Sin escapatoria
El Supremo corrige al Tribunal de Valencia y sit¨²a a Camps ante un probable juicio con jurado
La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre el asunto de los trajes recibidos de la trama G¨¹rtel deja a Camps en una situaci¨®n pol¨ªtica y jur¨ªdica muy comprometida: sin escapatoria. Confirma lo que ya avanz¨® el instructor: que acept¨® los trajes "con opacidad y de forma repetida" y en consideraci¨®n a su cargo de presidente de la Generalitat valenciana. La sentencia propina un correctivo jur¨ªdico en toda regla a los dos magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, uno de ellos su presidente Juan Luis de la R¨²a, que interpretaron el delito de cohecho pasivo impropio de modo que qued¨® exculpado.
El correctivo es sumamente oportuno. Se produce en momentos en que los pol¨ªticos son percibidos por los ciudadanos como un problema, entre otros motivos por casos de corrupci¨®n. El cohecho pasivo impropio es el m¨¢s leve de los cohechos y la pieza m¨¢s ligera de la amplia constelaci¨®n delictiva en que se ha transformado el caso G¨¹rtel. Pero es el medio m¨¢s a mano que tienen los corruptores para ablandar voluntades y acrecentar la receptividad del cargo p¨²blico, recurriendo, adem¨¢s, a algo que tiene cobertura social y que les sirve de coartada para sus prop¨®sitos corruptores: el regalo.
Puede parecer confusa la tipificaci¨®n del C¨®digo Penal sobre el cohecho pasivo impropio. Pero solo para los que desconozcan la jurisprudencia del Tribunal Supremo: ese delito se comete cuando la ¨²nica explicaci¨®n plausible de la entrega de la d¨¢diva o regalo es la condici¨®n de cargo p¨²blico del receptor, en la que debe incluirse "el c¨ªrculo de influencia que el cargo p¨²blico puede desplegar potencialmente en el ejercicio de su funci¨®n". No debe confundirse, por tanto, con los meros regalos de cortes¨ªa, de poco valor; pero tampoco cabe excluir la existencia de delito cuando no conste una contraprestaci¨®n directa, como interpret¨® el Tribunal Superior de Valencia y corrige el Supremo.
Lo singular de este tipo de delito penal es que trata de evitar que la aceptaci¨®n de regalos condicione las decisiones de las autoridades, su neutralidad en adjudicaciones o contrataciones. Desde esa perspectiva lo incre¨ªble es negar una relaci¨®n entre los regalos de quien aspiraba a contratar con la Administraci¨®n valenciana y la m¨¢xima autoridad de esa Administraci¨®n, con independencia de que fuera o no quien directamente gestionaba cada contrataci¨®n en concreto.
Camps ha optado por presentarse como v¨ªctima de una conspiraci¨®n, pero otros dirigentes de su partido, como P¨ªo Garc¨ªa Escudero, han declarado que tambi¨¦n recibieron regalos de la trama y los devolvieron de inmediato. Camps pudo haber hecho lo mismo, y lo habr¨ªa hecho de saber los problemas que su debilidad le iba a acarrear. Pero no lo hizo y ahora no se le ocurre otra cosa que decir que es m¨¢s feliz hoy que ayer y otras incoherencias que proyectan una imagen de debilidad incompatible con sus altas responsabilidades.
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