Los efectos perversos del binomio hijos-casa
El C¨®digo Civil vincula el uso de la vivienda a la custodia de los ni?os en caso de divorcio - Muchos hombres acaban fuera del hogar y sin medios para pagar la pensi¨®n
Ya no hay casi nada que dure toda la vida. Ni el empleo, ni el matrimonio y mucho menos la vivienda, porque, si el divorcio llama a su puerta, la casa de sus sue?os puede acabar convertida en una larga pesadilla. Algunos jueces, y hasta el propio Tribunal Supremo, han empezado a poner cordura para evitar que el C¨®digo Civil se convierta en una ley del embudo en el que, teniendo en cuenta que la mayor¨ªa de las veces la madre se queda con los ni?os y la casa, lo ancho es para muchas, y lo estrecho, para muchos.
En Espa?a se rompen cada a?o m¨¢s de 120.000 parejas. En seis de cada 10 casos no hay hijos y es m¨¢s f¨¢cil decidir qu¨¦ se hace con la vivienda. A falta de acuerdo, el art¨ªculo 96 del C¨®digo Civil establece que el uso de la casa podr¨¢ atribuirse "por el tiempo que prudencialmente se fije" al c¨®nyuge que no sea el titular, siempre que fuera el m¨¢s necesitado de protecci¨®n.
En Espa?a se rompen cada a?o unas 50.000 parejas que tienen hijos
"Es preferible que el ni?o tenga padre y madre a piscina", explica una juez
La situaci¨®n se complica si hay descendencia, como les ocurre anualmente a 50.000 parejas. El mismo art¨ªculo 96 establece que, "en defecto de acuerdo de los c¨®nyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al c¨®nyuge en cuya compa?¨ªa queden".
La discriminaci¨®n, pues, est¨¢ servida, porque se vincula la custodia de los hijos a la atribuci¨®n del uso de la casa, sin distinguir qui¨¦n es el propietario, c¨®mo se adquiri¨®, qu¨¦ renta tiene cada c¨®nyuge o qui¨¦n pag¨® la hipoteca mientras dur¨® el matrimonio. Y la ley no especifica que ese uso estar¨¢ limitado en el tiempo, con lo que la mujer tiene derecho a disfrutar de ella hasta que los hijos se vayan de casa. La excepci¨®n a ese marco legal que afecta a toda Espa?a son las leyes que han aprobado las Cortes de Arag¨®n y el Parlamento de Catalu?a, en las que se deja claro que el juez limitar¨¢ el tiempo durante el que se podr¨¢ disfrutar la casa.
El origen de la desigualdad vigente es que en Espa?a no se liquidan los bienes de la pareja cuando llega el divorcio, como ocurre en la mayor¨ªa de pa¨ªses de un desarrollo similar, sino que, por decirlo de manera gr¨¢fica, los ni?os se vinculan al ladrillo. Y como en el 89% de los casos se atribuye la custodia a las madres, para ellas es tambi¨¦n el derecho de uso de la vivienda, aunque los padres acaben, de la noche a la ma?ana, en la calle, sin hijos y obligados a pagar la pensi¨®n de alimentos y los muchos a?os de hipoteca pendientes de una casa en la que no vivir¨¢n.
Los abogados de familia y algunos jueces vienen advirtiendo desde hace a?os de esa desigualdad y de la necesidad de evitar que en el divorcio haya ganadores y perdedores. Argumentan que la mejor manera de proteger el inter¨¦s de los ni?os, que siempre se invoca, es que sigan teniendo padre y madre. Y, para lograrlo, esos juristas consideran imprescindible la modificaci¨®n del citado art¨ªculo 96.
El caso de Jorge Skibinsky es ilustrativo de la sentencia al uso que se dicta en Espa?a. En 1996 se construy¨® una vivienda a las afueras de Palma de Mallorca, en un terreno de 8.000 metros cuadrados. Cinco a?os despu¨¦s se rompi¨® la pareja. Los ni?os ten¨ªan 9 y 13 a?os, ella no trabajaba fuera de casa y la justicia le atribuy¨® la custodia. En consecuencia, ¨¦l se tuvo que ir de casa, con la obligaci¨®n de abonarle a ella una pensi¨®n compensatoria y pagar la totalidad de la hipoteca, porque la mujer carec¨ªa de trabajo e ingresos. De vivir en 250 metros cuadrados, garaje y jard¨ªn, pas¨® a una habitaci¨®n en el piso de un amigo.
