Rehabilitaci¨®n energ¨¦tica: una oportunidad para la construcci¨®n
Se ha producido una reorientaci¨®n sectorial hacia la edificaci¨®n existente, al elimiminar barreras y prestar atenci¨®n a la viabilidad econ¨®mica
En los ¨²ltimos sesenta a?os, el sector de la construcci¨®n se ha basado en la nueva edificaci¨®n, con una elevada participaci¨®n en el PIB (m¨¢s del 10%) y en el empleo, y hoy, por la crisis, se enfrenta a un proceso de reestructuraci¨®n y acelerada p¨¦rdida de su capacidad operacional.
Los proyectistas y constructores de los edificios existentes no contemplaron los factores determinantes de los consumos energ¨¦ticos, (envolventes y aislamientos, cerramientos, eficiencia de los equipos y redes de calefacci¨®n y ACS, iluminaci¨®n, etc¨¦tera), por lo que resultan hoy muy ineficientes.
Al mismo tiempo, los barrios de nuestras ciudades se han conformado con las t¨¦cnicas de ensanche y con infraestructuras energ¨¦ticas muy convencionales (mallados de redes distribuci¨®n alejados de los centros de generaci¨®n, con grandes p¨¦rdidas e ineficiencias). Muchos de estos barrios, adem¨¢s, est¨¢n en situaci¨®n de deterioro urbano y social.
Las crisis c¨ªclicas de los mercados energ¨¦ticos, los riesgos de suministro, los incrementos de los costes energ¨¦ticos y las exigencias medioambientales, han introducido en las agendas de los gobiernos la eficiencia energ¨¦tica y la sostenibilidad urbana.
El nuevo marco legal no tiene plan de acci¨®n estrat¨¦gico, ni un marco de apoyo estable
Ante este panorama, resultaba evidente que la rehabilitaci¨®n de ¨¢reas urbanas degradadas, y, en un sentido amplio, la rehabilitaci¨®n energ¨¦tica de los edificios, se convierten una prioridad para la reorientaci¨®n de pol¨ªticas p¨²blicas en materia de energ¨ªa y vivienda. Tambi¨¦n en las de mejora de las condiciones de vida en las ciudades. A mismo tiempo, se ofrecen como una oportunidad para el sector de la construcci¨®n y para la reactivaci¨®n econ¨®mica y el empleo.
Coincidente con esas orientaciones, se ha aprobado el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitaci¨®n y la regeneraci¨®n y renovaci¨®n Urbana, 2013-2016. Y, recientemente, la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitaci¨®n, regeneraci¨®n y renovaci¨®n urbanas, (BOE, del 27 de junio).
Las ayudas del Plan Estatal llegan hasta 11.000 euros por casa, para conservaci¨®n, accesibilidad y eficiencia energ¨¦tica
Este nuevo marco legal no tiene detr¨¢s un plan de acci¨®n estrat¨¦gico que responda a la escala de los retos planteados. Tampoco perge?a un marco de apoyo estable a la rehabilitaci¨®n. No plantea un redise?o institucional para hacer operacional la aplicaci¨®n y gesti¨®n, sostenida en el tiempo, de los flujos de fondos de distinto origen, que se deber¨¢n aplicar a las actuaciones. En cambio, s¨ª supone un avance conceptual e institucional, como reorientaci¨®n sectorial hacia la ¡°edificaci¨®n existente¡±, por la eliminaci¨®n de algunas barreras y por la atenci¨®n prestada a la viabilidad econ¨®mica de las operaciones.
La Ley 8/2013 ha introducido modificaciones en:
- la Ley del Suelo, dando flexibilidad a las actuaciones de transformaci¨®n urban¨ªstica en suelo urbano e incorporando incentivos urban¨ªsticos a la rehabilitaci¨®n;
- la Ley de Propiedad Horizontal, respecto a las obligaciones de los propietarios y r¨¦gimen de mayor¨ªas;
- la Inspecci¨®n T¨¦cnica de los Edificios (ITE), que es sustituido por el Informe de Evaluaci¨®n Ambiental?
- la Ley de Ordenaci¨®n de la Edificaci¨®n y
- el C¨®digo T¨¦cnico de la Edificaci¨®n, para asegurar las exigencias b¨¢sicas, incluidas las energ¨¦ticas, en las intervenciones sobre edificios existentes.
Para propiciar actuaciones de cierta escala, desde intervenciones en edificios aislados hasta mancomunidades de propietarios, urbanizaciones y barrios, y que pueden incorporar obras de urbanizaci¨®n y/o sustituci¨®n de edificios, (versus rehabilitaci¨®n, regeneraci¨®n y renovaci¨®n urbana), implanta el Informe de Evaluaci¨®n de la Edificaci¨®n para edificios colectivos, (exigible ya para edificios de m¨¢s de 50 a?os). Adem¨¢s, establece un sistema de actuaci¨®n, por ¨¢mbitos, e, inspirado en la figura del agente urbanizador, reconoce capacidad de iniciativa a las comunidades y mancomunidades de propietarios, a las asociaciones, de car¨¢cter administrativas que se puedan crear ex profeso y a las distintas empresas que participen en las operaciones, incluidas las Empresas de Servicios Energ¨¦ticos, dot¨¢ndoles de plena capacidad para actuar, como agentes de la rehabilitaci¨®n en todo el ¨¢mbito, y d¨¢ndoles la condici¨®n de beneficiarios de las ayudas p¨²blicas.
Inspirado en la figura del agente urbanizador, se reconoce capacidad plena de iniciativa a las comunidades y empresas, incluidas las de servicios energ¨¦ticos
Las ayudas p¨²blicas que contempla el Plan Estatal 2013-2016, tienen un techo (11.000 euros por vivienda, para conservaci¨®n, accesibilidad y eficiencia energ¨¦tica, con el l¨ªmite del 35% del coste subvencionable), por lo que la financiaci¨®n de los proyectos deber¨¢ ser completada por las aportaciones de los propietarios, que mejoran su calidad de vida y el valor patrimonial de sus inmuebles, y por las empresas que participen en las actuaciones, con cargo a sus m¨¢rgenes que derivan de su propia intervenci¨®n.
Es aqu¨ª donde se ofrece una gran oportunidad para las Empresas de Servicios Energ¨¦ticos que est¨¢n dotadas de herramientas de gesti¨®n, t¨¦cnicas y financieras, para acometer proyectos de rehabilitaci¨®n energ¨¦tica de edificios, desde el dise?o y dimensionamiento de demanda hasta la renovaci¨®n y legalizaci¨®n de las instalaciones t¨¦rmicas, el¨¦ctricas y de iluminaci¨®n, incluyendo intervenciones en envolventes y aislamientos, energ¨ªas renovables, y en mejoras de accesibilidad y seguridad.
Una mayor complejidad, tama?o y alcance de las actuaciones de rehabilitaci¨®n requerir¨¢n, adem¨¢s del porcentaje de ayudas p¨²blicas, disponibilidad de financiaci¨®n para los agentes que intervengan, a largo plazo y con tipos de inter¨¦s asequibles, y con una participaci¨®n institucional en la cobertura de las garant¨ªas.
Enrique Jim¨¦nez Larrea es director del Programa de Empresas de Servicios Energ¨¦ticos de la Escuela de Organizaci¨®n Industrial (EOI).
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