Comienzo aceptable
La propuesta de reforma laboral del Gobierno es un modo razonable de estimular el empleo fijo
La reforma laboral que el Gobierno present¨® ayer a los sindicatos y a la patronal responde en principio a los dos criterios b¨¢sicos sobre los cuales existe un cierto consenso entre analistas econ¨®micos y expertos en el mercado de trabajo. El contrato fijo, con un despido m¨¢ximo de 33 d¨ªas, pretende reducir la dualidad del mercado laboral, compuesto hoy por trabajadores fijos con contratos con un coste elevado de indemnizaci¨®n y contratos temporales, para los cuales la indemnizaci¨®n media por despido es apenas de ocho d¨ªas por a?o (plazo que muy pocos llegan a cumplir). Adem¨¢s, el Gobierno intenta acotar las causas de despido, de forma que los jueces puedan decidir con m¨¢s precisi¨®n cu¨¢ndo existen causas econ¨®micas para un despido procedente, y se dispone a flexibilizar las condiciones de la negociaci¨®n laboral. Parec¨ªa irracional que las empresas en graves dificultades econ¨®micas no pudieran descolgarse de los convenios sectoriales y ahora tendr¨¢n la oportunidad de hacerlo si lo admite un comit¨¦ de arbitraje.
Pero el hallazgo de la propuesta del Gobierno es el fondo de capitalizaci¨®n para financiar el coste del despido de los trabajadores fijos que entrar¨¢ en funcionamiento a partir de 2012. El prop¨®sito del fondo en primera instancia es pagar, con aportaciones empresariales, una parte (todav¨ªa sin determinar) de la indemnizaci¨®n en los nuevos contratos fijos. Su importancia no radica solamente en que abaratar¨¢ el despido, sino en que el capital acumulado se desplazar¨¢ con el trabajador. Se ha criticado con frecuencia la inflexibilidad de los derechos laborales, vinculados m¨¢s a la empresa que al empleado. Esta inflexibilidad es uno de los motivos de la inmovilidad del empleo y de la persistencia de una tasa elevada de paro estructural; porque, como los trabajadores se niegan a perder los derechos asociados a la empresa en la que trabajan, no quieren aceptar el riesgo de desplazarse a otras empresas o ciudades. El fondo de capitalizaci¨®n, atribuido al trabajador y de libre utilizaci¨®n por ¨¦l, es el modelo que debe seguirse con todos los derechos laborales.
La propuesta del Gobierno es un principio aceptable de cambio laboral; empresarios y sindicatos pueden oponer objeciones de detalle, pero dif¨ªcilmente pueden argumentar que no es un camino adecuado para favorecer la creaci¨®n de empleo. En el texto se aprecia el deseo de mantener los equilibrios de poder sindical y empresarial en el mercado de trabajo. Por ejemplo, se abarata el coste del despido en el nuevo contrato de 33 d¨ªas, pero al mismo tiempo se ponen limitaciones a los contratos de obra, de forma que el coste del despido pasa de 8 d¨ªas por a?o a 12; se facilitan las cl¨¢usulas de descuelgue salarial, pero en caso de conflicto la resoluci¨®n se encomienda a un ¨®rgano arbitral.
Parece evidente que la resistencia sindical se enfocar¨¢ contra las dos decisiones que reducen m¨¢s sus poderes de negociaci¨®n dentro de la empresa: la moderada liberalizaci¨®n de las causas del despido (los sindicatos tienen la oportunidad de negociar que el motivo econ¨®mico sean m¨¢s de los seis meses de p¨¦rdidas continuadas de la empresa que pretende el Gobierno) y la p¨¦rdida de referencia de los convenios territoriales y sectoriales. Pero no hay razones en esta reforma para que se empecinen en organizar una huelga general, salvo que entiendan que su funci¨®n se limita a la defensa de los derechos del empleo fijo. Y menos motivos habr¨¢ si el Gobierno consigue que la reforma se apruebe por amplia mayor¨ªa en el Congreso.
La estabilidad en el empleo debe ser el primer objetivo del Gobierno; es fundamental para reactivar el consumo y apuntalar cualquier indicio, por fr¨¢gil que parezca, de recuperaci¨®n de la econom¨ªa. Un empleo m¨¢s estable solo puede conseguirse en estos momentos a cambio de una reducci¨®n razonable de los costes de despido.
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