE, considera que "es un primer paso hacia el desarrollo de una democracia directa supranacional, cuya puesta en marcha podr¨ªa ayudar a crear un genuino espacio p¨²blico europeo a largo plazo".
Como en tantas otras cuestiones europeas, la clave estar¨¢ en su aplicaci¨®n. El Tratado s¨®lo habla de "al menos un mill¨®n de ciudadanos de la Uni¨®n que sean nacionales de un n¨²mero significativo de Estados miembros". Como ha declarado Jean Claude Piris en su obra El Tratado Constitucional para Europa: un an¨¢lisis jur¨ªdico, ahora se trata de establecer "el n¨²mero m¨ªnimo de Estados miembros de los que deber¨¢n proceder estos ciudadanos, el m¨ªnimo de firmantes por Estado miembro, la definici¨®n exacta del t¨¦rmino ciudadano en este contexto, las cuestiones de procedimiento, y la comprobaci¨®n de firmas", entre otras.
Para preparar las respuestas, la Comisi¨®n Europea ha elaborado un Libro Verde sobre la materia y ha abierto una consulta p¨²blica en la que se recogen las propuestas de instituciones y ciudadanos en las 23 lenguas oficiales de la UE, en el sitio de la UE. La consulta estar¨¢ abierta a finales de este mes. Hasta el momento, al Libro Verde y a la consulta promovidos por la vicepresidenta de la Comisi¨®n, Margot Wallstr?m, solamente se han presentado 47 contribuciones particulares, de las que 20 son de espa?oles, y cinco de organizaciones. Joseph Hennon, portavoz de la Comisi¨®n, conf¨ªa en que "la gente las enviar¨¢ masivamente en la segunda mitad de enero".
El Libro Verde sugiere soluciones concretas a las cuestiones pr¨¢cticas para aplicar la ICE, pero est¨¢ a la espera de las proposiciones que se presenten en la consulta abierta para elaborar una propuesta de reglamento que deber¨¢ ser aprobado por el Parlamento y el Consejo.
Diego L¨®pez Garrido, secretario de Estado para la Uni¨®n Europea, considera que el arranque de la iniciativa "es una de las prioridades de la presidencia espa?ola de la UE y como tal ser¨¢ abordada en el Consejo informal de Ministros de Europa que se celebrar¨¢ en La Granja, Segovia, entre los 12 y 14 de enero". El objetivo es que, durante los primeros meses de este a?o, el Consejo y el Parlamento Europeo hayan aprobado el reglamento.
La Euroc¨¢mara, sin embargo, est¨¢ elaborando una resoluci¨®n sobre el Libro Verde de la Comisi¨®n con el objetivo de "suavizar al m¨¢ximo las condiciones exigidas en el Libro Verde para facilitar su empleo por parte de los ciudadanos", explica Ram¨®n J¨¢uregui, portavoz de la Comisi¨®n de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo. Para J¨¢uregui, "la Iniciativa Ciudadana Europea es una pieza clave para profundizar la democracia europea y mejorar la conexi¨®n entre ciudadanos e instituciones".
En su opini¨®n, los asuntos relacionados con la seguridad laboral, la regulaci¨®n de los mercados financieros, la fiscalidad internacional, los para¨ªsos fiscales, son todas materias muy factibles de ser abordadas a trav¨¦s de las iniciativas ciudadanas.
Para Ra¨¹l Romeva, del grupo de Los Verdes, la ICE es "una de las aportaciones m¨¢s positivas del Tratado de Lisboa, porque aproxima a los ciudadanos a la Uni¨®n Europea". Romeva se?ala que su grupo ya est¨¢ trabajando en una iniciativa ciudadana que promueva la sede ¨²nica del Parlamento Europeo, actualmente distribuida entre Bruselas y Estrasburgo, causante de un extraordinario aumento de costes y p¨¦rdida de energ¨ªas.
Respecto al n¨²mero m¨ªnimo de Estados de los que deben proceder las firmas, el Tratado habla de "un n¨²mero significativo de Estados miembros". Se trata de garantizar que la iniciativa sea suficientemente representativa de un inter¨¦s de la Uni¨®n. El Parlamento Europeo en su informe del pasado mayo propone fijar el umbral en una cuarta parte de Estados miembros, es decir, que la ICE deber¨ªa estar respaldada por ciudadanos de al menos siete pa¨ªses. La Comisi¨®n estima, no obstante, que un umbral constituido por una cuarta parte de los Estados ser¨ªa demasiado bajo para garantizar los intereses de la Uni¨®n y sugiere un tercio, es decir un m¨ªnimo de nueve pa¨ªses. Se apoya en que un tercio es el umbral establecido en el Tratado para "las cooperaciones reforzadas", (acuerdos entre Estados que deseen profundizar en la construcci¨®n europea). El umbral de un tercio es el que establece la Constituci¨®n Federal austriaca y en Suiza el n¨²mero de cantones necesarios para celebrar un refer¨¦ndum se aproxima tambi¨¦n a un tercio.
Bruselas considera necesario establecer tambi¨¦n un n¨²mero m¨ªnimo de firmas en cada Estado miembro, para garantizar que la iniciativa cuente con el apoyo de una parte razonable de la opini¨®n p¨²blica. Se refiere a los Estados de los ciudadanos que han presentado la iniciativa. La Comisi¨®n propone como analog¨ªa la proporci¨®n del 0,2% que es la que corresponde al mill¨®n de firmas para los 500 millones de habitantes que actualmente constituyen la poblaci¨®n aproximada de la Uni¨®n. Esto significar¨ªa unas 160.000 firmas para Alemania, unas 94.000 para Espa?a, 20.000 para B¨¦lgica u 800 para Malta.
