Momento gaditano
La Constituci¨®n de C¨¢diz representa la entrada de Espa?a en la "modernidad pol¨ªtica" (con todas las comillas que se quieran a?adir a las ya utilizadas) y supone un paso muy significativo en los inicios de la vida pol¨ªtica "moderna" de Hispanoam¨¦rica (¨ªdem). En el primer caso, la fugacidad de la primera experiencia liberal espa?ola y el aclamado regreso de Fernando VII, y con ¨¦l el del absolutismo, complican sin duda cualquier valoraci¨®n hist¨®rica de dicha experiencia. En el segundo, existen variaciones de acuerdo con el territorio americano de que se trate; un hecho que se deriva en gran medida de la aplicaci¨®n o no aplicaci¨®n del documento gaditano. Sin entrar en pormenores, el lugar que ¨¦ste ocupa actualmente en la historia pol¨ªtica de M¨¦xico o Per¨² es mucho m¨¢s importante que el que le conceden, por ejemplo, venezolanos o argentinos. No obstante, como lo ha mostrado la historiograf¨ªa de los ¨²ltimos lustros, estas diferencias al interior de Am¨¦rica Latina no son tan marcadas como se pens¨® durante mucho tiempo; entre otros motivos porque el legado gaditano va mucho m¨¢s all¨¢ de los 384 art¨ªculos que integran el documento en cuesti¨®n.
Antes de proseguir, apunto algunas de las apropiaciones y de las exageraciones de las que hemos sido testigos en los ¨²ltimos a?os respecto a dicho legado, las cuales no han podido pasar desapercibidas para cualquier observador medianamente atento a los eventos y festejos bicentenarios que comenzaron en Espa?a y Am¨¦rica Latina en 2008, que llegaron a su punto m¨¢s alto en el subcontinente en 2010 y que refluyen ahora hacia la pen¨ªnsula Ib¨¦rica con motivo de la Constituci¨®n de 1812. Para los espa?oles, la apropiaci¨®n pol¨ªtica de C¨¢diz como un momento fundacional de la Espa?a actual (es decir, de la Espa?a democr¨¢tica y europe¨ªsta), no puede sorprender a nadie y tampoco suscitar demasiada suspicacia. Lo que s¨ª llama la atenci¨®n, al menos a quien esto escribe, es ese intento por hacer de la Constituci¨®n de C¨¢diz no s¨®lo el texto fundacional de la vida pol¨ªtica de la Espa?a contempor¨¢nea, sino tambi¨¦n, en la misma medida, de la Hispanoam¨¦rica de 2012. Es cierto que entre las decenas de textos de ¨ªndole constitucional que se promulgaron en el mundo hisp¨¢nico durante los tres lustros que van de 1811 a 1826 ¨²nicamente el documento gaditano pretendi¨® regir a todo ese mundo, como tambi¨¦n lo es que la reuni¨®n de las Cortes desde septiembre de 1810 contribuy¨® notablemente a promover la convocatoria de los innumerables congresos americanos responsables de la explosi¨®n constitucional referida. Sin embargo, el texto gaditano no fue la "gu¨ªa" o el "faro" de todos los dem¨¢s, como se ha sugerido en m¨¢s de una ocasi¨®n. En sentido estricto, no pod¨ªa serlo; no s¨®lo porque algunos de los textos americanos lo preceden en el tiempo, sino tambi¨¦n porque para cuando se promulga en marzo de 1812 algunos territorios ya hab¨ªan declarado su independencia y/o desconoc¨ªan a las Cortes (y, por lo tanto, rechazaron la Constituci¨®n). Lo que no justifica, por lo dem¨¢s, la ignorancia de algunos acad¨¦micos de Am¨¦rica Latina, "especialistas" en el periodo emancipador, respecto a los eventos metropolitanos que tuvieron lugar entre 1808 y 1814 (por no hablar del reinado de Carlos IV), as¨ª como tampoco justifica las cr¨ªticas recientes de historiadores latinoamericanos en el sentido de que algunos estudiosos del tema pretendemos explicar los procesos emancipadores americanos en clave gaditana, por decirlo de alg¨²n modo. Lo que pretendemos, si de "pretensiones" se puede hablar, es algo distinto: mostrar que si no se conocen bien los eventos metropolitanos del primer cuarto del siglo XIX, sobre todo la revoluci¨®n liberal del sexenio 1808-1814, resulta imposible entender cabalmente dichos procesos.
