Fondo de rescate
Los 27 abren consultas para una nueva reforma del Tratado que afiance la gobernanza econ¨®mica
La cumbre de la Uni¨®n Europea (UE) decidi¨® ayer abrir un periodo de consultas para realizar una nueva reforma del Tratado que sirva para encajar en su articulado el nuevo fondo de rescate para Estados miembros sometidos a graves crisis financieras. Es una decisi¨®n prudente. La creaci¨®n del nuevo fondo -en realidad, la conversi¨®n a permanente del fondo temporal, que por tres a?os se cre¨® ya en mayo, con acceso a 750.000 millones de euros- es una medida necesaria y ambiciosa, que completar¨¢ adecuadamente la uni¨®n monetaria. Ahora bien, las dur¨ªsimas discusiones sobre procedimientos y contrapartidas -como la protagonizada por dos franceses, el presidente de la Rep¨²blica, Nicolas Sarkozy, y el del Banco Central Europeo, Jean-Claude Trichet- han evidenciado que las posiciones est¨¢n todav¨ªa muy lejos del consenso.
Como consecuencia, la decisi¨®n se remite el pr¨®ximo Consejo Europeo, que examinar¨¢ sendos informes sobre las propias caracter¨ªsticas t¨¦cnicas del fondo y sobre la viabilidad de integrarlo en el Tratado de Lisboa, mediante su reforma. Lo importante para la estabilidad monetaria y la ortodoxia econ¨®mica de la Uni¨®n es el establecimiento del fondo permanente. Su encaje jur¨ªdico, aunque relevante, es un problema instrumental para la Uni¨®n, aunque lo sea mucho m¨¢s para un socio clave como Alemania, que, en raz¨®n de las sentencias de su Tribunal Constitucional, considera indispensable su incorporaci¨®n al Tratado y, por ende, su reforma. Es preciso conjugar sus motivaciones, jur¨ªdicas y pol¨ªticas, con las de los dem¨¢s, pero siempre huyendo de las imposiciones.
Es indispensable, sobre todo, no abocar a la Uni¨®n a un ejercicio de introversi¨®n en una coyuntura clave para la redistribuci¨®n del poder econ¨®mico en el mundo. El peligro de una reforma del Tratado, por ligera que pretenda ser, no radica en su contenido, algo sobre lo que el consenso no es imposible, sino sobre los procesos de ratificaci¨®n nacionales, la eventual toma de rehenes particularistas (imposici¨®n de condiciones especiales para determinados pa¨ªses) y la consiguiente polarizaci¨®n paralizante de los Veintisiete en una cuesti¨®n aparentemente institucional. Solo si las garant¨ªas de que el proceso auspiciado por Francia y Alemania para una reforma constitucional no paralizante son suficientes, resultar¨ªa sensato ponerla en marcha. De lo contrario, habr¨¢ que explorar otras v¨ªas.
Por el camino ha aumentado la dureza de las sanciones contra los pa¨ªses que exhiben d¨¦ficits excesivos; ha deca¨ªdo su car¨¢cter autom¨¢tico; y se ha averiado la imposici¨®n de sanciones pol¨ªticas, como la retirada del derecho al voto. Cada uno de estos resultados exhibe aspectos positivos y negativos. Lo importante es que, al final, el paquete sancionador sea viable y cre¨ªble. Y lo decisivo es que acompa?e de forma consistente al futuro fondo permanente de rescate, cuya creaci¨®n ser¨¢ imposible sin el consenso general.
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