Empieza el plazo para solicitar el borrador de la renta 2009
Hacienda da el pistoletazo de salida de la campa?a con el env¨ªo del documento a unos 20 millones de contribuyentes.- Consulta aqu¨ª c¨®mo hacerlo
La Agencia Tributaria ha dado hoy el pistoletazo de salida a la campa?a de la renta de 2009 con la apertura del plazo para solicitar el borrador de la declaraci¨®n. Seg¨²n ha informado hoy Hacienda, los 16,5 millones de contribuyentes que el a?o pasado emplearon este formato abreviado para cumplir con el fisco o marcaron la casilla correspondiente en su renta de 2008 empezar¨¢n a recibir a partir de este lunes el sobre con sus datos en sus domicilios. Los que no lo hicieron, tienen hasta el 23 de junio para hacerlo por Internet, tel¨¦fono (901 200 345) o personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Hacienda prev¨¦ que, en total, enviar¨¢ unos 20 millones de borradores y conf¨ªa en tramitar unos 350.000 al d¨ªa.
Una vez comprobado que los datos del borrador son correctos, los contribuyentes pueden confirmarlo por las mismas v¨ªas desde el lunes 5 de abril hasta el 30 de junio (¨²ltimo d¨ªa de Campa?a de Renta), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago. En este caso el plazo acaba antes, el 25 de junio.
En cuanto a los cambios en la renta, la campa?a de 2009 presenta varias novedades importantes como la reducci¨®n de los 400 euros, la supresi¨®n de los beneficios fiscales de la conocida como ley Beckham y los nuevos l¨ªmites en la exenci¨®n de la indemnizaci¨®n por un despido colectivo.
?Qui¨¦nes pueden solicitar el borrador?
Hacienda enviar¨¢ el borrador y los datos fiscales a todos los contribuyentes que ya lo emplearon en la pasada campa?a de la renta de 2008 as¨ª como a los que indicaron esta preferencia en su declaraci¨®n del anterior ejercicio. En total, unos 16,5 millones de personas. No obstante, quienes no optaron por el borrador y deseen hacerlo en esta ocasi¨®n, pueden hacerlo si cumplen con una serie de requisitos: que s¨®lo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retenci¨®n o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputaci¨®n de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como m¨¢ximo, ganancias patrimoniales sometidas a retenci¨®n o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisici¨®n de vivienda habitual.
Hacienda recuerda que la deducci¨®n por adquisici¨®n de vivienda habitual con pr¨¦stamo hipotecario, la reducci¨®n por aportaciones a planes de pensiones y la deducci¨®n por donativos no impiden recibir el borrador. Si no se tiene derecho al borrador por incumplir cualquiera de estas premisas, la Agencia le remitir¨¢ s¨®lo los datos fiscales.
?C¨®mo se pide?
Los contribuyentes que lo deseen y cumplan las condiciones pueden pedir el borrador aportando su NIF desde el 5 de abril hasta el 23 de junio en la p¨¢gina web de la Agencia (www.agenciatributaria.es), por tel¨¦fono, en el 901 12 12 24 (tel¨¦fono de servicio autom¨¢tico que funciona las 24 horas del d¨ªa) o en el 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas). Tambi¨¦n se puede solicitar personalmente en las oficinas de Hacienda.
?C¨®mo se obtiene?
-En Internet: con el certificado digital o el DNI electr¨®nico se puede obtener el borrador en la web de Hacienda. Adem¨¢s, la Agencia recuerda que es posible suscribirse al servicio de alertas para que te env¨ªen por SMS el n¨²mero de referencia del borrador para consultarlo por Internet.
- Por correo ordinario en el domicilio del contribuyente: En caso de no solicitar expresamente que se quiere recibir por v¨ªa telem¨¢tica, Hacienda enviar¨¢ el borrador al domicilio de los contribuyentes. No obstante, la Agencia Tributaria advierte a quienes hayan cambiado de residencia fiscal que deben notificarlo bien por Internet, por tel¨¦fono (901 200 345), en las oficinas de la Agencia Tributaria o con el modelo 030 que puede obtenerse tambi¨¦n en la web o en las oficinas de la Agencia Tributaria. Los empresarios o profesionales pueden comunicarlo con el modelo 036.
?C¨®mo modificarlo?
- Una vez que se reciba el borrador, que para evitar confusiones se llama Borrador de declaraci¨®n pendiente de rectificar, hace falta revisarlo. Tal y como recuerda la Agencia, hay algunas circunstancias que pueden no recogerse en ¨¦l. Las m¨¢s habituales son las cuotas sindicales o temas relacionados con la vivienda como la referencia catastral, la adquisici¨®n, el alquiler y las cuentas de ahorro vivienda. Si hay que realizar alg¨²n cambio, se puede notificar a trav¨¦s de estas v¨ªas:
- Por Internet: www.agenciatributaria.es
- Por tel¨¦fono (901 200 345)
- Personalmente, previa concertaci¨®n de cita, en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- En las entidades colaboradoras como bancos o cajas de ahorros.
?C¨®mo se confirma el borrador?
- Una vez completado o modificado por las v¨ªas arriba mencionadas, el borrador puede confirmarse. Existen varias v¨ªas para ello, seg¨²n sea el resultado a devolver o a ingresar y si se domicilia o no el pago. En este ¨²ltimo caso, el cobro no se har¨¢ efectivo hasta despu¨¦s del 30 de junio, ¨²ltimo d¨ªa de la Campa?a de Renta. La domiciliaci¨®n no impide seguir fraccionando en dos plazos el pago del impuesto (el segundo plazo se paga el 5 de noviembre).
En el momento de realizar la confirmaci¨®n, el contribuyente necesitar¨¢ el NIF, el n¨²mero de cuenta corriente, el n¨²mero de referencia del borrador (aparece en la carta que acompa?a al borrador) y el n¨²mero de justificante (es el que aparece en el documento de ingreso o devoluci¨®n que acompa?a al borrador). Para confirmar el borrador de Renta por Internet no es necesario el certificado de firma electr¨®nica, salvo si se va a pagar en ese momento.
- Por Internet: se pueden confirmar en www.agenciatributaria.es todos los borradores, tanto si el resultado es a devolver como a ingresar.
- Por tel¨¦fono: Si quiere hablar con un operador para confirmar el borrador, ya sea a devolver o ingresar a trav¨¦s de domiciliaci¨®n, debe llamar al 901 200 345, de 09.00 a 21.00 horas de lunes a viernes.
S¨®lo si es a devolver se puede realizar a trav¨¦s del servicio autom¨¢tico en el 901 12 12 24, disponible las 24 horas. Tambi¨¦n est¨¢ habilitado en SMS con un mensaje al 7743 Renta (espacio) n¨²mero de justificante del borrador (espacio) y el NIF. Si el borrador es de declaraci¨®n conjunta se a?ade un espacio y el NIF del c¨®nyuge.
- Por banca electr¨®nica o banca telef¨®nica: los borradores a devolver y a ingresar (sin domiciliar).
- En cajeros autom¨¢ticos y las oficinas de las entidades financieras que presten este servicio.
- Personalmente, en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las comunidades aut¨®nomas.
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