La trascendencia de la Constituci¨®n de C¨¢diz fue m¨¢s all¨¢ de Hispanoam¨¦rica (como lo prueba su influjo en Portugal, Italia y Rusia). Sin embargo, independientemente de estas influencias y de las disposiciones jur¨ªdicas que pudieron haber sido retomadas en los documentos constitucionales americanos del periodo emancipador, me parece importante insistir en que C¨¢diz representa mucho m¨¢s que un texto constitucional. A ojo de p¨¢jaro y centr¨¢ndome en el ¨¢mbito hispanoamericano, pienso en la participaci¨®n americana en una asamblea que s¨²bitamente reemplaz¨® a una monarqu¨ªa que hab¨ªa funcionado "imperialmente" durante casi tres siglos; en la aparici¨®n, igualmente s¨²bita, de una libertad de imprenta que modific¨® profundamente la vida p¨²blica en todo el mundo hisp¨¢nico; en la recuperaci¨®n, transformaci¨®n y reutilizaci¨®n de ideas sobre la soberan¨ªa popular que, pese a todo su "tradicionalismo", en la coyuntura provocada por la crisis de 1808 significaron una revoluci¨®n copernicana sobre la pol¨ªtica y lo pol¨ªtico; por ¨²ltimo, en el surgimiento y acelerado fortalecimiento de una conciencia entre los espa?oles americanos de que su destino pol¨ªtico depend¨ªa sobre todo de lo que ellos hicieran o dejaran de hacer. Este ¨²ltimo elemento puede sonar perogrullesco si se olvida que durante casi trescientos a?os el trato que hab¨ªan recibido puede definirse sin demasiados problemas como "colonial" (m¨¢s all¨¢ de una legislaci¨®n y de una ret¨®rica jur¨ªdicas que sugieren que el uso de este adjetivo es una especie de sacrilegio).
Concluyo estas l¨ªneas subrayando el car¨¢cter extraordinario de lo que podemos denominar "el momento gaditano". En primer lugar, una guerra contra la naci¨®n m¨¢s poderosa de aquel tiempo, con la que Espa?a hab¨ªa compartido dinast¨ªa durante casi todo el siglo XVIII y con la que exist¨ªa un "pacto de familia" (que tan oneroso hab¨ªa resultado desde que Napole¨®n tom¨® las riendas de Francia). En segundo, el puerto de C¨¢diz convertido en basti¨®n y baluarte de la monarqu¨ªa cat¨®lica; una ciudad escasamente representativa de la naci¨®n y de la mentalidad espa?olas, como lo demostr¨® lo acontecido ah¨ª entre 1810 y 1814. Lo que me lleva al tercer punto: la iniciativa, el dinamismo y la capacidad de un pu?ado de eclesi¨¢sticos y funcionarios que decidieron convertir la lucha contra los franceses en una revoluci¨®n pol¨ªtica. Al respecto, cabe apuntar otra evidencia que no termina de ser digerida (ni por la historiograf¨ªa espa?ola ni por la latinoamericana): en el contexto del Antiguo R¨¦gimen e independientemente de todas las limitaciones y ambig¨¹edades que se quieran aducir, el liberalismo era revolucionario (y lo seguir¨ªa siendo durante buena parte del siglo XIX en todo el mundo occidental). Por eso, m¨¢s que nada, lo acontecido en C¨¢diz entre 1808 y 1814 ocupa el lugar que ocupa actualmente en la historiograf¨ªa occidental; por eso Fernando VII reaccion¨® como lo hizo cuando regres¨® al trono de Espa?a en la primavera de 1814 y tambi¨¦n por eso, en buena medida, los nuevos pa¨ªses americanos batallaron tanto y durante tanto tiempo en su tr¨¢nsito de territorios coloniales con apenas experiencia en el Gobierno representativo a rep¨²blicas inspiradas en principios liberales. -
Roberto Bre?a es profesor-investigador de El Colegio de M¨¦xico. Es autor del libro El primer liberalismo espa?ol y los procesos de emancipaci¨®n de Am¨¦rica, 1808-1824. Una revisi¨®n historiogr¨¢fica del liberalismo hisp¨¢nico (El Colegio de M¨¦xico, 2006). Este a?o, Marcial Pons publicar¨¢ un libro suyo sobre las revoluciones hisp¨¢nicas. rebrena@colmex.rx
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