"Yo me ganaba bien la vida como m¨¦dico, pero s¨®lo me quedaban 300 euros para vivir. Pens¨¦ que era intolerable y decid¨ª actuar", explica. Se fue al banco y anunci¨® que dejar¨ªa de pagar la hipoteca para que se lo hicieran saber a su ex mujer. Seg¨²n explica ¨¦l, por aquel entonces ella ten¨ªa un amigo adinerado que se hizo cargo del recibo nueve meses, hasta que se cans¨®.
La mujer comprendi¨® entonces que no ten¨ªa m¨¢s remedio que negociar; acordaron la venta de la casa y se repartieron el dinero. "Me arriesgu¨¦ a perderlo todo, pero no me importaba. No estaba dispuesto a tolerar esa injusticia", dice Skibinsky.
"Si el matrimonio se rompe es preferible que el ni?o siga teniendo padre y madre, en vez de vivir en una casa con piscina pero sin ver a pap¨¢", explica de manera ilustrativa una juez que reclama el anonimato para hablar con mayor soltura y que ha dictando varias sentencias de custodia compartida. Como algunos otros de sus colegas, que huyen de los automatismos y pretenden ser m¨¢s equilibrados entre las partes en conflicto.
Una de esas ¨²ltimas resoluciones la dict¨® el mes pasado el juez Francisco Serrano, titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 7 de Sevilla, al acordar que los padres de dos hijos de 12 y 10 a?os a los que concedi¨® la custodia compartida se turnen en el uso del domicilio familiar. De manera que la mujer permanecer¨¢ en la vivienda hasta el final del pr¨®ximo curso escolar, y despu¨¦s ser¨¢ ¨¦l quien habite la casa.
Una soluci¨®n dif¨ªcilmente aplicable a la mayor¨ªa de los casos si no existe un cierto nivel econ¨®mico y que considera inapropiada Justo S¨¢enz, presidente de la Confederaci¨®n Estatal de Madres y Padres Separados, porque, en su opini¨®n, "es muy gravosa y s¨®lo generar¨¢ m¨¢s conflictividad en los c¨®nyuges". En su opini¨®n, el C¨®digo Civil deber¨ªa seguir el ejemplo de las leyes catalana y aragonesa para forzar a la pareja a vender la casa superado un per¨ªodo de tiempo tras el divorcio para que la parte m¨¢s d¨¦bil pueda recuperarse en su econom¨ªa.
El juez Serrano ha criticado en los ¨²ltimos meses con dureza la Ley Integral de Violencia sobre la Mujer, lo que le ha valido un expediente del Consejo General del Poder Judicial. Hace unos meses tambi¨¦n plante¨® la necesidad de reformar el art¨ªculo 96 del C¨®digo Civil porque considera que comporta un "incomprensible planteamiento, generador de desigualdad, consiguiente injusticia y fuente de conflictos viscerales y, por desgracia, de episodios de violencia dom¨¦stica".
La abogada Elvira Rodr¨ªguez explica que "la vivienda es el tema que m¨¢s dificulta llegar a un acuerdo con la otra parte" y asegura que "la limitaci¨®n del uso de la casa evitar¨ªa situaciones tan duras como las que viven algunos de sus clientes, que a los 40 o 45 a?os vuelven con sus padres porque no les queda dinero para un alquiler". Esa limitaci¨®n temporal de la casa, evitar¨ªa, adem¨¢s, la radicalizaci¨®n de las relaciones entre progenitores, de la que, al final, se acaban resintiendo los hijos, dice la abogada. "Lo que me parece intolerable es que encima de cornudo, apaleado", se lamenta Rodr¨ªguez.
