La Audiencia de Barcelona condena a Nike a pagar 613.000 euros a una empresa espa?ola
La multinacional de productos deportivos deber¨¢ devolverle los honorarios que pag¨® en un proceso judicial en EE UU
La Audiencia de Barcelona ha condenado a la multinacional de productos deportivos Nike Internacional Limited y a Nike Incorporated a pagar 613.146 euros a una empresa espa?ola, Comercial Ib¨¦rica Exclusivas Deportivas S.A. (CIDESPORT), cantidad correspondiente a los honorarios que tuvo que pagar a los abogados en un proceso judicial planteado por las demandadas en EE UU.
Aunque las empresas acordaron aplicar el derecho espa?ol al contrato de distribuci¨®n y licencia de los productos de la multinacional en Espa?a, suscritos en mayo de 1985 y enero de 1986, pactaron una cl¨¢usula, ins¨®lita en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol, por la cual ante eventuales pleitos la parte perdedora se har¨ªa cargo de los honorarios de los letrados de la parte contraria.
El 4 de diciembre de 1989, justo tres d¨ªas antes de que Nike Internacional Limited cediera las acciones derivadas de los contratos de distribuci¨®n y licencia suscritos a Nike Incorporated, esta ¨²ltima demand¨® a la empresa espa?ola por "da?os y perjuicios".
La empresa demandada, Cidesport, aleg¨® que hab¨ªa "confabulaci¨®n" entre Nike Internacional Limited y Nike Incorporated para declarar c¨®mo ¨®rganos judiciales competentes a los tribunales de Oreg¨®n, EE UU. La estrategia judicial enzarz¨® a ambas partes en un proceso en EE UU durante cinco a?os, que finaliz¨® con una resoluci¨®n del Tribunal de Apelaci¨®n de Oreg¨®n, el 31 de marzo de 1994, por la que se declaraba tribunal incompetente y falto de jurisdicci¨®n.
Tras esta resoluci¨®n, que daba como "vencedora" a la empresa espa?ola, Cidesport quiso hacer valer ante los tribunales de Oreg¨®n la cl¨¢usula del pago de las costas procesales, pero los tribunales resolvieron en contra.
Una vez cerrada la v¨ªa judicial en EE UU, Cidesport acudi¨® a la justicia espa?ola con la misma reclamaci¨®n. El titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 42 de Barcelona rechaz¨® su petici¨®n, alegando que "los pactos sobre costas judiciales no eran legales en Espa?a". Sin embargo, tras el recurso ante la Audiencia, la Secci¨®n 17 le ha dado la raz¨®n. El tribunal argumenta que, pese a que estos pactos no son v¨¢lidos en el derecho espa?ol, s¨ª lo son en el estadounidense, puesto que se trata de "una estipulaci¨®n contractual perfectamente v¨¢lida de acuerdo con la ley de Oreg¨®n".
Por lo tanto, la Audiencia condena a Nike Internacional Limited y a Nike Incorporated a cumplir la cl¨¢usula pactada y pagar, solidariamente, a la empresa espa?ola 613.146 euros en concepto de los gastos en abogados que se vio obligada a pagar en el largo contencioso judicial con la multinacional estadounidense.
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