?Hemos perdido el juicio?
El sometimiento de los trabajadores del mar o del aire a una legislaci¨®n represora espec¨ªfica, concomitante con la militar (son palabras de Quintano Ripoll¨¦s), fue uno de los logros del franquismo.
Se dictaron para ello las Leyes Penales especiales de Marina Mercante (1955) y Navegaci¨®n A¨¦rea (1964), ambas directamente inspiradas en el Codice della Navigazione italiano de 1942, de fuerte impronta fascista.
En ambos casos, se conceb¨ªa a la empresa mar¨ªtima o a¨¦rea como una estructura jer¨¢rquica de producci¨®n al servicio de la naci¨®n, en la que los derechos de los trabajadores estaban subordinados al bien colectivo, concretado a trav¨¦s de las ¨®rdenes del jefe o superior. Inter¨¦s empresarial, inter¨¦s patri¨®tico e inter¨¦s militar se confund¨ªan.
Bas¨¢ndose en una ley fascista se pretende presentar como delito lo que es una falta laboral grave
En este marco estructuralmente fascista ten¨ªa pleno sentido que cualquier desobediencia colectiva de los trabajadores fuera considerada delito de sedici¨®n, pues era tanto como alzarse tumultuariamente contra las ¨®rdenes del mando y contra el bien de la patria.
El bien jur¨ªdico protegido por esta tipificaci¨®n de las desobediencias colectivas no era, conviene subrayarlo, la seguridad de la navegaci¨®n mar¨ªtima o a¨¦rea, dado que era indiferente que la desobediencia o abandono del puesto de trabajo se produjera en la mar o en el puerto, o que la seguridad de los aviones se pusiera en peligro o no. La cuesti¨®n no era la seguridad, sino la estructura jer¨¢rquica de la empresa fascista, que no puede tolerar un desplante colectivo, sea cual sea la raz¨®n que lo determine.
Ni que decir tiene, que una huelga de marinos o empleados de aviaci¨®n era directamente un caso de delito de sedici¨®n punible con a?os de c¨¢rcel.
Pasaron los a?os, lleg¨® la democracia, los interesados hicieron o¨ªr su voz, y, sin embargo, las Leyes Penales en cuesti¨®n siguieron formalmente vigentes.
La Ley Penal Mar¨ªtima se derog¨® finalmente en 1992 (15 a?os necesit¨® la democracia para llegar a la mar), la Ley Penal A¨¦rea nunca, ah¨ª sigue como un monumento a la inercia y a la comodidad de todo buen bur¨®crata, que nunca desde?a la oportunidad de poseer en su arsenal un arma tan eficaz como el de poder amenazar con la c¨¢rcel a los trabajadores insumisos. Y en esos lodos franquistas estamos, no le demos vueltas. Unos trabajadores abandonan colectivamente su puesto de trabajo, sin poner en riesgo la seguridad de la navegaci¨®n, y nuestras autoridades y fiscales descubren encantados que pueden acusarles de un delito de sedici¨®n, que un controlador que abandona su puesto de trabajo colectivamente es un delincuente y debe ir a la c¨¢rcel unos cuantos a?os.
Incluso se recupera la terminolog¨ªa y se habla de "cabecillas" e "instigadores".
Y la opini¨®n p¨²blica, atizada por nuestro democr¨¢tico Gobierno y por unos medios que se proclaman progresistas, asiente callada a este caso de aut¨¦ntica prestidigitaci¨®n en el que faltar a las obligaciones derivadas de un contrato de trabajo puede convertirse en un il¨ªcito penal. No en un il¨ªcito civil o laboral, merecedor de despido o de indemnizaci¨®n de perjuicios, sino en un aut¨¦ntico crimen.
?Hemos perdido el juicio? ?Se nos han olvidado los requerimientos m¨ªnimos de una sociedad liberal? ?C¨®mo podr¨ªa ser delito el incumplimiento de un contrato laboral? ?Cu¨¢l ser¨ªa el bien jur¨ªdico protegido por la norma? ?El funcionamiento y los beneficios de AENA? ?La producci¨®n nacional? ?Por el hecho de arruinar las vacaciones a cientos de miles de ciudadanos se puede ir a la c¨¢rcel? ?Qu¨¦ diferencia relevante existe entre un maquinista del metro y un controlador para hacer de uno un criminal y del otro un ciudadano protest¨®n a pesar de que su conducta es id¨¦ntica y la del maquinista perjudica a m¨¢s ciudadanos y no precisamente en sus vacaciones?
Por mucho que una legalidad procedente de nuestro obscuro pasado lo avale, lo sucedido no puede constituir delito, es as¨ª de sencillo. Y excesos verbales del Gobierno como los de decir que se estaba "echando un pulso al Estado" no son admisibles en democracia.
Al Estado le echan un pulso los etarras, los controladores le echan un pulso a una empresa aeroportuaria llamada AENA. Solo en la concepci¨®n del "Estado total" fascista puede confundirse entre el Estado y una empresa, entre el Estado de derecho y el Estado productor, y s¨®lo all¨ª puede criminalizarse el desbarajuste laboral como si fuera un mot¨ªn contra la patria.
Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Soroa es abogado.
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