Reestructuraci¨®n de la prestaci¨®n farmac¨¦utica de la Seguridad Social
El Bolet¨ªn Oficial del Estado public¨® ayer un decreto por el que se reestructura la prestaci¨®n farmac¨¦utica de la Seguridad Social, dada la expansi¨®n del consumo de las especialidades farmac¨¦uticas. La junta reguladora de las especialidades farmac¨¦uticas dispensables por la Seguridad Social actuar¨¢ como ¨®rgano asesor informativo de la Delegaci¨®n General del Instituto Nacional de Previsi¨®n, especialmente en las propuestas que la Delegaci¨®n citada eleve al Ministerio de Trabajo.
La misma junta asesorar¨¢ tambi¨¦n sobre principios activos y grupos terap¨¦uticos cuya prestaci¨®n farmac¨¦utica no se estime precisa o cuya disposici¨®n exija especiales medidas de control. Asimismo. ser¨¢ competencia de la junta asesorar sobre visado previo de especialidades y modificaci¨®n de sus precios, que, en su caso, se tramitar¨¢n a trav¨¦s de la Subsecretar¨ªa de la Seguridad Social, a efectos de instar la oportuna autorizaci¨®n de la Direcci¨®n General de Sanidad.Corresponde a la Subsecretar¨ªa de la Seguridad Social acordar la no dispensabilidad de aquellas especialidades farmac¨¦uticas en cuya producci¨®n, distribuci¨®n o comercializaci¨®n se haya infringido lo acordado por v¨ªa del concierto suscrito entre el Instituto Nacional de Previsi¨®n (IN P) y la Agrupaci¨®n de la Industria Farmac¨¦utica.
Adem¨¢s, el decreto aparecido ayer en el BOE dispone que podr¨¢ establecerse, a t¨ªtulo cautelar y de control, el visado de recetas previo a la dispensa farmac¨¦utica o el visado de ofertas previo al suministro directo de especialidades. cuando as¨ª se estime necesario.
Se encomienda al Instituto Nacional de Previsi¨®n, a trav¨¦s de su Inspecci¨®n de Servicios Sanitarios, vigilar el cumplimiento de las condiciones exigidas para la oferta, el suministro y la dispensa de las especialidades farmac¨¦uticas en el ¨¢mbito de la Seguridad Social. Tambi¨¦n corresponde al IN P el proceso y control de la prestaci¨®n y suministro farmac¨¦uticos.
El Ministerio de Trabajo. en coordinaci¨®n con el INP, los colegios m¨¦dicos y farmac¨¦uticos y la Organizaci¨®n Sindical, pondr¨¢ en ejecucion una acci¨®n planificada y general de educaci¨®n sanitaria relativa a la prestaci¨®n farmac¨¦utica de la Seguridad Social. Asimismo, el Ministerio har¨¢ el an¨¢lisis nacional y provincial del consumo por laboratorios, prestaciones farmac¨¦utica s, principios activos, niveles de precios, oficinas de farmacia, ordenadores de la prescripci¨®n e instituciones sanitarias.
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