Seis meses de c¨¢rcel por quebrantar la orden de alejamiento
La Audiencia Provincial de Castell¨®n ha ratificado la condena de seis meses de c¨¢rcel a un hombre que fue detenido cuando paseaba con su expareja pese a que ten¨ªa una orden de alejamiento. A pesar de que ella consinti¨® y hab¨ªa solicitado la retirada de la orden, los magistrados recuerdan que todav¨ªa no ten¨ªa el permiso del juez y entienden que no puede decidir por s¨ª misma porque ha sido maltratada.
Los hechos sucedieron en mayo de este a?o. La Guardia Civil recibi¨® la denuncia de que se estaba produciendo un altercado en un jard¨ªn p¨²blico de la localidad de Burriana. Era en el Jard¨ªn del Beso y en ¨¦l estaban paseando Laurentiu y Magdalena junto a su beb¨¦. Tambi¨¦n se encontraban otras tres personas.
Los dos agentes de la benem¨¦rita procedieron a identificarlos a todos y en ese momento comprobaron que sobre Laurentiu pesaba una orden de alejamiento de 300 metros por haber maltratado a Magdalena, su expareja.
Seg¨²n el testimonio de los agentes, la mujer afirm¨® que hab¨ªa "acudido al juzgado a retirar la orden de alejamiento". Pero todav¨ªa no se hab¨ªa producido la resoluci¨®n judicial y su consentimiento verbal, en opini¨®n de los jueces, no pod¨ªa evitar la condena, tanto en primera instancia como ante la Audiencia Provincial. Los magistrados, bas¨¢ndose en un fallo del Tribunal Supremo, entienden que se debe ponderar "de forma ineludible" si tal consentimiento se ha prestado en condiciones "que permitan afirmar su validez". Los magistrados recuerdan que "la p¨¦rdida de autoestima" de la mujer "consustancial a episodios prolongados" de violencia dom¨¦stica puede provocar en el juzgador "el irreparable error" de anular la protecci¨®n cuando puede tratarse de "la expresi¨®n patol¨®gica de un s¨ªndrome de anulaci¨®n personal".
No sin resoluci¨®n
"Los efectos psicol¨®gicos asociados a la mujer maltratada", a?aden los jueces, "hacen aconsejable negar a ¨¦sta su capacidad" para anular la orden de alejamiento u obtener una medida cautelar, si antes no se ha producido una resoluci¨®n judicial que confirme su solicitud.
Los magistrados no le niegan este derecho. Recalcan que "solo a ella le incumbe" y le instan a comparecer voluntariamente ante el juzgado correspondiente y a reclamar a su titular la resoluci¨®n.
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