Caprichos de dictador
La disparatada aplicaci¨®n de los beneficios penitenciarios determin¨® su eliminaci¨®n en 1995
El escritor y dramaturgo madrile?o Enrique Jardiel Poncela, que tuvo numerosos problemas con la censura del franquismo por su humor inteligente y corrosivo, lleg¨® a decir: "La dictadura es el sistema de Gobierno en el que lo que no est¨¢ prohibido es obligatorio". Seguramente la frase es muy acertada, pero lo que mejor define las dictaduras personalistas es esa facultad de los dictadores de hacer su real gana. Al principio, tras eliminar -muchas veces f¨ªsicamente- a sus enemigos, suelen actuar generalmente con un cierto pudor, pero a medida que se afianzan en el poder todos los subordinados tienden a satisfacer hasta sus m¨ªnimos caprichos e incluso legislan para que pueda -sin demasiados problemas- condenar a muerte o excarcelar a quien le apetezca. Obviamente, es el propio dictador quien sanciona las leyes, por lo que ser¨ªa un esfuerzo in¨²til, si alguien se atreviera, enviarle un texto contrario a sus deseos.
El C¨®digo Penal de 1973, que fue aprobado por Franco dos a?os antes de su muerte, cumpl¨ªa con esas caracter¨ªsticas: manten¨ªa la pena de muerte y recog¨ªa los llamados beneficios penitenciarios, de tal manera que el buen comportamiento pod¨ªa acelerar enormemente la salida de prisi¨®n.
Con la llegada de la democracia, los partidos que hab¨ªan luchado contra la dictadura exigieron la abolici¨®n de la pena de muerte, como as¨ª se hizo en la Constituci¨®n. A pesar de indultos y amnist¨ªa, las c¨¢rceles estaban llenas y los motines de los presos fueron una constante en la Transici¨®n. La izquierda estaba muy sensibilizada con la arbitrariedad de determinados ingresos en prisi¨®n y la derecha, un punto avergonzada, por lo que nadie plante¨® el eliminar los beneficios penitenciarios, m¨¢xime cuando lo moderno no era exigir el cumplimiento ¨ªntegro de las condenas sino, por mandato constitucional, eliminar el r¨¦gimen punitivo y orientar el cumplimiento de la pena hacia la reinserci¨®n de los reclusos.
Si todo el mundo hubiera sido bueno, la soluci¨®n hubiera sido perfecta, pero la realidad es tozuda y el terrorismo, lejos de disminuir en tiempos de libertad, aument¨®. ETA (en sus diferentes versiones, milis, poli-milis, Comandos Aut¨®nomos Anticapitalistas), GRAPO, Terra Lliure, Ex¨¦rcito Guerrilleiro do Pobo Galego Ceibe y la ultraderecha m¨¢s radical, cada uno en su estilo, se hicieron presentes con bombas, secuestros, ametrallamientos y asesinatos.
En aquel momento nadie pens¨® en que los beneficios penitenciarios reducir¨ªan a menos de dos tercios la condena efectiva, porque las penas que se anunciaban eran de cientos de a?os de c¨¢rcel. El problema, si es que lo fuera a haber, ocurrir¨ªa dentro de 18 o 20 a?os y entonces hab¨ªa problemas mucho m¨¢s graves que resolver, como por ejemplo el intento de golpe de Estado del 23-F.
Pero la aplicaci¨®n real de los beneficios penitenciarios fue un desprop¨®sito. La redenci¨®n de penas por el trabajo se convirti¨® en "redenci¨®n de patio", es decir, que solo por estar en el patio de la prisi¨®n, sin trabajar, porque no hab¨ªa trabajo para todos, los presos ten¨ªan derecho a la reducci¨®n de un tercio de su condena, lo que no parece razonable. Y en la concesi¨®n de los beneficios extraordinarios la arbitrariedad y el disparate fueron todav¨ªa mayores.
Por entonces, ETA obligaba a sus presos a no aceptar las redenciones de pena para mantener la disciplina interna de la banda, pues exist¨ªa la tentaci¨®n de buscarse f¨®rmulas personales para acelerar la salida de prisi¨®n. Solo algunos como I?aki de Juana Chaos reclamaron todas sus redenciones y muchos de los jueces de los lugares en los que estaban las c¨¢rceles -juzgados peque?os y jueces sin escolta- no se atrevieron a rechazarlas por disparatadas que fueran para no ponerse en el punto de mira de los terroristas. Para paliar ese problema se cre¨® el juzgado de vigilancia penitenciaria en la Audiencia Nacional.
Mientras tanto y debido a todo eso, el C¨®digo Penal del 95 elimin¨® los beneficios penitenciarios y ahora las penas, aunque notablemente rebajadas, excepto para el terrorismo, con respecto al C¨®digo franquista, se cumplen d¨ªa a d¨ªa.
Claro que a¨²n queda el problema de contabilizar los beneficios a los presos condenados con aquel C¨®digo. De ah¨ª la doctrina Parot, pero esa es otra historia. As¨ª que, como tambi¨¦n dec¨ªa el propio Jardiel Poncela, "cuando tiene que decidir el coraz¨®n es mejor que decida la cabeza". Y con descarnada iron¨ªa, ya que acab¨® en la miseria, conclu¨ªa: "En la vida humana solo unos pocos sue?os se cumplen; la gran mayor¨ªa de los sue?os se roncan".
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