La UE permite a los estancos importar tabaco
Una sentencia abre la puerta a que se puedan vender nuevos cigarrillos
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea declar¨® hoy ilegal la normativa espa?ola que proh¨ªbe a los estancos importar tabaco. La justicia europea considera que Espa?a infring¨ªa con su legislaci¨®n el principio de libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas. Para el tribunal, la ley espa?ola no estaba justificada por la necesidad de garantizar el control fiscal y sanitario ni por la protecci¨®n de la salud p¨²blica.
La Corte, con sede en Luxemburgo, responde as¨ª a una consulta del Supremo, que debe responder a un recurso presentado por la patronal de los estanqueros contra el real decreto que establec¨ªa esas condiciones. La sentencia da la raz¨®n a la Asociaci¨®n Nacional de Expendedores de Tabaco y Timbre, que elev¨® la consulta hasta el tribunal de Luxemburgo para saber si la norma espa?ola se ajustaba a las exigencias de la UE.
La presidenta de Empresarios Comerciales del Tabaco (ECOT), Mar¨ªa Isabel Gonz¨¢lez, ha recordado que el litigio se dilata desde 2007, cuando el Tribunal Supremo espa?ol consider¨® que ¡°podr¨ªamos tener raz¨®n¡± y consult¨® la prohibici¨®n de las importaciones espa?olas a la corte europea de Luxemburgo que ahora les da la raz¨®n, lo que podr¨ªa abrir la puerta a que puedan importar y distribuir nuevos productos.
En su fallo, el tribunal considera que la libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas ¡ªuno de los principios b¨¢sicos de la Uni¨®n¡ª ¡°se contrapone a una normativa nacional como la espa?ola¡±. Esa legislaci¨®n obstaculizaba el acceso al mercado espa?ol del tabaco procedente de otros Estados miembros de la UE, de manera que obligaba a los estancos a abastecerse en los mayoristas autorizados.
Como ejemplo, la corte se?ala que la situaci¨®n actual imped¨ªa a un minorista vender productos procedentes de otro Estado en una zona fronteriza, o imped¨ªa vender productos que no estuvieran incluidos en la gama ofrecida por los mayoristas espa?oles.
Los jueces recuerdan, adem¨¢s, que las justificaciones que aport¨® Espa?a para sustentar el real decreto (garantizar un control fiscal y aduanero de las labores del tabaco, en las que hay una bolsa de fraude notable, y asegurar el control sanitario) no son suficientes.
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