Los diputados son libres, sus votos no
La desobediencia al partido en Espa?a es excepci¨®n - Las duras sanciones que imponen los grupos disuaden de una actuaci¨®n en conciencia - El poder de las c¨²pulas, avalado por varias sentencias
"La opini¨®n es libre, pero la lealtad al grupo que le ha acogido es obligada", dijo Jos¨¦ Antonio Alonso, portavoz del Grupo Socialista el pasado martes. Se refer¨ªa a la decisi¨®n del diputado socialista por Madrid y ex secretario general de Comisiones Obreras, Antonio Guti¨¦rrez, de abstenerse en la votaci¨®n de convalidaci¨®n del decreto de la reforma laboral.
Su libertad le cuesta 600 euros, lo asume y ni siquiera presentar¨¢ alegaciones. A Guti¨¦rrez le caer¨¢ una sanci¨®n por haber votado en contra de las directrices de su grupo parlamentario. Porque es pr¨¢ctica habitual en Espa?a que los diputados tengan que seguirlas ciegamente, a menos que expresamente se decida dar libertad para votar en conciencia, lo que muy raramente ocurre.
El Constitucional da a los partidos la potestad de castigar a los d¨ªscolos
Los socialistas solo han sancionado en cuatro ocasiones en 16 a?os
En Washigton o Londres se da al diputado plena libertad de voto
La multa en el PSOE es de 600 euros, y en el PP de 300 euros
En Estados Unidos, el presidente Barack Obama tuvo que pelear uno a uno los votos de su propio partido para aprobar la pol¨¦mica reforma sanitaria. Y en su momento Tony Blair tuvo que ganarse el voto de los laboristas para lograr apoyo para la Guerra de Irak. En esos pa¨ªses no hay disciplina de voto y cada parlamentario responde directamente ante sus electores.
En Espa?a, en cambio, est¨¢ decidido de antemano el resultado de las votaciones. Para conocerlo, basta con contar el n¨²mero de esca?os de cada grupo, con la ¨²nica salvedad de las ausencias o los errores. Casi podr¨ªan votar los portavoces en nombre de todos los parlamentarios del grupo. El modelo pol¨ªtico nacido de la transici¨®n quiso reforzar a los partidos y con ello la gobernabilidad. Aunque la Constituci¨®n descarta expresamente el mandado imperativo para los parlamentarios, varias de sus sentencias han confirmado en la pr¨¢ctica el poder de las c¨²pulas partidistas.
"No es obligatorio ser diputado y si lo aceptas admites condicionantes como la disciplina de voto", asegura un diputado socialista que recientemente tuvo que apoyar una ley que su partido rechaza en su comunidad aut¨®noma y hasta se sum¨® al recurso del PP ante el Tribunal Constitucional. Es decir, la apoy¨® con su voto en el Congreso, pero en su comunidad la recurri¨® junto al PP.
El reglamento del Grupo Socialista asegura en sus art¨ªculos 33 y 34 que "el Comit¨¦ Director podr¨¢ sancionar la emisi¨®n del voto contrario a la orientaci¨®n acordada por el Grupo, cuando esta se haya realizado de forma voluntaria y haya sido manifestada expl¨ªcitamente, sin perjuicio del mecanismo disciplinario previsto en los estatutos federales del PSOE".
"El Pleno del grupo parlamentario podr¨¢ excepcionalmente acordar la libertad de voto por razones de conciencia", reza el texto. "El Comit¨¦ Director notificar¨¢, mediante resoluci¨®n motivada, la sanci¨®n a los interesados, quienes en el plazo de siete d¨ªas, deber¨¢n hacer efectiva la misma o recurrir ante el Comit¨¦ Permanente. El acuerdo de ¨¦ste resolviendo el recurso, se tomar¨¢ en equidad y se notificar¨¢ al interesado y a la Comisi¨®n Ejecutiva federal, en caso de que fuese confirmatorio, para que proceda a hacer efectiva la sanci¨®n".