Se trata de un porcentaje muy inferior al exigido en los Estados miembros que cuentan con este tipo de iniciativas legislativas. En Espa?a y Austria se exige en torno al 1,2% de la poblaci¨®n; en Lituania es del 1,55%, mientras que en Letonia se requiere el 10% de los ciudadanos. En Hungr¨ªa, Polonia, Portugal y Eslovenia, los porcentajes de firmas exigidas son tambi¨¦n superiores al 0,2% de la poblaci¨®n.
En su informe, el Parlamento Europeo recomienda que, para participar en una iniciativa, los ciudadanos tengan la edad necesaria para votar en las elecciones europeas en sus Estados miembros de residencia. La edad necesaria para votar en todos los pa¨ªses de la UE es de 18 a?os, excepto en Austria, que se ha fijado en 16. A pesar de la excepci¨®n de Austria, ¨¦sta parece ser la soluci¨®n m¨¢s pragm¨¢tica. La propia Comisi¨®n reconoce que fijar la edad m¨ªnima de 16 a?os en todos los pa¨ªses crear¨ªa una carga administrativa importante al precisar la elaboraci¨®n de un nuevo registro distinto del de votantes.
En algunos pa¨ªses como Austria, Italia, Polonia y Espa?a se precisa que las iniciativas se presenten en forma de proyectos de ley. Para la Comisi¨®n se trata de un requisito que considera innecesario, restrictivo y oneroso. La sugerencia del Ejecutivo comunitario es que en la iniciativa se expongan claramente el asunto y los objetivos, aunque no se excluye que se adjunte una propuesta legislativa.
Para garantizar la legitimidad y la credibilidad de las iniciativas deber¨¢n establecerse unas disposiciones que aseguren la verificaci¨®n y autenticaci¨®n de las firmas. Para la Comisi¨®n, una opci¨®n racional ser¨ªa establecer una serie de disposiciones b¨¢sicas a escala de la Uni¨®n Europea, que tuvieran en cuenta, por un lado, determinados requisitos m¨ªnimos para la verificaci¨®n y autentificaci¨®n de firmas y, por otro, la obligaci¨®n de los Estados miembros de facilitar el proceso de recogida. Los pa¨ªses s¨®lo podr¨ªan adoptar medidas adicionales a las fijadas por la UE. La Comisi¨®n advierte de que se deben tener en cuenta detalles relevantes sobre las condiciones de lugar y modo de recogida de las firmas, establecer en qu¨¦ pa¨ªs debe verificarse la firma, si el ciudadano reside en un pa¨ªs distinto del que es nacional, y las medidas relativas a la protecci¨®n de datos de car¨¢cter personal de los firmantes.
El Libro Verde se inclina por establecer un plazo razonable que sea lo suficientemente largo para permitir la celebraci¨®n de una campa?a que refleje la complejidad adicional derivada de su dimensi¨®n europea. En este sentido, la Comisi¨®n y el Parlamento coinciden en que un a?o ser¨ªa un plazo razonable. En los distintos pa¨ªses europeos, los plazos oscilan desde los 30 d¨ªas en Letonia a los seis meses en Espa?a o 18 meses en Suiza.
La Comisi¨®n considera que si se fija un plazo ser¨ªa necesario exigir una modalidad de registro de la iniciativa antes de que comience la recogida de firmas. En este sentido, se sugiere que los promotores de una iniciativa concreta podr¨ªan registrarla en un sitio web facilitado por la Comisi¨®n. Este sistema ofrecer¨ªa a los organizadores la confirmaci¨®n del registro y un n¨²mero de registro que servir¨ªa de base para poner en marcha la campa?a para la recogida de firmas. Tambi¨¦n aportar¨ªa la transparencia necesaria a todo el proceso. En cualquier caso, se advierte de que este proceso de registro no deber¨ªa entra?ar ninguna decisi¨®n de la Comisi¨®n en cuanto a la admisi¨®n de las iniciativas. Adem¨¢s, los organizadores deber¨¢n tener en cuenta que la iniciativa debe entrar dentro del marco de las atribuciones de la Comisi¨®n.
El Ejecutivo, adem¨¢s, estima que los promotores de las iniciativas deben facilitar determinada informaci¨®n sobre las organizaciones que las apoyan y el modo en que se financian. El Parlamento Europeo se?ala en su informe que los organizadores han de rendir cuentas p¨²blicamente de la financiaci¨®n de la iniciativa, incluida la procedencia de los recursos financieros. De todas formas, el Libro Verde indica que, con independencia del apoyo a las organizaciones de la sociedad civil, no se ha previsto ofrecer ninguna financiaci¨®n p¨²blica espec¨ªfica a las iniciativas de los ciudadanos. Para la Comisi¨®n, las iniciativas pueden ser organizadas tanto por ciudadanos particulares como organizaciones.
En su resoluci¨®n, el Parlamento Europeo sugiri¨® un planteamiento del examen de las iniciativas por parte de la Comisi¨®n en dos fases. Primero, la Comisi¨®n dispondr¨ªa de dos meses para verificar la representatividad de la iniciativa, y, a continuaci¨®n, tres meses para examinarla y tomar una decisi¨®n con respecto al fondo de la misma. El Libro Verde propone, por su parte, que se podr¨ªa obligar a la Comisi¨®n a que examine las iniciativas en un plazo razonable que no exceda los seis meses. Una vez analizada, expondr¨¢ sus conclusiones respecto a la acci¨®n prevista en una comunicaci¨®n que se pondr¨¢ a disposici¨®n del p¨²blico y se notificar¨¢ al Parlamento Europeo.
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