El juez Serrano lo plantea de manera m¨¢s ir¨®nica en su propuesta de modificaci¨®n del C¨®digo Civil. "La tendencia e inercia ha sido la de entender que la vivienda familiar ha de ser para las abnegadas y sufridas esposas o madres que se separan o divorcian, pues ellas son las llamadas por naturaleza, historia y tradici¨®n a la atenci¨®n de la prole, ellas son las ¨²nicas llamadas a decidir sobre sus vidas, en un claro exponente de una rancia convicci¨®n radical, que hace recordar otrora respetables principios machistas reflejados en la legislaci¨®n de la dictadura franquista, y que hoy por unanimidad se rechazan", dice.
Nadie cuestiona que la mujer tiene la ley por el mango cuando llega el divorcio, aunque tambi¨¦n es innegable que con el paso de los a?os, y si no la suelta a tiempo, puede acabar sufriendo graves quemaduras. Esa misma ley que facilita que ¨¦l sea echado de casa tambi¨¦n le permite que la expulse a ella si no paga la mitad del valor de la vivienda cuando los hijos se emancipen. Y del mismo modo que ocurri¨® con ¨¦l, la ley tampoco considerar¨¢ ni la edad que tenga la mujer, ni la situaci¨®n econ¨®mica y personal en la que quede.
"El sistema judicial y social est¨¢ tan mal montado que facilita la actuaci¨®n de los perversos, sean del sexo que sean", explica la misma juez, quien a?ade que "nadie se ocupa de la ejecuci¨®n de las sentencias en Espa?a, un pa¨ªs con un elevado porcentaje de econom¨ªa sumergida, lo que deja desprotegidos a muchos hijos y mujeres".
El caso de Anna Capdevila, una barcelonesa de 46 a?os, es muy ilustrativo de los efectos perniciosos que puede provocar la ley a las mujeres. Ella y su esposo compraron una vivienda unifamiliar en 1994 y la pusieron a nombre de los dos. Era un empresario boyante y mont¨® tres tiendas de bisuter¨ªa, en las que ella era la administradora y gerente. Hasta que lleg¨® la crisis, se acabaron los negocios y la convivencia. En 2008 ¨¦l se march¨® con una se?ora m¨¢s joven y ella se qued¨® en la casa, sin trabajo y con una hija con un 65% de discapacidad. Como todo puede empeorar, hace un a?o que ¨¦l dej¨® de pagar los mil euros de la pensi¨®n de alimentos y la pensi¨®n compensatoria para la madre por haberse ocupado de la menor todo ese tiempo. Las cosas todav¨ªa fueron a peor en noviembre de 2009, cuando tambi¨¦n dej¨® de pagar los 700 euros mensuales de hipoteca que hab¨ªa venido asumiendo en solitario desde la ruptura por falta de recursos de ella.
La mujer le ha denunciado por impago de las pensiones -a deuda m¨¢s de 10.000 euros-, y ¨¦l argumenta que no tiene dinero. Como no es asalariado y carece de n¨®mina, a ojos de la justicia pasa por insolvente y su cuantioso patrimonio est¨¢ camuflado a nombre de sociedades pantalla y testaferros, seg¨²n ella. Aunque s¨®lo quedaban por pagar 18.000 euros de hipoteca, la casa estuvo a punto de salir a subasta.
Al final, ¨¦l se avino a negociar, y los c¨®nyuges han firmado un pr¨¦stamo a 30 a?os para cubrir la deuda pendiente por el que cada uno paga 35,52 euros mensuales. Ella tambi¨¦n abona otros 40 euros al mes de otro pr¨¦stamo a tres d¨¦cadas, para cubrir su parte de la deuda por aquellos meses que ¨¦l no abon¨® la hipoteca. "Estoy desesperada. Lo he perdido todo. No tengo amigos a los que pedir dinero prestado, no tengo trabajo y la justicia sigue siendo ciega conmigo. ?No s¨¦ qu¨¦ m¨¢s puedo hacer!", se lamenta Capdevila.
