Econom¨ªa acuerda la sustituci¨®n provisional de los administradores de Aresbank
La actuaci¨®n est¨¢ relaci¨®n con las las medidas restrictivas adoptadas por la Uni¨®n Europea en relaci¨®n con el r¨¦gimen libio
El ministerio de Econom¨ªa y Hacienda ha acordado, a propuesta de la Comisi¨®n Ejecutiva del Banco de Espa?a, la sustituci¨®n provisional de los administradores de Aresbank. Una medida en cumplimiento con los acuerdos adoptados por la Uni¨®n Europea en relaci¨®n a la situaci¨®n que se est¨¢ viviendo en Libia. La entidad bancaria est¨¢ participada en 99,86% por el banco estatal libio, Lybian Foreign Bank, que se dedica a la financiaci¨®n de actividades de comercio exterior entre Espa?a y los pa¨ªses ¨¢rabes, seg¨²n explica el ministerio en un comunicado.
El pasado 2 de marzo, el Consejo de la Uni¨®n Europea adopt¨® el Reglamento n? 204/2011, por el que se establec¨ªan medidas restrictivas en relaci¨®n con el r¨¦gimen de Muamar el Gadafi, de conformidad con la Resoluci¨®n n? 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del 26 de febrero. La lista de personas y entidades afectadas por dichas medidas se ha ampliado con fecha 10 de marzo, a entidades estatales libias, entre las que se encuentra el Libyan Foreign Bank (Forebank).
El ministerio de Econom¨ªa apunta en el mismo comunicado que dada la decisiva influencia que Forebank puede ejercer sobre la gesti¨®n y direcci¨®n de la entidad de cr¨¦dito espa?ola, y de conformidad con la Ley de Disciplina e Intervenci¨®n, ha acordado la sustituci¨®n provisional de los administradores de Aresbank, sin que ello ponga en cuesti¨®n la trayectoria profesional de los administradores sustituidos.
Estas medidas se mantendr¨¢n, seg¨²n el ministerio, durante el tiempo en el que Forebank permanezca incluido en la lista de personas jur¨ªdicas afectadas por las medidas restrictivas acordadas por la Uni¨®n Europea en el mencionado Reglamento, o hasta que se dejen sin efecto las medidas restrictivas contenidas en el mismo. Entretanto, Aresbank podr¨¢ seguir funcionando con normalidad, salvo en lo referido a las restricciones impuestas por la Uni¨®n Europea.
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