Seis meses de p¨¦rdidas para despedir m¨¢s barato
Corbacho aboga por incluir ese supuesto en el decreto, pero lo condiciona al pacto parlamentario
El Gobierno comienza a preparar el terreno para la reforma laboral que llegar¨¢ el pr¨®ximo mi¨¦rcoles. Por primera vez desde que arranc¨® este proceso, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, compareci¨® ayer tras el Consejo de Ministros para explicar las grandes l¨ªneas del decreto que ultima y convencer de que no degrada los derechos laborales. El ministro aclar¨® con un ejemplo uno de los asuntos m¨¢s pol¨¦micos de la reforma: seis meses de p¨¦rdidas ininterrumpidas en la empresa deber¨ªan bastar para justificar despidos econ¨®micos, mucho m¨¢s baratos que los improcedentes.
La reforma laboral, concretada ayer en un texto que ser¨¢ el germen del decreto del pr¨®ximo mi¨¦rcoles, pretende aligerar el coste del despido a las compa?¨ªas que tengan dificultades para que abonen 20 d¨ªas por a?o trabajado frente a los 45 ordinarios del despido improcedente. Una de las claves del fracaso de la negociaci¨®n con sindicatos y empresarios ha residido en esa definici¨®n de las causas de despido procedente por razones econ¨®micas. Tras su comparecencia, Corbacho aclar¨® a los periodistas que el criterio de seis meses de p¨¦rdidas fue una propuesta de CEOE bien vista por el Gobierno. Pero el ministro ha preferido excluirlo del documento entregado ayer a empresarios y sindicatos para dejarlo abierto a la negociaci¨®n parlamentaria, que comienza ahora.
Un nuevo fondo financiar¨¢ parte del despido de los fijos a partir de 2012
La indemnizaci¨®n de los temporales subir¨¢ a 12 d¨ªas progresivamente
La legislaci¨®n actual ya contempla el despido objetivo por causas econ¨®micas, con una indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas por a?o. Pero en la pr¨¢ctica el 80% de los casos se resuelven como improcedentes porque el empresario prefiere ahorrarse el proceso judicial y la incertidumbre que conlleva. El borrador del decreto define as¨ª las causas econ¨®micas: "Cuando los resultados de la empresa arrojen p¨¦rdidas econ¨®micas no meramente coyunturales". La redacci¨®n final de este supuesto, aclar¨® el ministro, "no llevar¨¢ hasta extremos de limitar el papel del juez a verificar el cumplimiento de la norma", pero s¨ª acotar¨¢ m¨¢s la capacidad de decisi¨®n sobre si un despido est¨¢ o no justificado. La antelaci¨®n m¨ªnima para comunicarlo se reducir¨¢ a la mitad: de 30 a 15 d¨ªas.
La concreci¨®n de las causas de despido es crucial para la valoraci¨®n que hagan los sindicatos del documento y la posible convocatoria de una huelga general. A falta de ese detalle, lo cierto es que el Gobierno se ha empleado a fondo en los ¨²ltimos d¨ªas en conseguir una reforma laboral m¨¢s ponderada de lo que se aventuraba y que tanto UGT como Comisiones Obreras tendr¨¢n dif¨ªcil emplear un arma tan potente como un paro general para responder al decreto. "El di¨¢logo no ha sido bald¨ªo; buena parte de los ejes de la reforma son fruto de la negociaci¨®n con empresarios y sindicatos", subray¨® la vicepresidenta Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega tras el Consejo de Ministros.
Prueba de ese hilado fino que hace menos evidente la posible p¨¦rdida de derechos de los trabajadores es la soluci¨®n hallada para financiar el despido. El Gobierno ha propuesto un modelo que permite al empresario pagar menos sin que el trabajador vea mermada su indemnizaci¨®n. Se trata de que el Fondo de Garant¨ªa Salarial (Fogasa), de car¨¢cter p¨²blico aunque engrosado con aportaciones empresariales, financie ocho d¨ªas de despido de los 33 que percibe el trabajador, hasta ahora a cuenta de la compa?¨ªa.
La subvenci¨®n regir¨¢ solo para los nuevos contratos suscritos bajo la f¨®rmula del indefinido con despido de 33 d¨ªas, lo que har¨¢ m¨¢s atractiva esta figura, ahora infrautilizada. Adem¨¢s se ampl¨ªan los supuestos para poder suscribir ese contrato, de forma que los parados que lleven tres meses en desempleo y los trabajadores temporales podr¨¢n convertirse en fijos bajo el paraguas de los 33. De esta forma se pretende generalizar poco a poco esa indemnizaci¨®n para el empleo fijo.
El Fogasa solo se har¨¢ cargo temporalmente de esos ocho d¨ªas. A partir de 2012, se crear¨¢ otro fondo de capitalizaci¨®n, para nuevos indefinidos, destinado a financiar una parte del despido a¨²n por determinar. La novedad conocida ayer es que, si ese fondo no llega a utilizarse porque el empleado nunca sea despedido, las aportaciones, realizadas por la empresa, no caer¨¢n en saco roto. El trabajador las recuperar¨¢ al jubilarse, como ocurre con los fondos de pensiones. Tambi¨¦n ser¨¢ posible destinar ese dinero a formaci¨®n durante la vida laboral.
