Una idea rotunda y muchas ambig¨¹edades
Las 46 p¨¢ginas que ha dedicado el Gobierno a exponer sus propuestas sobre pensiones recogen una ¨²nica medida contundente: el aumento de 65 a 67 a?os en la edad legal de jubilaci¨®n. La trascendencia de este planteamiento -y tambi¨¦n el grado de ambig¨¹edad del resto- ha dirigido el debate hacia esa ampliaci¨®n de la vida laboral, que el Ejecutivo propone aplicar gradualmente a partir de 2013. Con una salvedad para quienes se hubieran hecho a la idea de jubilarse a los 65: se podr¨¢ mantener esa edad "siempre que los costes sean asumidos por el beneficiario".
Otra de las reformas de calado, la que afecta al c¨®mputo de la pensi¨®n, aparece apenas esbozada. El documento enviado al Pacto de Toledo constata la necesidad de evitar que los trabajadores despedidos al final de su vida laboral vean mermada su prestaci¨®n. Pero no aclara si se debe aumentar el n¨²mero de a?os que se toman como referencia para fijarla (ahora, 15), como se desprende de todas las declaraciones.
M¨¢s evidente es la intenci¨®n respecto a las prejubilaciones. El Gobierno se propone limitar las reducciones de plantilla en empresas con beneficios y elevar la edad m¨ªnima para poder acceder a la prejubilaci¨®n, actualmente en 52 a?os.
La pensi¨®n de viudedad tambi¨¦n ser¨¢ objeto de reforma si prosperan los planes del Gobierno. El texto plantea, de forma muy vaga, revisar esa pensi¨®n para las nuevas generaciones de forma que se sustituya la prestaci¨®n vitalicia por una indemnizaci¨®n o pago temporal en algunos supuestos. El m¨¢s claro ser¨ªan los matrimonios de convivencia corta y sin hijos. Al mismo tiempo, se recomienda mejorar la pensi¨®n de orfandad y desligarla de la de viudedad, pues en la actualidad existen topes cuando hay varios hijos.
Para aumentar el colectivo de cotizantes, el Ejecutivo aboga por incluir a los becarios y a las empleadas de hogar, "a partir de cualquier trabajo peri¨®dico", como parte del sistema.
Respecto a los aut¨®nomos, el texto recoge la necesidad de eliminar la cotizaci¨®n a la carta (este colectivo puede elegir la cuant¨ªa sobre la que cotiza, independientemente de sus ingresos) y la conveniencia de que, en los negocios familiares, la cotizaci¨®n de los dos c¨®nyuges sea "lo normal y no la excepci¨®n".
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