Revisiones salariales y el IPC
La controversia sobre la obligatoriedad de aplicar las revisiones salariales acordadas en funci¨®n del IPC previsto por el Gobierno, cuando ¨¦ste resulta ser superior al IPC real, ha alcanzado al Tribunal Supremo.
Recordemos que en 2009 numerosas empresas se negaron a aplicar las tablas salariales por entender que los incrementos retributivos se hab¨ªan calculado sobre una previsi¨®n (el IPC previsto por el Gobierno) que no se iba a cumplir. Los tribunales dieron en general la raz¨®n a los sindicatos sobre la base de que tales eran los t¨¦rminos pactados. Antes de la crisis nadie pod¨ªa imaginarse que la previsi¨®n del IPC pudiera ser superior al IPC real.
El Supremo ha venido a apoyar esta tesis. Entre otras apreciaciones, se?ala, que la empresa est¨¢ obligada a cumplir lo pactado mientras el convenio colectivo mantenga su vigencia, incluso en situaciones de crisis econ¨®mica generalizada. El argumento de la "inversi¨®n de la tendencia econ¨®mica", con ser esta cierta y haber provocado un desfase a la baja entre el IPC previsto y el real, no autoriza a ignorar un mandato convencional.
Adem¨¢s, ante la afirmaci¨®n de que no existi¨® previsi¨®n oficial del IPC en 2009, declara con rotundidad que "el IPC previsto" es el aplicado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para la revisi¨®n de las pensiones.
Es cierto, afirma, que el Gobierno ya no realiza declaraciones oficiales, en el sentido de formales y expresas, sobre su previsi¨®n de incremento anual del IPC. Sin embargo, la Sala considera "obvio" que el Gobierno ha tenido que realizar previsiones del IPC 2009 para elaborar los presupuestos de ese a?o, aunque esa estimaci¨®n no haya sido objeto de una publicaci¨®n oficial espec¨ªfica.
Pero la ausencia de esa previsi¨®n formal por parte del Gobierno no puede conducir a la inaplicaci¨®n de las revisiones salariales concertadas en funci¨®n de tal variable, que deber¨¢n producir efectos siempre que se pruebe la existencia de una previsi¨®n real, acreditada mediante medios fiables. Y esa previsi¨®n ha existido en la LPGE 2009, que si bien no contiene una declaraci¨®n formal si evidencia la previsi¨®n del Gobierno respecto del IPC.
En concreto recoge la revalorizaci¨®n de las pensiones p¨²blicas "en un 2%". Ello equivale a un reconocimiento impl¨ªcito de que hay una previsi¨®n real sobre el incremento del IPC, puesto que nuestro ordenamiento jur¨ªdico obliga al Gobierno a revalorizar las pensiones "en funci¨®n del IPC previsto para dicho a?o".
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