El Tribunal de la UE cuestiona el canon digital
La abogada general afirma en un dictamen no vinculante que el gravamen "no puede aplicarse indiscriminadamente"
El canon digital en Espa?a "no puede aplicarse indiscriminadamente". Y s¨®lo deber¨ªa "gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducci¨®n digital que presumiblemente se vayan a destinar a la realizaci¨®n de copias privadas". Verica Trstenjak, abogada general del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (UE), public¨® ayer sus conclusiones sobre el caso que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) y la empresa Padawan, propietaria de una tienda de inform¨¢tica en Barcelona, por el canon digital.
El dictamen de Trstenjak no es concluyente. A¨²n falta la sentencia, pero en un 80% de casos aquello que dictamina el abogado general se convierte en fallo definitivo, que llegar¨¢ previsiblemente en oto?o.
En un 80% de los casos, la sentencia, confirma lo que el abogado recomienda
Sin sentencia firme, las conclusiones de la abogada sorprendieron gratamente a Ana Mar¨ªa M¨¦ndez, copropietaria de la tienda. "?Qu¨¦ fuerte! Tengo ganas de llorar", exclam¨® al conocer la noticia por EL PA?S mientras su abogado, Josep Jover, ped¨ªa "prudencia". Jover s¨ª reconoc¨ªa que si el tribunal decide que la legislaci¨®n europea sobre derechos de autor no se puede interpretar como lo ha hecho Espa?a, los "efectos podr¨ªan ser demoledores. Espa?a deber¨¢ modificar su legislaci¨®n y M¨¦ndez podr¨ªa reclamar da?os y perjuicios al Estado". Sin contar el efecto boomerang en otros pa¨ªses europeos que, en su inmensa mayor¨ªa, contemplan la copia privada en su ordenamiento jur¨ªdico.
La SGAE, por su parte, no se pronunci¨® al respecto. Si lo hicieron otras entidades de gesti¨®n, como EGEDA y DAMA, integradas en Ibercopia Audiovisual, para manifestar que "las conclusiones ratifican la obligaci¨®n de compensar a los titulares por el uso de sus obras protegidas".
En el pormenorizado an¨¢lisis de la legislaci¨®n espa?ola y comunitaria realizado por Trstenjak, la abogada destaca que la copia privada s¨®lo "ha de realizarse por una persona f¨ªsica". Es decir, estar¨ªan exentos del pago del canon las administraciones p¨²blicas, instituciones, bancos, empresas, comercios y cualquier otra persona jur¨ªdica
El caso se remonta a 2004. La Sociedad de Autores reclam¨® a la empresa de M¨¦ndez 48.000 euros por el canon sobre los CD y DVD v¨ªrgenes. Ella se neg¨® a pagar, la SGAE la demand¨® y en marzo de 2006 un juez sobresey¨® la causa. La alegr¨ªa dur¨® poco. Una semana despu¨¦s la SGAE volv¨ªa a reclamar judicialmente, por otro cauce, el pago de la compensaci¨®n por copia privada por los CD, DVD y reproductores MP3 comercializados en su tienda entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004. Reclamaba 16.000 euros.
Su abogado aleg¨® que la aplicaci¨®n indiscriminada del canon "sin distinguir la finalidad a la que van destinados" los productos contradec¨ªa la directiva europea, pero el juzgado de primera instancia dio la raz¨®n a la SGAE. "El juez lleg¨® a rechazar el escrito de mi defensa por ser un documento de lectura farragosa. Entonces me cabre¨¦, pero visto con perspectiva fue una suerte porque abri¨® la puerta de la audiencia", recuerda M¨¦ndez. La Audiencia Provincial de Barcelona, antes de dictar su resoluci¨®n a las partes, plante¨® la cuesti¨®n al Tribunal Europeo, cuya abogada general acaba de dictaminar su opini¨®n.
El fallo, si se confirma en oto?o, ser¨ªa hist¨®rico. David podr¨ªa ganar, de nuevo, a Goliat. "Qu¨¦ gracia, el tribunal europeo lo coment¨® ese d¨ªa", dijo M¨¦ndez, que no pod¨ªa describir con palabras su alegr¨ªa. "Imag¨ªnate, son seis largos a?os de batalla. Entonces ten¨ªa dos tiendas y ocho empleados". Hoy conserva una, que gestiona la familia. En estos seis a?os M¨¦ndez ha pensado en arrojar la toalla, "pero no lo he hecho por una cuesti¨®n de principios". Mientras espera sentencia, en su cabeza siempre suena un runr¨²n: "Si de esto s¨®lo saco algo para m¨ª no habr¨¢ merecido la pena". Parece que no. La abogada de la UE considera que el canon es un abuso.
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