Las excepciones de Catalu?a y Arag¨®n
Catalu?a y Arag¨®n, al amparo de su derecho civil propio, ya han aprobado leyes que evitan el trato desigual en el uso de la vivienda en caso de separaci¨®n o divorcio. La norma catalana entrar¨¢ en vigor el pr¨®ximo 1 de enero y la aragonesa, a finales de este mes. Ese es el primer texto legal que establece la custodia compartida de los hijos como el r¨¦gimen preferente que aplicar¨¢n los jueces cuando se rompe la pareja si no hay acuerdo entre las partes.
Ambas leyes auton¨®micas establecen que el derecho a disfrutar de la casa por parte del c¨®nyuge custodio ser¨¢ temporal y ese tiempo lo determinar¨¢ el juez. "Teniendo en cuenta las circunstancias concretas de cada familia", dice la ley aprobada por las Cortes de Arag¨®n, en la que se prev¨¦ tambi¨¦n que, si la vivienda pertenece a alguno de los c¨®nyuges, "el juez acordar¨¢ su venta, si es necesaria para unas adecuadas relaciones familiares".
El texto catal¨¢n es m¨¢s detallado y prev¨¦ m¨¢s situaciones. As¨ª, por ejemplo, al fijar la pensi¨®n de alimentos o compensatoria se pondera como contribuci¨®n en especie la atribuci¨®n del uso de la vivienda familiar al otro c¨®nyuge. Tambi¨¦n establece que el juez podr¨¢ impedir que el progenitor custodio disfrute de la casa si ostentase medios para cubrir sus necesidades de vivienda. O que se excluya para siempre del uso de la vivienda al c¨®nyuge que tiene que cederla si este tuviese tal solvencia econ¨®mica que cubrieran con creces las necesidades de la vivienda de los hijos y del otro progenitor.
Otro art¨ªculo de la ley catalana advierte de que si la pareja ocupaba un piso que no era de su propiedad, el disfrute de la casa finalizar¨¢ cuando lo reclame ese tercero. Se pretende evitar as¨ª situaciones tan peculiares como aquellas en las que los padres o un familiar le cedieron una vivienda al novio y, con el paso de los a?os, fue la mujer la que se acab¨® quedando con la casa al amparo de la sentencia de divorcio que le atribuy¨® la custodia de los hijos.
La Sala Primera del Tribunal Supremo ya ha venido estableciendo que ese perjudicado pod¨ªa reclamar la recuperaci¨®n de la casa, pero la ¨²ltima sentencia datada el pasado 18 de enero es inequ¨ªvoca. "Cuando el tercer propietario haya cedido el uso de forma totalmente gratuita y de favor al usuario de la vivienda, producida la crisis matrimonial y atribuido dicho uso al otro c¨®nyuge, el propietario ostenta la acci¨®n de desahucio porque existe un precario", dice el Alto Tribunal, en la resoluci¨®n de la que fue ponente la magistrada Encarnaci¨®n Roca Trias.
Tres leyes para la misma realidad
- Art¨ªculo 96. C¨®digo Civil. "En defecto de acuerdo de los c¨®nyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al c¨®nyuge en cuya compa?¨ªa queden. Cuando alguno de los hijos quede en la compa?¨ªa de uno y los restantes en la del otro, el juez resolver¨¢ lo procedente".
- Art¨ªculo 233-20. Ley catalana. "Si no hay acuerdo o este no es aprobado, la autoridad judicial ha de atribuir el uso de la vivienda familiar, preferentemente al progenitor a quien corresponda la guarda de los hijos mientras dure esta (...) La atribuci¨®n del uso de la vivienda a uno de los c¨®nyuges se ha de hacer con car¨¢cter temporal y es susceptible de pr¨®rroga, tambi¨¦n temporal".
- Art¨ªculo 7. Ley aragonesa. "En los casos de custodia compartida, el uso de la vivienda familiar se atribuir¨¢ al progenitor que por razones objetivas tenga m¨¢s dificultad de acceso a una vivienda y, en su defecto, se decidir¨¢ por el juez el destino de la vivienda (...) La atribuci¨®n del uso de la vivienda familiar a uno de los progenitores debe tener una limitaci¨®n temporal que, a falta de acuerdo, fijar¨¢ el juez".
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