Una v¨ªa intermedia se ha encontrado tambi¨¦n en la flexibilidad interna empresarial. Las compa?¨ªas en apuros podr¨¢n modificar r¨¢pidamente las condiciones de trabajo de sus empleados y renunciar a las subidas salariales pactadas sin necesidad de acordarlo con los trabajadores. Para ello se crea la figura de un ¨¢rbitro que, en caso de discrepancia, emitir¨¢ en 15 d¨ªas un laudo de obligado cumplimiento.
La principal contrapartida a esa flexibilizaci¨®n laboral consiste en endurecer la temporalidad. El Ejecutivo ha puesto coto al contrato de obra, un aut¨¦ntico coladero de eventualidad injustificada, con un l¨ªmite de dos a?os ampliable a tres en la negociaci¨®n colectiva. Adem¨¢s, se encarecer¨¢ la compensaci¨®n que se abona por finalizaci¨®n de los temporales. A partir de 2012 pasar¨¢ gradualmente de los ocho d¨ªas por a?o actuales a 12. Con esa tregua de a?o y medio, el Gobierno ha intentado que cualquier incremento de costes para las empresas se produzca cuando la recuperaci¨®n econ¨®mica ya sea visible.
Los puntos clave de la reforma
- Contrato de obra o servicio. Tendr¨¢ un l¨ªmite m¨¢ximo de dos a?os. El plazo se podr¨¢ ampliar un a?o m¨¢s si se acuerda en convenio.
- Encadenamiento de contratos. Se convertir¨¢n en fijos los trabajadores que en el plazo de dos a?os y medio hayan estado contratados durante 24 meses.
- Aumento de la indemnizaci¨®n de los contratos temporales. Pasar¨¢ de ocho d¨ªas a 12 de forma progresiva entre 2012 y 2014.
- Despido de 20 d¨ªas. La nueva redacci¨®n del Estatuto de los Trabajadores hablar¨¢ de "p¨¦rdidas econ¨®micas no meramente coyunturales" que la empresa tendr¨¢ que acreditar objetiva y documentalmente para facilitar la v¨ªa del despido objetivo (20 d¨ªas). Esta expresi¨®n podr¨ªa concretarse (seis meses de p¨¦rdidas) en las conversaciones con los grupos parlamentarios.
- Contrato de fomento. Este contrato, hasta ahora solo para determinados colectivos, se aplicar¨¢ a todos los temporales convertidos en fijos antes del 31 de diciembre de 2011, de forma que solo quedar¨¢n fuera los hombres que lleven menos de tres meses en el paro y los actuales empleados fijos (45 d¨ªas de despido). El Fondo de Garant¨ªa Salarial abonar¨¢ 8 d¨ªas del despido que corresponde a esta modalidad de contrato (33 d¨ªas) para los que se firmen desde que se publique el decreto. Esta subvenci¨®n al despido solo se aplicar¨¢ a este tipo de contratos. El resto lo seguir¨¢ pagando la empresa.
- Nuevo fondo para el despido. En un a?o se regular¨¢ un fondo de capitalizaci¨®n (modelo austriaco) para cada trabajador que servir¨¢ para financiar despidos de trabajadores indefinidos. En caso de que el trabajador no sea despedido nunca, lo podr¨¢ cobrar con la jubilaci¨®n. Comenzar¨¢ a funcionar en 2012, y solo para loscontratos firmados desde entonces.
- Flexibilidad interna y cl¨¢usulas de descuelgue. Se facilita que las empresas puedan modificar las condiciones laborales (horario, jornada, movilidad funcional y geogr¨¢fica). Se establece un sistema arbitral para los casos de desacuerdo, cuyo laudo ser¨¢ de obligado cumplimiento. En el caso de los salarios, la medida no podr¨¢ durar m¨¢s tiempo que el periodo por el que se ha firmado el convenio.
- Modelo alem¨¢n. A las empresas con dificultades se les permite ajustar plantilla reduciendo la jornada laboral entre el 10% y el 70%, pero solo durante un a?o. El resto dar¨¢ derecho a prestaci¨®n por desempleo. La bonificaci¨®n a las empresas aumenta del 50% al 80% cuando estas se comprometan a formar a los trabajadores afectados.
- Bonificaciones. Se concentran sobre dos colectivos: j¨®venes (800 euros por ejercicio durante tres a?os) y mayores de 45 a?os (1.200 euros por a?o en un trienio). Las cuant¨ªas ser¨¢n mayores para las mujeres.
- Agencias de colocaci¨®n y ETT. Se abre la puerta a la intermediaci¨®n laboral con ¨¢nimo de lucro. Las empresas de trabajo temporal podr¨¢n operar en sectores como la construcci¨®n, donde ten¨ªan vedada su actividad.
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