La fiscal¨ªa pide a la banca que evite el saqueo de cuentas de discapacitados
La Fiscal¨ªa Superior de la Comunidad Valenciana pidi¨® el 7 de septiembre a los presidentes de la Asociaci¨®n Espa?ola de Banca, la Confederaci¨®n Espa?ola de Cajas de Ahorro y la Uni¨®n Nacional de Cooperativas de Cr¨¦dito su colaboraci¨®n para evitar que el patrimonio de las personas con discapacidad sean saqueadas por terceras personas.
El oficio persigue que las oficinas valencianas adviertan a la fiscal¨ªa de cualquier movimiento bancario "susceptible de suscitar una racional sospecha de irregularidad que pueda devenir en un posterior perjuicio para la persona con discapacidad intelectual titular de la cuenta".
La medida, que se adopta por primera vez en Espa?a, tiene su origen en las "eficaces intervenciones" que se han producido hasta ahora de forma espont¨¢nea: los avisos de empleados de oficinas al ministerio p¨²blico han frustrado intentos de vaciados de cuentas, se?alan fuentes de la fiscal¨ªa. Ahora se trata de darle un cierto car¨¢cter de protocolo. El oficio est¨¢ firmado por el teniente fiscal, Gonzalo L¨®pez Ebri, y por el fiscal superior, Ricard Cabedo.
Inmejorable atalaya
"Es evidente que el conocimiento directo que, en la mayor¨ªa de los casos, se tiene por los empleados de las entidades de cr¨¦dito de sus clientes provoca que conozcan en muchas ocasiones cu¨¢les son los movimientos que ordinariamente tienen en sus cuentas corrientes, sobre todo cuando se trata de personas de avanzada edad, ya que en estos casos los pagos suelen ser peri¨®dicos y de montantes casi parecidos", se?ala el escrito. "Este conocimiento constituye una atalaya inmejorable para la protecci¨®n patrimonial de las personas con discapacidad".
La fiscal¨ªa basa su petici¨®n en la Convenci¨®n Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que establece que los Estados "velar¨¢n por que las personas con discapacidad no sean privadas de sus bienes de manera arbitraria". Para evitar conflictos con la privacidad, el ministerio p¨²blico limita el alcance "exclusivamente" a los supuestos en los que el titular "racionalmente trasluzca que pudiera estar afecta de discapacidad intelectual, declarada o no, que le impida comprender las disposiciones patrimoniales que efect¨²a" por s¨ª mismo o por terceros.
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