Sin embargo, seg¨²n explica la direcci¨®n del Grupo Socialista, este art¨ªculo del reglamento s¨®lo se ha aplicado cuatro veces en los ¨²ltimos 16 a?os, es decir, los diputados socialistas son muy disciplinados a la hora de votar. A Guti¨¦rrez ya se le aplic¨® recientemente por no votar la devoluci¨®n de patrimonio sindical a UGT, y en 2006 se le aplic¨® a 17 diputados que apoyaron una enmienda de Izquierda Unida a los Presupuestos Generales del Estado que suprim¨ªa la asignaci¨®n para la Iglesia cat¨®lica.
Y al principio de esta legislatura fue sancionado el diputado Juan Antonio Barrio de Penagos por votar una moci¨®n que cuestionaba el nombramiento de David Taguas como responsable del lobby de las constructoras, tras haber sido jefe de la oficina econ¨®mica de La Moncloa.
El PP tiene un reglamento similar, con sanciones de 300 euros para los diputados que rompan la disciplina de voto. Por ejemplo, se le aplic¨® en la pasada legislatura a Celia Villalobos por votar a favor de la ley que regulaba el matrimonio homosexual. Y en esta, a los diputados de Murcia Arsenio Pacheco y Alberto Garre por oponerse a la tramitaci¨®n del estatuto de Castilla-La Mancha.
La capacidad disuasoria del reglamento es tal que es habitual que diputados que expresamente mantienen posiciones distintas a las del grupo parlamentario terminen votando con sus compa?eros. Por ejemplo, los diputados de Izquierda Socialista han criticado p¨²blicamente estos d¨ªas el contenido del decreto de reforma laboral y, sin embargo, votaron a favor. Incluido, el diputado por Madrid Manuel de la Rocha, destacado militante de UGT.
En otros casos notables, ha habido diputados que han expresado cr¨ªticas a los textos sometidos a votaci¨®n, pero terminan por poner por delante el patriotismo de partido a la posici¨®n pol¨ªtica personal. Por ejemplo, Joaqu¨ªn Leguina vot¨® a favor del Estatuto de Catalu?a y no ha parado de criticarlo p¨²blicamente. Y el propio Alfonso Guerra sugiri¨® un distanciamiento con ese texto, que tampoco se tradujo en un voto distinto al de su grupo parlamentario.
Antonio Guti¨¦rrez no vot¨® en contra ni se opuso p¨²blicamente al decreto de recortes sociales. En aquella votaci¨®n, que tuvo lugar el d¨ªa de su cumplea?os, su abstenci¨®n hubiera sido decisiva para que perdiera el PSOE y, probablemente, para que acabara la legislatura de una forma abrupta.
En 2003, el entonces diputado del PP por Cantabria Jes¨²s L¨®pez Medel discrep¨® p¨²blicamente del Gobierno de Aznar sobre la Guerra de Irak, pero nunca rompi¨® la disciplina de voto. Y en esas fechas, el diputado del PP Luis Ac¨ªn renunci¨® a su esca?o por Huesca en el Congreso porque no estaba de acuerdo "con la postura mantenida por el presidente del Gobierno en la guerra de Irak". Explic¨® que renunciaba por una "cuesti¨®n de conciencia".
En algunos casos, hay diputados que se ausentan de votaciones para evitar "problemas de conciencia". Y hasta las direcciones de los grupos aconsejan a sus diputados en caso de conflicto que, discretamente, se ausenten en las votaciones. En esos casos, la sanci¨®n est¨¢ entre 400 y 600 euros, seg¨²n la importancia de la votaci¨®n.
La base legal para la aplicaci¨®n de la disciplina de voto es la de los propios reglamentos de los grupos parlamentarios y, seg¨²n algunos expertos, la propia jurisprudencia del Constitucional. El art¨ªculo 67 de la Constituci¨®n establece que "los miembros de las Cortes Generales no estar¨¢n ligados por mandato imperativo" y el 79 dice que "el voto de senadores y diputados es personal e indelegable".
Esa es la ¨²nica regulaci¨®n legal sobre la capacidad de maniobra de los diputados en el momento de votar. Te¨®ricamente, no hay ning¨²n precepto constitucional que expresamente d¨¦ a los grupos parlamentarios capacidad para dirigir el voto de sus parlamentarios. Sin embargo, el secretario general del Congreso, Manuel Alba, considera que los partidos pol¨ªticos tienen relevancia constitucional y que los parlamentarios concurren en unas listas y con unos programas electorales concretos que les deben condicionar.
