El honor de Quintana
Me resulta verdaderamente incre¨ªble que la Audiencia provincial de Ourense haya archivado la querella presentada por Anxo Quintana y su mujer contra Jos¨¦ Luis Baltar, debido a unas manifestaciones calumniosas que ¨¦ste realiz¨® en un mitin de la pasada campa?a electoral gallega.
La Audiencia admiti¨® el recurso de Baltar y revoc¨® un auto de la jueza de instrucci¨®n de O Carballi?o, en el que se entend¨ªa, en cambio, que exist¨ªan "indicios racionales de calumnia" en las afirmaciones que Baltar reconoci¨® haber efectuado y que reproduzco (traducidas del gallego): "(...) pues este se?or es el vicepresidente de Igualdad, y cuando hablamos de igualdad hablamos de mujer (...); tenemos que desterrar de este pa¨ªs la violencia de g¨¦nero, que no queremos m¨¢s mujeres que mueran a manos de sus maridos. Cuando un matrimonio tiene dificultades de convivencia que se separe, pero no hay que hacer violencia ninguna. Y el encargado de este es el Anxo Quintana (...), pero claro, pusimos al rat¨®n a guardar el queso (...) o, como dicen en otros sitios, el zorro cuidando las gallinas. Pues ten¨¦is muy mal abogado (...), ese no cumple ning¨²n est¨¢ndar, porque podemos tener problemas en el matrimonio, cualquiera, nadie est¨¢ libre. Pero que precisamente el vicepresidente de Igualdad, que tiene el cargo institucional de defender y promocionar a las mujeres, tenga serios problemas en su convivencia, eso s¨ª que ojo (...).
La jueza de O Carballi?o con toda la raz¨®n, consider¨® que hab¨ªa "indicios" de calumnia
La Audiencia interpreta que en estas afirmaciones "no se concreta una determinada imputaci¨®n delictiva". Sin embargo, para que exista calumnia basta con que la imputaci¨®n contenga los elementos suficientes que permitan identificar un delito, sin que se requiera naturalmente precisi¨®n t¨¦cnico-jur¨ªdica, o sea, es suficiente que la imputaci¨®n describa unos hechos que despu¨¦s puedan ser encajados en alg¨²n delito tipificado en la ley. Asimismo, en el presente caso es muy importante tener en cuenta que, cuando la ofendida es la mujer del autor, constituye delito ya el "maltratarla de obra sin causarle lesi¨®n" o "el amenazarla de modo leve".
As¨ª las cosas, la pregunta que hay que formular es muy simple y para responderla no hay que saber nada de Derecho penal, puesto que se trata de averiguar el significado p¨²blico que la sociedad atribuye a determinadas palabras. ?Se desprende de las manifestaciones de Baltar que Quintana hab¨ªa realizado alguna de las referidas conductas de maltrato de obra o amenaza leve? A mi juicio, la respuesta es afirmativa sin el m¨¢s m¨ªnimo asomo de duda. Esta es tambi¨¦n, sin excepci¨®n alguna, la opini¨®n de todas las (muchas) personas a las que les he le¨ªdo dichas manifestaciones, y esta fue tambi¨¦n la interpretaci¨®n de la jueza de O Carballi?o, quien con toda raz¨®n consider¨® que en ellas hab¨ªa ya datos suficientes para acreditar "indicios racionales" de calumnia, que era lo ¨²nico que se dilucidaba en esta fase instructora, por lo que ni siquiera crey¨® necesario aludir al contexto en el que se insertaron las manifestaciones, que tambi¨¦n se recog¨ªa en la querella (por ejemplo, el v¨ªdeo con los da?os en la puerta del garaje del domicilio de Quintana que el PP atribuy¨® al comportamiento de ¨¦ste hacia su mujer).
Pero es que adem¨¢s son los propios magistrados de la Audiencia los que, de forma contradictoria con su decisi¨®n de archivo, nos vienen a avalar los indicios de calumnia, cuando argumentan (nada m¨¢s y nada menos) que lo que Baltar expres¨® fue solamente la "inadecuaci¨®n" o "falta de idoneidad" de Quintana "para el desarrollo de una pol¨ªtica de igualdad de sexo y respeto a las mujeres". Ante tama?o razonamiento hay que oponer, obviamente, que el mero hecho de estar en tr¨¢mites de separaci¨®n con la mujer de uno (lo ¨²nico cierto y conocido en el caso de Quintana) no puede suponer argumento v¨¢lido para considerar a alguien "inadecuado o inid¨®neo" para una funci¨®n en una sociedad plural. Por tanto, los magistrados no pueden estar pensando en eso, sino en algo distinto que merezca un juicio negativo por parte de la sociedad. Y ese algo distinto no puede ser otra cosa que lo que se resume en una de las frases pronunciadas por Baltar, inequ¨ªvocamente dirigidas a Quintana: "Cuando un matrimonio tiene dificultades de convivencia, que se separe, pero no hay que hacer violencia ninguna".
Por lo dem¨¢s, los magistrados exponen ciertamente otras razones jur¨ªdicas para tratar de fundamentar su decisi¨®n de no juzgar a Baltar (ni siquiera por injurias), pero tales razones se basan en apreciaciones claramente incorrectas e inaceptables. Continuar¨¢.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.