El PP y CiU retrasan la reforma de las OPA en su tramitaci¨®n en el Congreso
El proyecto no se retomar¨¢ hasta el inicio del pr¨®ximo periodo de sesiones, en febrero
La Comisi¨®n de Econom¨ªa y Hacienda del Congreso de los Diputados ha decidido posponer la reforma de la Ley del Mercado de Valores para la modificaci¨®n del r¨¦gimen de OPAs para el mes de febrero de 2007, debido a que el PP y CiU solicitaron m¨¢s tiempo para estudiar el proyecto.
Una vez superada la fase de Ponencia de esta ma?ana, estaba previsto que la Comisi¨®n de Econom¨ªa y Hacienda aprobara el proyecto y lo remitiera al Senado. Pero PP y CiU pidieron m¨¢s tiempo para la aprobaci¨®n del texto con idea de estudiar las enmiendas y posibles transacciones. Eso s¨ª, dado que ¨¦sta es la ¨²ltima semana de actividad ordinaria en el Congreso, el proyecto no se retomar¨¢ hasta el inicio del pr¨®ximo periodo de sesiones, el pr¨®ximo mes de febrero.
El proyecto pas¨® la semana pasada su primer tr¨¢mite en la C¨¢mara Baja con el debate de la enmienda de devoluci¨®n presentada por el PP. En esa sesi¨®n plenaria, el vicepresidente Pedro Solbes explic¨® que con esta incorporaci¨®n al Derecho espa?ol de las directivas comunitarias de OPAs y Transparencia, se clarifican y simplifican los supuestos para lanzar una OPA por el 100% del capital de una sociedad y establece que estar¨¢ obligado a lanzarla quien adquiera, al menos, el 30% de los derechos de voto.
Novedades
Pedro Solbes tambi¨¦n aclar¨® que para facilitar el paso del r¨¦gimen vigente al propuesto se establece que, cuando un accionista ya cuente, a la entrada en vigor de la Ley, con un porcentaje de derechos de voto entre el 30% y el 50% en la sociedad, debe formular una OPA por el 100%, bien cuando alcance el 50% de los derechos de voto, bien cuando aumente su participaci¨®n en la sociedad en un 5% a lo largo de un per¨ªodo de un a?o.
Asimismo, la normativa incluye la obligaci¨®n de formular OPAs "a posteriori" tras la adquisici¨®n de una participaci¨®n de control. Las OPAs a priori continuar¨¢n existiendo, pero s¨®lo tendr¨¢n car¨¢cter voluntario y tambi¨¦n supone que las OPAs obligatorias s¨®lo se realicen por el 100% del capital, elimin¨¢ndose la obligaci¨®n actual de presentar ofertas parciales.
Adem¨¢s, destac¨® que se introduce la reciprocidad con otros pa¨ªses y la figura de la compraventa forzosa, tras el lanzamiento de una OPA por el 100%. Esta podr¨¢ ejercerse cuando la OPA haya tenido un ¨¦xito considerable, al haber sido aceptada por los accionistas que representen al menos el 90% de los derechos de votos a los que iba dirigida y el adquiriente haya alcanzado al menos una participaci¨®n que le otorgue el 90% de los derechos de voto. Por lo que se refiere a la transparencia, se ampl¨ªan los sujetos obligados a presentar informes semestrales. Actualmente, lo deben publicar los emisores cuyas acciones est¨¦n admitidas a negociaci¨®n en una bolsa de valores y tras la aprobaci¨®n de esta normativa tambi¨¦n deber¨¢n hacerlo los emisores con obligaciones admitidas a negociaci¨®n en un mercado regulado.
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