Para eso, Alba cita en el an¨¢lisis de la Constituci¨®n que se puede consultar en la web del Congreso varias sentencias del Tribunal Constitucional. As¨ª, una de 1990 establece que "quienes han sido elegidos para el desempe?o de funciones representativas (...) han solicitado y obtenido el voto de los electores para orientar su actuaci¨®n p¨²blica dentro del marco constitucional en un sentido determinado (...). Los diputados son representantes del pueblo espa?ol considerado como unidad, pero el mandato que cada uno de ellos ha obtenido es producto de la voluntad de quienes los eligieron determinada por la exposici¨®n de un programa pol¨ªtico jur¨ªdicamente".
En otra de 2000, "el Tribunal Constitucional ha admitido que la voluntad de los electores nucleada en torno a un programa electoral afectado por una fuerza pol¨ªtica durante unos comicios tiene y debe tener relevancia constitucional", asegura Alba. En 1985, el Tribunal asegur¨® que "en un sistema de listas como el vigente en nuestro ordenamiento electoral, no cabe hablar de votos recibidos por candidatos singularmente considerados, sino, con relaci¨®n a ¨¦stos, de cocientes". M¨¢s tajantemente otra de 1993 sobre los ayuntamientos se?ala que "los votos de los ciudadanos en las elecciones municipales son a listas presentadas por partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de lectores".
Ana Redondo, reconocida constitucionalista y portavoz del PSOE en las Cortes de Castilla y Le¨®n, considera tambi¨¦n que la Constituci¨®n otorga a los partidos ese papel relevante. "El art¨ªculo 67.2 de la Constituci¨®n proh¨ªbe el mandato imperativo propio del primer Estado liberal representativo, en el que los parlamentarios eran considerados procuradores, es decir, conseguidores ante el Rey de aquellos objetivos e intereses que los representados, nobles y terratenientes, encomendaban en el cahier de instrucciones a sus mandatarios. En una democracia de partidos, como la espa?ola, es preciso interpretar esa prohibici¨®n, que reconoce libertad al representante para argumentar y votar, en conexi¨®n con el art¨ªculo 6, que constitucionaliza los partidos pol¨ªticos como cauces e instrumentos de formaci¨®n de la voluntad popular".
Seg¨²n Redondo, "la interpretaci¨®n sistem¨¢tica de ambos preceptos hace necesario ponderar la vertiente de libertad de voto de cada parlamentario con la vertiente funcional de la representaci¨®n que, no podemos olvidar, sirve como instrumento para reducir la complejidad propia de una sociedad plural, a los efectos de configurar mayor¨ªas que respalden decisiones pol¨ªticas. El ¨²nico criterio que permite solventar los conflictos entre la libertad del parlamentario y la democracia de partidos es la excepcionalidad de la ruptura de la disciplina de voto. Atendiendo a las circunstancias espec¨ªficas del supuesto concreto. De otro modo, la ruptura injustificada o reiterada de la disciplina de voto, llevar¨¢ al parlamentario a integrarse en el grupo mixto o ser considerado como diputado no adscrito".
Esta figura, seg¨²n Redondo, es muy controvertida y ¨²nicamente la reconocen algunos reglamentos parlamentarios como el de las Cortes de Castilla y Le¨®n.
La duda en el caso de Guti¨¦rrez es qu¨¦ ocurre cuando lo que se vota no estaba en el programa electoral del partido en el que se integra el diputado. ?l se integr¨® en las listas del PSOE como independiente sin prever una reforma laboral. Por simplificar, fueron los otros 168 diputados socialistas los que contravinieron el programa. Por eso, el n¨²mero dos del Grupo Popular, Jos¨¦ Luis Ayll¨®n, diferencia entre la sanci¨®n que se le impuso a Villalobos por apoyar la ley de matrimonio homosexual que exclu¨ªa el programa del PP y la de Guti¨¦rrez que responde a un cambio en la posici¨®n del PSOE y hasta contradice el discurso de investidura de Zapatero como presidente del Gobierno.
