Un juez anula el suspenso a una objetora de Ciudadan¨ªa
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n¨²mero 3 de Madrid ha anulado el suspenso de una alumna que objet¨® a la asignatura de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa en 2? de ESO durante el curso 2008- 2009. Es la primera vez que un tribunal madrile?o se pronuncia sobre el aprobado de una estudiante en esta materia, seg¨²n un portavoz de la Consejer¨ªa de Educaci¨®n. El juez, que recuerda la "pol¨¦mica" y las "posturas enfrentadas" que suscitaron la implantaci¨®n de la asignatura, resuelve a favor de la alumna que no fue a clase pero se present¨® al examen final y obtuvo casi notable (6,9).
El instituto Juan de la Cierva donde estudiaba le asign¨® una nota final de 4,1 tras considerar que el examen val¨ªa el 60% de la nota final y el trabajo de clase el otro 40%.
La sentencia recoge los criterios de calificaci¨®n del departamento de filosof¨ªa del instituto que tienen en cuenta para la evaluaci¨®n las actividades y cuadernos de clase "si fuera necesario" y remite a los alumnos que no obtengan un cinco al examen extraordinario de septiembre. El juzgado entiende que el centro tendr¨ªa que haber avisado antes del examen a la alumna sobre el valor de los trabajos escolares en lugar de advertirle el d¨ªa de la prueba, "cuando la suerte est¨¢ echada".
El juez observa "cierta contradicci¨®n" en que para la prueba final "que precisamente se instituye para los que no aprueban por curso" se contabilicen los trabajos de clase "que justamente no han servido para aprobar por curso". Con este criterio, prosigue el escrito judicial, es m¨¢s dif¨ªcil aprobar en junio que en septiembre. Contra la sentencia cabe recurso, pero la demandada, que es la Comunidad de Madrid, no ha previsto presentarlo.
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