El Supremo ratifica el decreto contra el fraude en notar¨ªas
La OCU denunci¨® a la fiscal¨ªa un enga?o de 93 millones de euros en 2010
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado la normativa aprobada por el Gobierno socialista contra el fraude de notarios y registradores de la propiedad en la cancelaci¨®n de hipotecas. El alto tribunal ha quitado la raz¨®n al Consejo General del Notariado, que lo recurri¨®, y ha bendecido el decreto del ¨²ltimo ministro de Justicia del PSOE, Francisco Caama?o, por el que se limitaba el arancel al poner fin al pr¨¦stamo a los 55 euros en el caso de los notarios y a los 24 en el de los registradores. Hasta su aprobaci¨®n, algunos de estos funcionarios inflaban las minutas con conceptos que, seg¨²n la nueva normativa, no se pueden incluir. En septiembre de 2011 la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU) denunci¨® en fiscal¨ªa que el fraude, solo en 2010, pudo alcanzar los 93 millones de euros.
Esas tarifas ya estaban vigentes desde 2007 cuando el Gobierno aprob¨® una rebaja del arancel por las cancelaciones de cr¨¦ditos hipotecarios. La Direcci¨®n General de Registros y del Notariado, dependiente de Justicia, dio desde 2009 la raz¨®n a varios perjudicados a los que se hab¨ªa cobrado de m¨¢s. Pero estos funcionarios, que cobran por cada uno de los tr¨¢mites en los que intervienen, se negaron a aplicar esas resoluciones y continuaron inflando sus facturas.
La norma impide cobrar por otros conceptos que inflaban la factura
A pesar de que la exposici¨®n de motivos de la reforma de la ley de subrogaci¨®n y modificaci¨®n de hipotecas aprobada en 2007 explicaba que su objetivo era extender la rebaja en el arancel ¡°a las cancelaciones que no tienen como finalidad la subrogaci¨®n y a los cr¨¦ditos hipotecarios¡±, es decir, a las que se realizan una vez que la hipoteca se ha terminado de pagar, notarios y registradores entend¨ªan que el descuento solo era aplicable en los casos de subrogaci¨®n (cuando el pr¨¦stamo pasa a otra persona) y modificaci¨®n de hipoteca, pero no a las cancelaciones finales.
El decreto ratificado ahora por el Supremo buscaba acabar tambi¨¦n con determinados conceptos por los que estos funcionarios cobraban sin respaldo legal. Las minutas de los notarios, por ejemplo, no podr¨¢n incluir gastos como la informaci¨®n registral (24 euros), fax de comunicaci¨®n al registro (30 euros), certificado de cargas (24 euros), diligencia de catastro (18 euros), obtenci¨®n de certificaciones bancarias (60 euros) o b¨²squeda de antecedentes (60 euros). Y da igual que sean en papel o telem¨¢ticas.
La norma del Gobierno, ¡°est¨¢ en consonancia con lo pretendido por las sucesivas reformas legislativas relativas al mercado hipotecario, en las que se pretende principalmente una reducci¨®n de costes para los prestatarios¡±, responde el alto tribunal al Consejo General del Notariado al desestimar su recurso.
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