Sin embargo, el n¨²mero dos del Grupo Socialista, Eduardo Madina, responde que tampoco estaba previsto el plan de rescate a Grecia y hubo que aprobarlo y que las circunstancias han cambiado desde las elecciones hasta ahora. La posici¨®n final del grupo, argumenta Madina, es fruto del debate interno y es posible discutirla en las reuniones internas. Por eso, el diputado Jos¨¦ Antonio P¨¦rez Tapia vot¨® el martes a favor del decreto de reforma laboral, pese a rechazarlo expresamente como miembro de Izquierda Socialista.
"Defendemos la libertad de opini¨®n y hemos dejado claro que estamos en contra del decreto, pero creemos que era una situaci¨®n muy dif¨ªcil", asegura el diputado socialista. Explica que "ha habido dos largos debates en el grupo" sobre este asunto y que aspiran a que en el tr¨¢mite de la norma en las Cortes se modifique el decreto para precisar m¨¢s las causas objetivas de despido y la posibilidad de descolgarse de los convenios".
El diputado pide a la direcci¨®n del Grupo que tenga en cuenta las circunstancias peculiares para actuar con generosidad y no sancionar a Guti¨¦rrez".
Las circunstancias peculiares son que era secretario general de Comisiones Obreras y fue como independiente en las listas del PSOE; que el voto no era decisivo y que fue abstenci¨®n y no en contra.
Los diputados sancionados por d¨ªscolos en las dos ¨²ltimas legislaturas
- Celia Villalobos (PP). Vot¨® a favor de la ley del matrimonio homosexual en la pasada legislatura y fue sancionada por su grupo parlamentario por romper la disciplina de voto. En esta legislatura la diputada por M¨¢laga vot¨® en contra de la consigna de su partido sobre la reforma de la ley del aborto, pero asegur¨® que fue un error y no fue sancionada.
- 17 diputados socialistas. Encabezados por ?lvaro Cuesta, los parlamentarios del PSOE apoyaron una enmienda presentada por Izquierda Unida a los Presupuestos Generales del Estado que ped¨ªa la supresi¨®n de la asignaci¨®n a la Iglesia. Fueron todos sancionados. Este asunto ha sido objeto de controversia otros a?os en el seno del Grupo Socialista.
- Juan Antonio Barrio de Penagos (PSOE). Vot¨® a favor de una moci¨®n de IU/ICV en contra de que el jefe de la Oficina de la Moncloa, David Taguas, fichara por la patronal de las constructoras. El diputado por Madrid, que pertenece a la corriente Izquierda Socialista, aleg¨® que fue un error, pero la direcci¨®n del Grupo le sancion¨®. Los d¨ªas previos, los diputados de IS hab¨ªan mostrado su oposici¨®n a la directriz del grupo en varias reuniones internas.
- Arsenio Pacheco y Alberto Garre (PP). Los dos, diputados por Murcia, rompieron la disciplina de voto en la admisi¨®n a tr¨¢mite del Estatuto de Castilla-La Mancha por estar en contra del art¨ªculo que prev¨¦ el final del trasvase Tajo-Segura. Fueron sancionados por la direcci¨®n del Grupo Popular. Tambi¨¦n los diputados de Valencia del PP amenazaron con romper la disciplina de voto si en el tr¨¢mite parlamentario no se eliminaba esa cl¨¢usula, pero finalmente el proyecto de estatuto fue retirado y no se puso a prueba la cohesi¨®n interna del grupo popular.
- Antonio Guti¨¦rrez. El ex secretario general de Comisiones Obreras, que fue como independiente en la lista del PSOE por Madrid, es reincidente.
En la anterior legislatura rompi¨® la disciplina de voto cuando se votaba la devoluci¨®n de patrimonio a UGT. Guti¨¦rrez entend¨ªa que la resoluci¨®n romp¨ªa un acuerdo que firm¨® ¨¦l con el Gobierno y con UGT cuando Nicol¨¢s Redondo y ¨¦l eran los secretarios generales de los dos principales sindicatos.
La direcci¨®n del Grupo Socialista, que encabezaba entonces Alfredo P¨¦rez Rubalcaba, le sancion¨®, aunque fue comprensiva. El martes rompi¨® la disciplina de voto al abstenerse en la votaci¨®n del decreto de la reforma laboral. Escribi¨® un art¨ªculo en EL PA?S en el que rechazaba el contenido. Ahora espera que en el tr¨¢mite parlamentario se mejore, porque si no tendr¨ªa que volver a hacerlo en la siguiente votaci¨®n.
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