El juez: "Si procede, se autoriza expresamente la detenci¨®n policial"
Carlos San Mart¨ªn acord¨® los registros en domicilios, despachos y cajas fuertes
La polic¨ªa, como admit¨ªa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en su segundo comunicado del mi¨¦rcoles, "puede practicar una detenci¨®n si lo considera oportuno en el transcurso de una investigaci¨®n". Pero en el caso Brugal, al contrario de lo que dec¨ªa el jueves ese mismo comunicado, adem¨¢s, ten¨ªa autorizaci¨®n del juez instructor, Carlos San Mart¨ªn G¨®miz, titular del juzgado 3 de Orihuela. El juez lo expresa as¨ª: "Habida cuenta de las especiales circunstancias observadas en el trasiego de movimiento de los imputados -a los que la Unidad Central de Delincuencia Econ¨®mica y la Brigada de Blanqueo investiga desde hace tres a?os por los presuntos delitos de tr¨¢fico de influencias, cohecho, fraude, revelaci¨®n de informaci¨®n privilegiada y actividades prohibidas a funcionarios-, en caso de proceder a la detenci¨®n policial de todos o alguno de ellos, la fuerza actuante [es decir, la polic¨ªa] se autoriza expresamente a la misma a fin de que procedan a su traslado desde el lugar donde sean habidos hasta el domicilio o establecimiento donde se vaya a practica la diligencia".
En el auto, el juez acuerda los registros policiales en siete domicilios particulares, cajas fuertes, las sedes de seis empresas, una embarcaci¨®n, una tienda y los despachos del presidente de la Diputaci¨®n de Alicante, Jos¨¦ Joaqu¨ªn Ripoll, y de tres concejales del Ayuntamiento de Orihuela.
EXTRACTO DEL AUTO DE 1 DE JULIO DEL JUZGADO N?MERO 3 DE ORIHUELA
ACUERDO: Primero, autorizar la entrada y registro en los establecimientos, sedes sociales, despachos y domicilios siguientes: (...) Domicilio de ?NGEL FENOLL P?REZ (...), ANTONIO ?NGEL FENOLL CAMPILLO (...) [y] MAR?A ISABEL FENOLL CAMPILLO (...). Domicilio social de la mercantil COLSUR, SL (...), [y] PROAMBIENTE, SL. (...). Despachos personales sitos en el Excelent¨ªsimo Ayuntamiento de Orihuela (...) correspondientes a los Concejales (...) MANUEL ABAD?A MART?NEZ (...), GIN?S S?NCHEZ LARROSA (...) y ANTONIO RODR?GUEZ MURCIA (...). Establecimiento con nombre comercial "TIENDA ZAHOR?" (...), regentado por MAR?A ISABEL FENOLL CAMPILLO (...). Domicilio de JOS? JOAQU?N RIPOLL SERRANO (...), RAFAEL GREGORY FERN?NDEZ (...), ENRIQUE TOM?S ORTIZ SELFA (...). Embarcaci¨®n de nombre "ELENA" (...) propiedad de la mercantil ENRIQUE ORTIZ E HIJOS CONTRATISTA DE OBRAS, SA, y utilizado habitualmente por ENRIQUE TOM?S ORTIZ SELFA (...). Domicilio de JOS? FRANCISCO LE?N BARAHONA (...). Domicilio social de la mercantil CIVICA, SL (...), AUTISA, SL (...) [e] INUSA (...). Despacho personal y secretar¨ªa del Excelent¨ªsimo Se?or Presidente de la Excelent¨ªsima Diputaci¨®n Provincial de Alicante, JOS? JOAQU?N RIPOLL SERRANO (...). Dependencias utilizadas por LUIS BRACHO PACHECO en el domicilio social de la mercantil SUFI (...).
(...) A fin de proceder a la ocupaci¨®n de instrumentos, ¨²tiles, efectos o documentos utilizados para la comisi¨®n de los delitos investigados (...) a partir de las 00:01 horas del d¨ªa 6 de julio de 2010, en la forma interesada por la Unidad Central de Delincuencia Econ¨®mica y Fiscal (...) con la asistencia del Secretario de este Juzgado, (...) debiendo asistir a dicho registro el inculpado (...).
Asimismo, pues es previsible que durante el transcurso de la pr¨¢ctica de la diligencia se recaben evidencias documentales u otro tipo de efectos, deber¨¢ procederse in situ por el Secretario Judicial, auxiliado por los funcionarios policiales, a la rese?a, sellado y foliado de la documentaci¨®n que, por inter¨¦s para la causa, sea intervenida, que ser¨¢ debidamente custodiada por la Unidad Central de Delincuencia Econ¨®mica y Fiscal (...). En caso de ser hallada cualquier caja fuerte, se autoriza expresamente su apertura (...) Habida cuenta las especiales circunstancias que han sido observadas en el trasiego de movimientos por parte de los imputados, o al menos algunos de ellos, en caso de proceder a la detenci¨®n policial de todos o algunos de ellos la fuerza actuante, se autoriza expresamente a la misma a fin de que procedan a su traslado desde el lugar donde sean habidos hasta el domicilio o establecimiento donde se vaya a practicar la diligencia, sin perjuicio de la debida daci¨®n a cuenta y puesta en conocimiento de las autoridades judiciales y mandos policiales competentes en las jurisdicciones territoriales donde hubieran sido hallados. (...).
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