El Banco de Espa?a pone coto a la morosidad oculta con refinanciaciones
Los bancos deber¨¢n se?alar ¡°inmediatamente¡± el dinero que sea irrecuperable
Las entidades deber¨¢n rendir cuentas m¨¢s detalladas en todo lo que se refiere al ladrillo y no podr¨¢n usar las refinanciaciones para retrasar u ocultar morosidad. El Banco de Espa?a advierte a los bancos, en una nueva normativa publicada ayer, de que la pol¨ªtica de refinanciaci¨®n o reestructuraci¨®n de cr¨¦ditos ¡°debe enfocarse a la recuperaci¨®n de todos los importes debidos, lo que implica la necesidad de reconocer inmediatamente las cantidades que, en su caso, se estimen irrecuperables¡±. Subraya, seg¨²n la nueva circular publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), de que ¡°la utilizaci¨®n de la reestructuraci¨®n o refinanciaci¨®n con otros fines, como pueda ser retrasar el reconocimiento inmediato de las p¨¦rdidas, es contraria a las buenas pr¨¢cticas de gesti¨®n¡±.
Con esta indicaci¨®n, el regulador recoge una de las preocupaciones que transmiti¨® en abril el Fondo Monetario Internacional (FMI), que advirti¨® de que las entidades espa?olas pod¨ªan estar ocultando morosidad a trav¨¦s de los procesos de refinanciaci¨®n. Los cambios normativos que ahora se especifican son parte de la segunda reforma financiera impulsada por el ministro de Econom¨ªa, Luis de Guindos, a trav¨¦s del decreto del pasado 11 de mayo, seg¨²n recordaba ayer el Banco de Espa?a.
Si reestructura deudas, la entidad tendr¨¢ que indicar con qu¨¦ garant¨ªas
Los bancos deber¨¢n divulgar en sus cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, ¡°determinada informaci¨®n relacionada con las operaciones de refinanciaci¨®n y reestructuraci¨®n¡±. En estos procesos tendr¨¢n que especificar para cada tipo de cliente (empresas, Administraciones o particulares), ya se trate de cr¨¦ditos normales o considerados dudosos, las garant¨ªas con las que cuentan dichos cr¨¦ditos, as¨ª como con la ¡°concentraci¨®n de riesgos tanto sectorial como geogr¨¢fica¡±. Adem¨¢s, deben especificar las garant¨ªas con las que cuentan los cr¨¦ditos.
Tambi¨¦n se incluye la exigencia de identificar las operaciones que ¡°merecen seguimiento especial¡±, entre las que destacan, de nuevo, los procesos de refinanciaci¨®n o aquellas operaciones que afecten a empresas en concurso de acreedores.
Activos por sector y geograf¨ªa
Las entidades tendr¨¢n tambi¨¦n que desglosar, a partir de ahora, los activos peligrosos por comunidades aut¨®nomas y distinguir si se trata de actividad con entidades de cr¨¦dito, con Administraciones p¨²blicas, empresarios o particulares y hogares. En el caso de que sean de empresarios, adem¨¢s, deber¨¢n distinguir si se trata de promotores, constructores, obra p¨²blica u otros. En cuanto al de los hogares, las entidades deber¨¢n se?alar si el riesgo es en cr¨¦ditos cuya finalidad fue adquirir una vivienda o para consumo. Por ¨¢reas geogr¨¢ficas, los bancos solo tendr¨¢n permitido agrupar bajo un solo ep¨ªgrafe los territorios que supongan menos del 10% de su actividad. Si tienen m¨¢s peso, deben desglosar el riesgo.
Ser¨¢ obligatorio informar de riesgos por sectores y comunidades
Por otra parte, los bancos estar¨¢n obligados a especificar la naturaleza de los activos del ladrillo adjudicados a cambio de deudas impagadas con m¨¢s detalle que en la actualidad, con vistas a su trasvase al banco malo del Estado. As¨ª, deber¨¢n anotar una indicaci¨®n del volumen y del valor en libros de estos activos.
El Banco de Espa?a recuerda adem¨¢s a las entidades que se introducen cambios en los registros para que toda la nueva informaci¨®n que transmitan pueda ser supervisada y les indica c¨®mo deber¨¢n ahora divulgar sus cuentas anuales. Con la normativa, el organismo aprovecha adem¨¢s para introducir algunos cambios en las exigencias estad¨ªsticas que se deben proporcionar para informar dentro de la Uni¨®n Econ¨®mica y Monetaria.
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